Lo que debe hacer si lo multan con el nuevo Código de Policía y no está de acuerdo

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policia_-_afp_0Por: Redacción Digital, BLU Radio

Ante esto, las autoridades plantearon varias opciones para que los colombianos tengan en cuenta para que la sanción interpuesta sea absuelta, si no está de acuerdo con ella.

Una vez impuesto el comparendo, el ciudadano tiene las siguientes alternativas.

1. Si la persona acepta la comisión del comportamiento contrario a la convivencia, sin necesidad de otra actuación administrativa, podrá:- A cambio del pago de la multa general tipo 1 y 2, dentro de un plazo máximo de cinco (5) días hábiles siguientes a la expedición de la ‘Orden de Comparendo Nacional y Medidas Correctivas’, participar voluntariamente en el programa comunitario o actividad pedagógica de convivencia y solicitar a la autoridad de Policía que se conmute la multa.


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– Cancelar el cincuenta por ciento (50%) del valor de la multa general en cualquiera de los cuatro tipos dentro de los cinco días hábiles siguientes a la orden de comparendo nacional y medidas correctivas, este constituye descuento por pronto pago.

2. Si la persona no está de acuerdo con la aplicación de la multa señalada en la ‘Orden de Comparendo Nacional y Medidas Correctivas’ o con el cumplimiento de la medida de participación en el programa comunitario o actividad pedagógica de convivencia, deberá:

– Manifestar de inmediato ante el uniformado de la Policía su deseo de hacer uso del recurso de apelación en contra de la orden de policía o la medida correctiva, el cual se concederá en el efecto devolutivo y se remitirá al Inspector de Policía dentro de las 24 horas siguientes a la imposición de la ‘Orden de Comparendo Nacional y Medidas Correctivas’ y se resolverá dentro de los tres días hábiles siguientes al recibo de la actuación.

– Frente a la orden de comparendo deberá presentarse dentro de los tres días hábiles siguientes ante la autoridad competente, donde se decretarán o practicarán las pruebas que solicite o las de oficio que se consideren pertinentes, encaminadas a absolver al inculpado o declararlo responsable del comportamiento contrario a la convivencia.


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Fuente  : http://www.bluradio.com/nacion/pasos-seguir-si-lo-multan-con-el-nuevo-codigo-de-policia-y-no-esta-de-acuerdo-129272


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