No hay autonomía ilimitada ni absoluta para indígenas: Gabriel Muyuy

Publimayo

LaOpinion – COLPRENSA

El norte del Cauca sigue agitado. Pese a que los indígenas y el Gobierno han tenido aproximaciones, continúan distanciados por la presencia de la Fuerza Pública en sus territorios. El panorama ha sido analizado desde ópticas que van de lo político y jurídico a lo militar y cultural, y desde diferentes posturas ideológicas. Pero hay una perspectiva interesante que, por provenir de un indígena que trabaja con el Gobierno, puede dar luces para avanzar en la resolución de la situación.

Se trata de Gabriel Muyuy Jacanamejoy, director del Programa Presidencial para los Pueblos Indígenas, un inga que el país recuerda como partícipe en la promulgación de la Constitución de 1991, vicepresidente de la Organización Indígena de Colombia (ONIC), senador y defensor delegado para indígenas y minorías étnicas de la Defensoría del Pueblo. Antes de que el presidente Santos lo llamara a dirigir esta nueva agencia, creada en este gobierno, estuvo trabajando en La Paz (Bolivia), con el Fondo para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas de América Latina y el Caribe.


Publimayo

Sus tesis, de corte férreamente constitucionalista, pueden resultar esclarecedoras. Por ejemplo, recuerda que la Corte Constitucional ha señalado que “el principio de la diversidad étnica y cultural está sobre cualquier otro principio constitucional, salvo en situaciones de interés general, como el orden público”. También dice que en el Cauca no solo está la presencia indígena, sino que hay más poblaciones que tienen otros puntos de vista.

Usted ha tenido alguna participación en la solución al problema que se vive en el Cauca, o todo ha sido delegado en el Ministerio del Interior?

Simultáneamente a lo del Cauca se dio una manifestación pacífica de indígenas y campesinos en Putumayo. Se me encargó atender lo del Putumayo, mientras el ministro del Interior y otros funcionarios atendieron el Cauca. Afortunadamente en Putumayo logramos concertar acuerdos y se firmó un acta; ahora estamos implementando los acuerdos firmados con campesinos e indígenas.

Hay similitudes entre el proceso de Putumayo y el del Cauca? Si es así, ¿por qué en Putumayo se logró concertar acuerdos y en el Cauca todavía no?


Publimayo

Hay temas similares en lo que en Putumayo reclamaban indígenas y campesinos. Incluso, los indígenas tomaron acciones de hecho: bloquearon la vía Mocoa-Pitalito durante tres días, pero lo logramos resolver. La presencia de la Fuerza Pública en los territorios indígenas no fue un tema planteado en Putumayo. Los indígenas del norte del Cauca plantean al Gobierno que la Fuerza Pública debe salir del territorio, pero eso es muy difícil, porque la Fuerza Pública cumple unas funciones que la Constitución ha establecido para garantizar la seguridad en esa región del país.

Qué de lo que se consiguió en Putumayo se pudiera replicar en el Cauca para alcanzar acuerdos y superar esta situación de conflicto?

Para avanzar en cualquier circunstancia lo más importante es que hay principios básicos de diálogo y de concertación. Un principio básico es si aceptamos que diálogo y concertación van a ser en el marco de la Constitución que nos rige a todos los colombianos, incluyendo a todos los indígenas. Otro aspecto es que internacionalmente hay unos principios de legislación indígena que se deben tener en cuenta, especialmente por parte de la institucionalidad no indígena. El tercer principio es que todo derecho tiene sus límites, que son los derechos de los otros.

Ese principio del límite de los derechos aplica en el caso del Cauca?

Es un tema fundamental en el caso del Cauca, donde no solo está la presencia indígena, que es muy importante. Hay otras poblaciones, que tienen otros puntos de vista, otra percepción de la vida, del desarrollo, y que, en todo caso, es importante tener en cuenta, como los campesinos y los afrocolombianos que habitan allí y piden al Gobierno la presencia de la Fuerza Pública.

Se debe discutir la presencia de la Fuerza Pública en el Cauca?

En el Cauca se requiere aunar esfuerzos entre todos los sectores sociales y la institucionalidad, incluyendo a la Fuerza Pública, para lograr la convivencia pacífica. Otro principio básico es la paz. Si en eso estamos de acuerdo, se pueden discutir las propuestas. El Gobierno ha dicho que en el Cauca el tema de la salida de la Fuerza Pública no es negociable, no es discutible, por todo lo que sucede allí y los voceros indígenas plantean que ese es un tema central y se debe discutir dentro de la agenda.

Por qué organizaciones indígenas como el CRIC reclaman una autonomía absoluta, basadas en la ley de origen y en el ejercicio del derecho propio de la Constitución, si esa autonomía tiene sus límites y es relativa?

Totalmente de acuerdo. Tenemos una sola Constitución que nos rige y fue construida también por los indígenas. Hubo tres constituyentes indígenas: Lorenzo Muelas, Francisco Rojas Birry y Alfonso Peña, y otros como yo hicimos parte del equipo de los constituyentes indígenas, y ayudamos a tener la Constitución que hoy tenemos. No hay dos constituciones; no hay dos Estados. Por eso, es importante establecer unos principios básicos de diálogo, porque al hablar de una autonomía absoluta estaríamos hablando de repúblicas independientes. Incluso, si fueran repúblicas independientes, hay mecanismos de control y de vigilancia. No hay autonomías absolutas en este planeta, hasta donde hemos avanzado en el ejercicio de la democracia de los pueblos.

