Ministerio de Trabajo multó a la Gobernación del Putumayo

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gobernacion del putumayo - 2El Ministerio de Trabajo sancionó con multa de $227.519.820 a la Gobernación del departamento del Putumayo por Negativa de Negociación Colectiva con el Sindicato de Profesionales de la Gobernación, así lo dieron a conocer diputados de esa región.

La multa se da según lo establecido en el artículo 11, numerales 2 y 3 del Decreto 160 de 2014 y artículo 433 del Código Sustantivo del Trabajo. La multa es proporcional a los días que perdura la negativa que son 33 días por 10 veces el salario mínimo.

Por su parte del diputado del Putumayo, Euler Guerrero manifestó que la entidad sancionada no presentó descargos ni alegatos de conclusión dentro de término legal.

“Ésta sanción es producto de la denuncia formal presentada por el Sindicato”, dijo Guerrero.


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En uno de los apartes del documento del fallo en Primera Instancia señala, “Que el día 10 de marzo de 2106 el Sindicato de empleados públicos de la Gobernación de Putumayo SINTRAPROPUTUMAYO presenta ante esta Dirección Territorial copia del oficio radicado bajo el No 6107 refiriendo como solicitud de cumplimiento decreto 160 de 2014 dirigido a la doctora SORREL PARISA AROCA RODRIGUEZ Gobernadora del Putumayo, mediante el cual se le advierte que según el numeral 2 del artículo 11 del decreto 160 de 2014, la administración departamental ha incumplido su obligación legal de informar por escrito a la organización sindical con copia al Ministerio de Trabajo los nombres de sus negociadores y asesores que participarán en representación de la Gobernación en la negociación colectiva, y el sitio y hora para instalar e iniciar la negociación, actuación esta que debía haberse realizado dentro de los dos (2) días hábiles siguientes al último día del primer bimestre, sin que hasta la fecha se nos haya comunicado tal situación”.

En otro de los apartes del documento señala “Primero: Sancionar a la gobernación de Putumayo con NIT 800094164-4, representada legalmente por la Doctora SORREL PARISA AROCA RODRIGUEZ identificada con la cédula de ciudadanía No 52.420.046 expedida en Bogotá D.C, o quien a la fecha haga sus veces, con multa equivalente a diez (10) veces el salario mínimo mensual más alto por cada día de mora en dar inicio a la etapa de arreglo directo, contados a partir del 02 de marzo de 2016, fecha en el cual se debió instalar formalmente e iniciar las negociaciones según los numerales 2 y 3 del artículo 11 del Decreto 160 hasta el día del inicio de las conversaciones, esto es el 21 de abril de 2016, fecha en la que fue designada la comisión negociadora, por el valor de DOSCIENTOS VEINTISIETE MILLONES QUINIENTOS DIECINUEVE MIL OCHOCIENTOS VEINTE PESO ($227.519.820) M/CTE. Multa que será consignada a favor del Servicio Nacional de Aprendizaje Sena, por infringir los numerales 2 y 3 del artículo 11 del Decreto 160 de 2014 y el numeral 2 del artículo 433 del Código Sustantivo del Trabajo Modificado por el art. 21, Ley 11 de 1984 de conformidad con lo señalado en la parte motiva del presente proveído”

Finalmente el diputado indicó a este medio, que para ejercer los recursos de Ley debe consignar previamente el valor total de la multa según el numeral 2 del artículo 433 del Código Sustantivo del Trabajo a órdenes del Sena.

Ver documento completo Scan 001-2-1


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Fuente : Narino.info


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