Restricciones de Movilidad y otras disposiciones durante el Carnaval de Mocoa

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Foto : Archivo

Mediante Decreto 016 de Enero 4 de 2016, se adoptan medidas para garantizar el orden público, la seguridad, la protección de los derechos y libertades públicas en Mocoa, ademas se establecen horarios para establecimientos comerciales de expendio de licor y se fijan otras disposiciones.

En cuanto a Movilidad, se restringe el tránsito de Motocicletas en el municipio de Mocoa los siguientes días :

  • 4 de Enero. desde las 3:30 pm hasta las 6:00 am del 5 de Enero de 2016.
  • 5 de Enero. desde las 1:00 pm hasta las 6:00 am del 6 de Enero de 2016.
  • 6 de Enero. desde las 1:00 pm hasta las 6:00 am del 7 de Enero de 2016.

Se exceptúan de la presente restricción los miembros activos de la fuerza pública y organismos de emergencia, fiscalía, juzgados, hospital José María Hernándes, empresa de energía, acueducto y alcantarillado, inspector de familia, ICBF, Comisario de Familia y Organizadores del Carnaval, los cuales se identificaran con su respectivo carné institucional.

Igualmente, las restricciones para el transporte de escombros, cilindros de gas, trasteos y materiales de construcción en todo tipo de vehículos por las vías del casco urbano de Mocoa.


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Asi mismo, se restringe el paso de maquinaria pesada durante los días 5, 6 y 7 de Enero de 2016

El incumplimiento del presente decreto será sancionado de acuerdo al estatuto de rentas municipal y relacionado, que se cancelará en cuentas del tesoro municipal como infracción de tránsito

Horario

En cuanto a Horarios para establecimientso comerciales relacionados con el expendio de bebidas embriagantes en bares y discotecas, se dará apertura al público desde lsa 4:00 pm y se cerrarán a las 3:00 am del dia siguiente, durante los días 5, 6 y 7 de Enero de 2016


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Las Casetas ubicadas en el parque general Santander, avaladas por el comité de carnavales, los días 4, 5 y 6 de enero, atenderan desde las 12:00 m hasta las 3:00 am del día siguiente.

Se prohibe la venta e ingreso de todo tipo de bebídas alcohólicas en botellas de vidrio en el parque General Santander, durante los días de carnaval.

Se prohibe el porte de armas de fuego durante los días 4,5,6 y 7 de enero de 2016

NO MAS BAZUCA, CAL Y HARINA DE TRIGO

SE PROHIBE RADICALMENTE para los días 4, 5, 6 y 7 de enero el uso de las denominadas BAZUCAS para lanzar polvos, se prohibe el uso de CAL, HARINA DE TRIGO y todo tipo de sustancias irritantes o infectantes que produzcan lesiones a la humanidad. Se ordena a la Policía Nacional incautar sin consideración estos elementos antes mencionados.


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