La discusión sobre el fracking logra convocar al Gobierno, a la farándula del país, agremiaciones, la academia, la industria, a muchos opositores y otro tanto de adeptos, lo cual hace que sobre la discusión converja toda suerte de opiniones, muchas de ellas caracterizadas más por tintes políticos, pasionales y de interés netamente particular, y no por el rigor científico y técnico que la debería enmarcar.
El Gobierno Nacional publicó para comentarios el Decreto donde se establecen los lineamientos, para adelantar las actividades de los PPII en yacimientos no convencionales, con la utilización del fracturamiento hidráulico en pozos horizontales.
Ante esto, grupos ambientalistas se negaron a participar, porque argumentaron que no hay una verdadera inclusión en la discusión del Decreto, lo cual se vería como cierto, si el Gobierno no hubiese facilitado otros mecanismos de participación, como es la apertura a comentarios sobre contenido del Decreto. Desde Acipet apelamos a este mecanismo de participación, donde encontramos aciertos, pero también falencias que deben corregirse.
Del análisis de las subsecciones 3 y 4 del Decreto, que trata sobre los miembros de las comisiones y subcomisiones, se observa que la ciudadanía representada, las asociaciones profesionales, que por Ley son Cuerpos Consultivos del Gobierno Nacional, y la academia no están involucradas en el desarrollo de los PPII. Con lo cual recomendamos una revisión profunda a los integrantes de estos entes, para establecer un real acompañamiento a todo nivel, y así llenar las expectativas de la comunidad social y científica.
Otra de las observaciones, tiene que ver con la generación de las líneas bases generales y específicas, y los responsables de su ejecución. La elaboración de la línea base de biodiversidad, así como las variables a monitorear en la etapa concomitante, consideramos deben estar a cargo además del Instituto Alexander Von Humboldt, del IDEAM.
Igualmente el establecimiento y monitoreo de las variables técnicas de las operaciones deben ser responsabilidad de la Agencia Nacional de Hidrocarburos, quien es la entidad que ejerce las funciones de fiscalización del sector petrolero, y no por el Ministerio de Minas y Energía. La línea base y el monitoreo de las variables en salud deben ser responsabilidad del Ministerio de Salud junto con la secretaría de salud del municipio.
Y con esto es imprescindible y debe estar reglamentada, la definición de tiempos de ejecución y la responsabilidad en la asignación de recursos, elementos que no son muy claros y podrían ser generadores de incertidumbre, pérdida de tiempo y obstáculos a la hora de la aplicación del Decreto.
Sin perjuicio de lo anterior, estamos plenamente convencidos que la hoja de ruta trazada para asegurar una adecuada implementación de los PPII, conforme a lo ordenado por el Consejo de Estado permitirá que estos sean de carácter investigativo y científico, cumpliendo tres condiciones: la licencia social, el fortalecimiento institucional y la tecnología de mínimo impacto.
El Gobierno tiene la responsabilidad de lograr recuperar la confianza en la institucionalidad de todas las partes interesadas del proceso, se necesita un verdadero fortalecimiento a nivel regional y nacional, con una participación ciudadana auténtica.
Carlos Alberto Leal Niño
Presidente JD Acipet