Restaurantes y bares en el régimen simplificado del INC: en marzo 25 empieza a vencer su declaración

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Restaurante Casa Real - http://hotelmarliplazamocoa.com/casareal/
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Entre marzo 25 y 31 de 2014 se vencerá el plazo para que todas las cafeterías, panaderías, heladerías, fruterías, restaurantes, autoservicios, bares y demás que durante 2013 pertenecieron al régimen simplificado del Impuesto Nacional al Consumo presenten sin sanción su declaración informativa del año gravable 2013 en el nuevo formulario 315. La no presentación oportuna generará sanción del 5% por cada mes o fracción de mes, la cual se calculará sobre los ingresos brutos del 2013 obtenidos en dichas actividades. A nuestros suscriptores oro se les envió un documento especial sobre este tema.

Tal como lo había dispuesto el art. 6 del Decreto 803 de abril 24 de 2013todos aquellos que durante el 2013 hayan funcionado como responsables del régimen simplificado del Impuesto Nacional al Consumo(arts. 512-1 a 512-13 de E.T. y responsabilidad “34” en la primera página de su RUT), sin importar si son personas naturales o jurídicas, y por lo tanto no cobraban el 8% de dicho INC sobre sus ventas, tendrían que presentar al finalizar el año 2013, una “Declaración simplificada de ingresospara el Régimen simplificado del INC”.

Al régimen simplificado del INC durante el 2013 solo podían pertenecer aquellos restaurantes y bares (los cuales incluyen panaderías, pastelerías, heladerías, fruterías, cafeterías, autoservicios, grilles, discotecas y demás donde se prepararan comidas o bebidas alcohólicas para consumo en el sitio o para ser llevadas a domicilio), sin importar si eran negocios de persona natural o jurídica, pero cuyos ingresos de esa sola actividad del servicio de restaurante o bar, en el año anterior (2012 en ese caso), hubiesen sido inferiores a 4.000 UVT del 2012 (4.000 x 26.049=104.196.000; ver art. 512-13 del E.T.). Además, el INC aplica en todo el país con excepción del Amazonas, San Andrés, Providencia y Santa Catalina.


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Por lo tanto, la declaración anual que les pidió el art. 6 del Decreto 803 es una simple declaración informativa (pues no genera impuestos) pero en caso de no presentarse oportunamente (con los plazos que le fueron fijados en el art. 31 del Decreto 2972 de dic.20 de 2013) generará “sanción de extemporaneidad” del art. 641 del E.T. (la cual cuando no hay impuesto se calcula sobre los ingresos brutos; ver el Concepto “24” en el Formulario 490 de pago en bancos para año 2014).

Para presentar esa “Declaración simplificada” por el año gravable 2013 (ver art. 30 del Decreto 2972 de dic. de 2013), la DIAN terminó definiendo en el art. 4 de su Resolución 0049 de feb. 5 de 2014, el nuevo Formulario 315 donde no solo se pide información de los ingresos de todo el año 2013 sino también de varios de  los costos y gastos de todo el año 2013. Incluso la declaración llevaría hasta firma de “Contador” o “Revisor Fiscal”.

Los ejercicios prácticos de cómo elaborar ese Formulario 315, y las mayores explicaciones relevantes sobre este importante tema les empezó a llegar desde la segunda semana de marzo de 2014 a todos nuestros suscriptores oro (virtuales o full) en una cartilla práctica a todo color que les llegará junto con su revista oro mensual de siempre. Pero de este tema ya hemos venido advirtiendo oportunamente a todos nuestros lectores (ver nuestro artículo de enero 29 de 2014).

Los plazos para presentar la declaración del Formulario 315 por el año gravable 2013, tal como los definió el art. 31 del Decreto 2972 de diciembre de 2013, son:


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Si el último dígito es
Periodo enero-diciembre 2013 hasta el día
1 y 2
25 de marzo de 2014
3 y 4
26 de marzo de 2014
5 y 6
27 de marzo de 2014
7 y 8
28 de marzo de 2014
9 y 0
31 de marzo de 2014

Y los plazos con los que se vencerá la declaración del año gravable 2014, tal como también quedaron definidos en el art. 32 del Decreto 2972 de diciembre de 2013, son:

Si el último dígito es
Periodo enero-diciembre 2014 hasta el día
1 y 2
26 de enero de 2015
3 y 4
27 de enero de 2015
5 y 6
28 de enero de 2015
7 y 8
29 de enero de 2015
9 y 0
30 de enero de 2015

Material Relacionado:

http://actualicese.com/actualidad/2014/03/17/restaurantes-y-bares-en-el-regimen-simplificado-del-inc-en-marzo-25-empieza-a-vencer-su-declaracion/


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