La quinta papeleta: una propuesta por el derecho a tener derecho

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¿Qué es la quinta papeleta?

Es una consulta al electorado del Putumayo para que el servicio de agua potable se constituya en un mandato político de obligatorio cumplimiento por parte de las autoridades de los trece municipios, con la concurrencia del departamento y la nación.

¿Cuál es el origen de la propuesta?

Durante muchos años las sucesivas administraciones municipales han venido aplazando o atendiendo a medias el servicio de agua potable, con graves consecuencias para la salud de sus habitantes y por consiguiente para su calidad de vida, ésta situación motivó, a un grupo de estudiantes de Administración Pública de la Escuela Superior de Administración Pública (ESAP) de la ciudad de Mocoa, a iniciar proceso popular que viabilice la inclusión, en las próximas elecciones del mes de octubre del presente año, de una “quinta papeleta” como mecanismo válido para establecer un mandato político de obligatorio cumplimiento para los próximos gobernantes.


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¿Por qué es importante la propuesta de la quinta papeleta?

Si las vías de comunicación y la energía son importantes para el desarrollo de los pueblos, el abastecimiento de agua potable también es fundamental, no solo para el desarrollo sino de vital importancia para la salud de los habitantes de un pueblo ya que las enfermedades gastrointestinales son las causantes principales causas de mortalidad en el departamento, especialmente entre los menores de 1 año.

Aprovechando la riqueza hídrica que posee el Putumayo, se debía pensar en un macro proyecto o acueducto regional que abastezca, con una proyección mínima de 50 años, a buena parte de los municipios del pie de monte y de la llanura amazónica (Mocoa, Villagarzón, Puerto Guzmán, Puerto Caicedo y Puerto Asís). La sinergia o la unión de esfuerzos y recursos para emprender y realizar proyectos de beneficio común a varios municipios es una manera de superar la corta visión y la estreches de la práctica parroquial de las administraciones municipales.

No hay que olvidar que las grandes obras de infraestructura, como la carretera Mocoa-Pitalito y la interconexión eléctrica, se lograron gracias a la presión de los movimientos cívicos que buscaron soluciones inmediatas a problemas concretos, demandas que fueron dirigidas al Estado como proveedor de los servicios públicos y garante de las condiciones de consumo colectivo. La “quinta papeleta” se puede constituir en un movimiento social que haga visible el poder de la sociedad civil y que a la vez permita avanzar en la construcción de una nueva ciudadanía.


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¿Quiénes liderarían el proceso de la quinta papeleta?

Principalmente los estudiantes de Administración Pública de la ESAP de la ciudad de Mocoa y otros de instituciones del orden superior (ITP, INESUP, UNIMARIANA, UNITOLIMA, etc.) y organizaciones de la sociedad civil puesto que es un movimiento social que se caracterizaría por ser incluyente, amplio, participativo. En éste sentido, son las fuerzas vivas de la sociedad civil las que se empoderarían de su liderazgo.

¿Por qué hacer la consulta en las elecciones del mes de octubre?

Porque si se hace después, la consulta puede ser influenciada por los resultados electorales ya que los gobiernos electos podrían desmotivar a la población, obstaculizar el debate o incluso desnaturalizar la consulta misma. Se considera que las elecciones son una oportunidad excepcional para hacerla.

¿Legalmente es factible la quinta papeleta?

Legalmente no es factible la “quinta papeleta”, pero se podría gestionar su inclusión ante las instancias correspondientes y contabilizar extraoficialmente sus resultados para luego presentarlos ante quien corresponda para que el voto sea validado y la voluntad popular sea reconocida.

¿Cuál podría ser el texto de la quinta papeleta?

A manera de ejemplo y por lo tanto sujeto a modificaciones, la leyenda de la quinta papeleta podría ser como sigue: “Voto por la consulta democrática del pueblo del departamento del Putumayo por el derecho a tener derecho a que el servicio de agua potable sea un mandato político de obligatorio cumplimiento por parte de los alcaldes municipales con la concurrencia del gobierno departamental y nacional”.

[     SI     ]     [     NO     ]

¿Qué hacer?

  1. Conformar un Comité Provisional para que realice dos tareas, una consultiva y otra organizativa. La consultiva gestionará, ante las instancias correspondientes, la inclusión de la quinta papeleta y, la organizativa, elaborará la estructura orgánica del Comité Central y de los comités municipales.
  2. Constituir el Comité Coordinador Central Pro Quinta Papeleta y los Comités Municipales.
  3. Recolectar firmas que respalden la iniciativa o propuesta.
  4. Diseñar y desarrollar campaña promocional de la “quinta papeleta” para los diferentes medios de comunicación: radio, prensa, televisión y otros como el perifoneo, chapolas y hojas volantes.
  5. Adelantar campaña de adhesión o respaldo a la propuesta en los sectores educativo, productivo, comercial, agropecuario, transportador, bienes y servicios.
  6. Diseñar y desarrollar campaña educativa para que los ciudadanos puedan votar sin contratiempos y sin interferir en el ejercicio de su derecho a elegir.
  7. Gestionar ante los diferentes partidos, movimientos políticos y candidatos a cargos y corporaciones de elección popular, su apoyo a la propuesta ciudadana.
  8. Organizar los equipos que fueren necesarios para presenciar la votación y participar en la contabilización de la votación en las diferentes mesas de los puestos de votación.
  9. Presentar los resultados ante la instancia correspondiente con miras a obtener la validación del voto.

Así como la propuesta de la “séptima papeleta” para las elecciones del 11 de marzo de 1990 fue iniciativa del movimiento estudiantil y que posteriormente dio origen a la Constitución Política de Colombia de 1991, en el Putumayo, un grupo de estudiantes, propone la iniciativa de la “quinta papeleta” para las elecciones de octubre de 2011, con la finalidad de hacer visible la voluntad popular de demandar del Estado su derecho a tener derecho al servicio de agua potable.

Jaime Armando Erazo Villota
Buenos Aires, 25 de marzo de 2011


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