Por los Ríos

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Río Putumayo – Puerto Leguízamo.- ARchivo

Por : John Elvis Vera Suarez

“Hoy los ríos de Colombia, son alcantarillas que van a dar al mar, un desaguadero de cloacas”. Fernando Vallejo – Escritor Colombiano.

John Elvis Vera Suarez

El Día Internacional de Acción por los Ríos se celebra el 14 de marzo. Esta fecha fue establecida en 1997 en el Primer Encuentro Internacional de Pueblos Afectados por Represas, realizado en Curitiba, Brasil. En 2016, se reconocieron los Derechos del Río Atrato, por parte de la Corte Constitucional de Colombia, esto como parte de los derechos de los Pueblos Indígenas y Negras. La corte decide “DECLARAR la existencia de una grave vulneración de los derechos fundamentales a la vida, a la salud, al agua, a la seguridad alimentaria, al medio ambiente sano, a la cultura y al territorio de las comunidades étnicas que habitan la cuenca del río Atrato y sus afluentes…”, Ante lo anterior le ordenó al Gobierno Nacional, la protección y recuperación del río. Este a su vez, designó al Ministerio del Ambiente como representante legal de dicho río.

Con estos antecedentes, se han venido agregando los derechos reconocidos a los ríos Magdalena, Cauca, Combeima, Cócora, Coello, Pance, La Plata, Otún, Ranchería y al Río Quindío (Sentencia de Primera Instancia, diciembre 3 de 2019), donde se expone que “el Rio Quindío, desde su nacimiento, su cuenca, afluentes y hasta su desembocadura, ostenta el trato de sujeto de derechos a la protección, conservación, mantenimiento y restauración a cargo del Estado…”. Esto conlleva a “Que el Estado debe protegerlos y garantizar su conservación. Deben ser protegidos desde el punto de vista constitucional. Deben ser restaurados cuando sea necesario para su funcionamiento natural. Deben ser conservados y mantenidos. Deben tener sus derechos de integridad ecológica. Deben tener sus derechos de las comunidades locales y de los pueblos indígenas. Deben tener sus derechos de prevención de la contaminación”.


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En el año de 2011, el parlamento de Nueva Zelanda, aprobó por igual una ley que le dio un reconocimiento como “persona jurídica” al Río Whanganui, un triunfo del Pueblo Maorí, que durante 160 años había luchado para que el río, fuera reconocido como su antepasado. El Earth Law Center, con sede en los EEUU, emitió en el 2017, la Declaración Universal de los Derechos de los Ríos. Donde se expone primordialmente que “Los ríos tienen derecho a estar libres de contaminación y represas. Los ríos tienen derecho a conservar su estructura y funcionamientos naturales. Los ríos tienen derecho a proporcionar un hábitat adecuado para la flora y fauna nativa, Los ríos tienen derecho a ser preservados de manera que mantengan sus procesos y su equilibrio dinámico”. También han sido reconocidos como sujetos de derechos, El Río Magpie (Canadá), el Río Klamath (EEUU), El Vilcabamba (Ecuador), el Thins (España), la parte colombiana del Río Amazonas, el Ganges y el Yamuna (India), aunque la Corte Suprema de dicho país, revocó después tal categoría, por último, el Río Turag (Bangladés).

Ante lo anterior, la clave es como se logrará proteger de verdad los ríos, para proteger de esta manera la vida misma de las Comunidades. La presión ciudadana por medio de la organización, será determinante.


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