DIAN Amplia plazo para la presentación de información exógena tributa­ria y suspende el proceso de cobro administrativo coactivo a contribuyenntes afectados en Mocoa

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DIAN RES 025

Mediante RESOLUCIÓN NÚMERO 000025 (12 ABR 2017), EL DIRECTOR GENERAL DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES, dispone una suspensión de términos de procesos de cobro administrativo coactivo y el término de prescripción de la acción de cobro

Lo anterior, dadas las circunstancias del fenómeno natural consistente en el desbordamiento de varias quebradas y ríos en el municipio de Mocoa – Putumayo acaecidas el 31 de marzo de 2017 el Gobierno Nacional declaró la emergencia económica, social y ecológica, mediante los Decretos 599 76 y 601 de 2017, y que de acuerdo con el artículo 88 de la Ley 1523 de 2012 es procedente suspender el proceso de cobro administrativo coactivo y en consecuencia el término de prescripción de la acción de cobro de los procesos que adelanta la Dirección Seccional de Impuestos de Cali, por competencia asignada de conformidad con el artículo 3 numeral 6 de la Resolución 007 de 2008, a cargo de los contribuyentes con domicilio principal en la ciudad de Mocoa.

Que teniendo en cuenta la urgencia de esta medida con el fin de no menoscabar los intereses económicos de los contribuyentes afectados con este desastre natural y con fundamento en lo establecido en el numeral 8 del artículo 8 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, la Administración Tributaria adopta autónomamente el presente acto, por considerar que de esta manera se atiende en debida forma el interés general.


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En mérito de lo anterior, el Director General de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, RESUELVE :

ARTICULO 1. Suspender el proceso de cobro administrativo coactivo y en consecuencia el término de prescripción de la acción de cobro a los contribuyentes con domicilio en la ciudad de Mocoa, por el término de (6) seis meses contados a partir de la publicación de la presente Resolución.

ARTICULO 2. Vigencia. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

Descargar : Resolucion_000025_del_12_de_Abril_de_2017


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Igualmente, mediante Resolución 024 (10-04-2017). se establecen los plazos para presentar la información tributaria del año gra­vable 2016 a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) para los obligados a informar damnificados por el desastre natural acontecido en el municipio de Mocoa, departamento de Putumayo.

Resuelve:

Artículo 1°. Ampliación del plazo para la presentación de información exógena tributa­ria.Los obligados a reportar información tributaria por el año gravable 2016 a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) según lo establecido en las Resoluciones números 000112 del 29 de octubre de 2015 y 000084 del 30 de diciembre de 2016, que a 31 de marzo de 2017 se encontraban domiciliados en el municipio de Mocoa, departamento de Putumayo, podrán presentar dicha información en los plazos establecidos en el artículo 37 de la Resolución número 000068 de 28 de octubre de 2016, sin que resulte aplicable sanción por extemporaneidad.

Parágrafo. En el evento de que la situación de desastre en el municipio de Mocoa sea prorrogada, el Director General de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales deberá señalar nuevos plazos para el cumplimiento de la obligación de que trata el presente artículo.

Artículo 2°. Vigencia. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación.


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