Las comunidades indígenas del Cauca han dicho que Colombia está incumpliendo normatividad internacional e invocan, entre otros, el Convenio 169 de la OIT y la Declaración de ONU sobre Derechos de los Pueblos Indígenas. ¿Eso es cierto?

Colombia fue uno de los primeros países que ratificó el Convenio 169 de la OIT, por medio de la Ley 21 de 1991. Históricamente -y me consta porque participé en varios momentos en el debate para aprobar ese instrumento-, Colombia ha sido líder en el contexto internacional y viene implementándolo en distintos temas. En comparación con otros países de la región y del mundo, vamos avanzando de manera significativa. Faltan algunas cosas por implementar en el tema de la consulta previa, pero se han hecho avances sobre todo durante los últimos dos años.

Y qué hay con la Declaración de las Naciones Unidas?

Fue aprobada en el 2007 y el Estado colombiano en su momento no lo firmó, pero luego revisó su posición y en 2009 firmó con reservas: el derecho que está establecido en esta Declaración al veto en el tema de la consulta previa, libre e informada, sobre proyectos que amenacen la integridad física y cultural de los pueblos indígenas. En eso Colombia dejó reserva sustentada en el principio constitucional de que los recursos naturales del subsuelo y sobresuelo son del Estado, como está en la Constitución.

Esa Declaración se puede revisar y volver a firmar por parte del Estado colombiano?

Son temas importantes, pero creo que en algún momento son susceptibles de revisar. Por ahora, la posición oficial del Estado colombiano es que esos temas están reservados, lo cual no quiere decir que no se pueda hablar sobre ellos.

Entonces, los indígenas no pueden invocar la Declaración de las Naciones Unidas en el sentido de que el Gobierno está violando esos instrumentos que suscribió, cuando lo hizo con reservas puntuales…

La Declaración no es un instrumento jurídicamente vinculante, sino político, que firmó en su mayor parte el Gobierno colombiano. Incluso, debo decir, igual que el Convenio 169, Colombia fue durante muchos años líder en los temas que hoy hacen parte de esa declaración. Entonces, creo que el principio básico del diálogo y la concertación debe ser la Constitución, porque incluso los instrumentos internacionales ratificados o firmados y luego ratificados por el Estado colombiano están en el marco de la Constitución.

Pero esos instrumentos internacionales son superiores a nuestra Constitución?

Nada hay más allá de la Constitución. Los instrumentos internacionales no están más allá de la Constitución. Aquí nos toca movernos con base en los principios constitucionales. Por eso, insisto en que todo diálogo o resolución de conflictos, mediante concertación de acuerdos, tiene que estar en el marco de los principios constitucionales que nos rigen. Así, seguro que podemos avanzar.

El control territorial es un derecho de los pueblos indígenas, como lo están entendiendo en el norte del Cauca, con retenes, sin presencia del Estado en resguardos o con presencia de la guardia indígena asumiendo funciones de policía?

En los territorios indígenas, por Constitución y por normas reglamentarias, quien ejerce gobierno son las autoridades indígenas. Una de las funciones constitucionales que está establecida en el Artículo 330 de la Carta dice que las autoridades tienen como una función ayudar al orden público y a la convivencia pacífica. Con ‘contribuir’, pero no les ha dado facultades la Constitución para que asuman. Es ‘contribuir’. El debate que hay que dar y llegar a acuerdos es para ver cómo va a ser la ‘contribución’, la articulación ante circunstancias tan complejas como las que hace años se vienen afrontando en el Cauca, con guerrilla, paramilitares y narcotraficantes.

El control territorial y el orden público son, entonces, función del Estado…

La Constitución ha establecido que el Estado colombiano tiene una Fuerza Pública para garantizar la seguridad. La misma Corte Constitucional, que ha sido garante de los derechos de los grupos étnicos, ha dicho reiteradamente que el principio de la diversidad étnica y cultural está sobre cualquier otro principio constitucional, salvo en situaciones de interés general como el tema del orden público.

Cómo entender que los indígenas reciben o esperan recibir, por una parte, recursos de regalías y transferencias del Gobierno, pero por otra parte rechazan la presencia del Estado representado en la Fuerza Pública?

Definitivamente, decir que aquí por una parte necesitamos presencia, actuación, intervención y atención del Estado, pero por otra parte decir que tenemos autonomía absoluta… creo que ahí hay un tema importante que el movimiento indígena debería precisar desde los principios constitucionales. Son temas en que, si establecemos un mecanismo de diálogo, de concertación seria y respetuosa, podemos avanzar.

Hay una interpretación diferenciada de la Constitución por parte de los distintos sectores que conforman la sociedad colombiana?

Necesitamos hacer una lectura integral de la Constitución, que ha establecido deberes y derechos para todos los colombianos: indígenas, rom, campesinos, gente de las ciudades, niños, mujeres, tercera edad… No es un solo sector de la sociedad colombiana el que tiene todos los derechos ni tampoco todos los deberes. Hay que entender que los derechos de un sector tienen unos límites también.


Publimayo

Deja un comentario