Extintores en Colombia: la bomba de tiempo que nadie quiere desactivar

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Por : Carlos Humberto lopez Sanchez

En Colombia, cada año se registran miles de incendios en edificaciones comerciales e industriales, muchos de ellos agravados por la falta de equipos de extinción confiables. Sin embargo, un extintor colgado en la pared, lejos de ser una garantía de seguridad, se ha convertido en un simple requisito en papel. Pero detrás de ese cilindro multicolor en Colombia se esconde un vacío normativo, un mercado desregulado y un conflicto de intereses que deberían preocupar a empresarios, comerciantes, bomberos y a las autoridades por igual.

La pregunta es clara: ¿Qué pasará el día en que, frente a un incendio real, descubramos que los equipos que “cumplían” con la norma… no funcionan?

1. La norma que se cayó y dejó todo en el aire


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La NSR-10, que regula la construcción en Colombia, establece que todas las edificaciones deben contar con extintores diseñados conforme a la NTC 2885. La NSR10 En el apartado J.4 señala que:

“Toda edificación clasificada en el grupo de ocupación … debe estar protegida por un sistema de extintores portátiles de fuego, diseñados de acuerdo con la última versión de la norma Extintores de fuego portátiles, NTC 2885 y, como referencia, la Norma de Extintores de Fuego Portátiles, NFPA 10.”

El problema es que la NTC 2885, que exigía extintores listados, rotulados y certificados por tercera parte, hoy no está vigente y no tiene reemplazo. En consecuencia, la NSR-10 quedó exigiendo el cumplimiento de una norma inexistente, lo que genera un vacío normativo grave.

La pregunta es obligada: ¿Cómo puede un inspector de bomberos exigir un requisito que legalmente ya no existe?


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2. El riesgo de los comerciantes: cumplir en apariencia, fallar en la realidad

La Resolución 2400 de 1979 (Art. 220 y 221) obliga a tener extintores, revisarlos anualmente y colocarlos según el área. Cumplir con eso es relativamente fácil: se compra el equipo más barato del mercado, se cuelga en la pared y se pide el sticker de inspección.

Pero aquí está la trampa:

  • El comerciante cree que está protegido legalmente.
  • El cliente cree que el lugar es seguro.
  • En la práctica, los equipos no están certificados, no cumplen pruebas de desempeño y muchos llevan etiquetas falsas.

El día de un incendio, cuando el extintor falle, la pregunta no será “¿lo compró barato?”, sino “por qué no exigió un equipo certificado”. La responsabilidad civil, penal y administrativa caerá sobre el empresario.

3. Bomberos: entre autoridad y comerciantes

La paradoja es mayor porque quienes deberían ser la máxima autoridad técnica en la materia que son los cuerpos de bomberos, lo que debería ser una institución de confianza pública se ve cuestionada por un evidente conflicto de interés.” también son vendedores y recargadores de extintores.

En muchas ciudades, la inspección ocular termina en una recomendación de compra en el mismo sitio que inspecciona. ¿Independencia? Ninguna. ¿Conflicto de interés? Total.

El ciudadano queda atrapado en un sistema que no busca seguridad, sino facturación.

4. La DNBC: más directores que dirección

Si algo agrava este panorama es la falta de liderazgo en la Dirección Nacional de Bomberos de Colombia (DNBC).

Desde el 2023 hasta el 2025 han pasado seis directores por la entidad, lo que ha dejado una institución inestable, sin una línea clara de acción y sin continuidad en los procesos.

La complicación más seria en el tema de extintores vino en noviembre de 2024, cuando la NTC 2885 quedó oficialmente no vigente y sin reemplazo. A pesar de que este hecho deja en el aire la principal exigencia normativa de la NSR-10, ningún director en este periodo de tiempo se ha pronunciado al respecto.

Por el contrario, lo que se ha visto es una gestión centrada en giras por municipios y departamentos, con comitivas y visitas protocolarias que pueden sonar bien en la prensa local, pero que en nada responden a los problemas estructurales de seguridad contra incendios.

Las consideraciones anteriores acerca de la DNBC evidencian la falta de trabajo serio y estructurado sobre los riesgos que nos afectan a todos, ni un esfuerzo por analizar y resolver el vacío normativo que pone a comerciantes, empresas y ciudadanos en riesgo real.

La sensación que queda es clara: más interés en los viáticos que en trabajar por la seguridad nacional.

La DNBC debería, por ejemplo, orientar su trabajo en garantizar que los cuerpos de bomberos del país asuman de manera formal el papel de ente regulador en materia de extintores, con la facultad de supervisar, auditar y avalar los establecimientos dedicados a la recarga y mantenimiento. Esto implica verificar la calidad de los contenedores, los insumos empleados en la carga y recarga, así como los procesos técnicos aplicados. En la práctica, los bomberos deben ser reconocidos como la autoridad competente para emitir un aval obligatorio de funcionamiento, asegurando que las empresas que prestan este servicio realmente cumplan con estándares de seguridad contra incendios. Como contraprestación, se establecería una tarifa de supervisión que les permita ejercer esta labor de control sin que se conviertan en juez y parte. De esta manera, las instituciones bomberiles que hoy realizan directamente la actividad comercial dejarían esa dualidad y se consolidarían como garantes de la seguridad humana y de la confiabilidad de los equipos contra incendios en el país.

El país no puede seguir dependiendo de extintores de papel. Urge que el Gobierno, la DNBC y los cuerpos de bomberos asuman con seriedad la tarea de regular, certificar y garantizar la calidad de los equipos, antes de que un incendio nos cobre en vidas lo que hoy se posterga en decisiones.

5. El negocio disfrazado de seguridad

Hoy el mercado de extintores en Colombia funciona bajo una lógica perversa:

  • Se exige una norma sin vigencia.
  • Se venden equipos que no cumplen con estándares nacionales o internacionales que permitan cumplir su función.
  • Se inspecciona sin criterios unificados.
  • Se recauda por inspecciones y recargas, no por calidad.

En resumen: el extintor se volvió un negocio, no un equipo de seguridad.

6. Llamado al debate: ¿Quién asume la responsabilidad?

  • A los comerciantes y empresarios: deben entender que el riesgo no está solo en la multa por incumplir, sino en la responsabilidad legal y económica de un incendio donde los extintores no funcionen, poniendo en riesgo vidas y patrimonio propio y ajeno.
  • A la Dirección Nacional de Bomberos y a los cuerpos locales: deben decidir si son autoridad reguladora imparcial o jugadores de mercado. No pueden ser ambas cosas.
  • Al Gobierno Nacional: urge un reglamento técnico de producto que sustituya la NTC 2885 y que haga obligatorio el listado, rotulado y certificación externa de extintores.

Conclusión

Hoy en Colombia, tener un extintor equivale más a cumplir con un requisito en papel que a contar con una verdadera garantía de seguridad. La norma que exigía equipos certificados ya no está vigente, la autoridad que debería ejercer el control también participa en el negocio, y el comerciante se siente protegido cuando en realidad está más vulnerable que nunca.

Las preguntas que surgen son inevitables:

  • ¿Vamos a esperar a que un incendio cobre vidas para reconocer que el sistema actual es una bomba de tiempo?
  • ¿O seguiremos dejando a criterio de cada establecimiento la decisión de contar o no con extintores realmente confiables?


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