John Elvis Vera Suarez
Innegablemente sigue siendo el Centro Educativo más importante de la Región Leguízameña. Sin negar el desarrollo adquirido en los últimos años por otras instituciones, todas estatales. Y sin dejar de resaltar al Jardín Infantil de la Base Naval, hoy constituido en un colegio destacado.
1930
Primera Institución Educativa. Esta fue destruida por un incendio.
1941
Surge de nuevo la Escuela Primaria.
1942
Llegan las Hermanas Laura.
1944
Noviembre 14. Decreto 2678 del Ministerio de Educación Nacional, reconociendo a la ESCUELA NACIONAL JOSE MARIA HERNÁNDEZ.
DECRETO NUMERO 2678 DE 1944 (NOVIEMBRE 14)
Por el cual se crea y organiza la Escuela Nacional “José Maria Hernández” de Puerto Leguízamo (Caucaya), Intendencia del Amazonas,
El Presidente de la República de Colombia,
En uso de sus facultades legales, y
CONSIDERENDO:
1º. Que, por especiales circunstancias de presupuesto, distancia y falta de personal adecuado, la instrucción y educación primaria, complementaria, industrial de artes y oficios en las Intendencias y Comisarías del sur del sur del país, no ha recibido hasta ahora el impulso e incremento necesarios,
2º. Que existen en los mencionados Territorios grandes cantidades de indígenas y civilizados de todas las edades que no han podido cursar ni un solo año de primaria por falta de escuelas convenientemente dotadas y localizadas,
3º. Que se hace imprescindible para el gobierno proporcionar a los niños y habitantes de esos territorios, además de la primaria, enseñanza complementaria, industrial y de artes y oficios, para capacitarlos de manera que puedan atender no solamente a las necesidades de la región, sino para que con los oficios ya aprendidos puedan vincularse al adelanto técnico e industrial del país,
4º. Que, por las grandes distancias entre los sitios poblados de las regiones del Sur, se hace necesario que la escuela creada con los anteriores fines, tenga su internado; y
5º. Que es indispensable, además, el establecimiento de un restaurante escolar para los alumnos externos, de manera de proporcionar alimentos técnicamente nutritivos, lo que además de fortalecer a la niñez, enseñe a la población en general a conocer y apreciar la riqueza y necesidad de alimentos,
DECRETA:
Artículo 1º. Crease la Escuela Nacional “José María Hernández”, en Puerto Leguízamo (Caucaya), Intendencia del Amazonas, como homenaje de la Nación a uno de sus héroes,
Artículo 2º. La Escuela Nacional “José María Hernández”, con internado y externado, y que será primaria, industrial, complementaria y de artes y oficios, se compondrá de las siguientes secciones:
- Enseñanza Primaria,
- Taller de Carpintería,
- Taller de Herrería,
- Taller de Mecánica,
- Taller de Sastrería y Peluquería,
- Taller de talabartería; y
- Restaurante Escolar.
Artículo 3º. Para sueldos del personal, alimentación y gastos varios de la Escuela nacional “José María Hernández”, destinase la suma de $23.600 de los fondos apropiados en el capítulo 62, articulo 903-A, que se distribuye así:
- Sueldos en dos (2) meses, noviembre y diciembre:
Mensual Total
Director……………………………………..$….. 170.00 340.00
Subdirector……………………………………… 145.00 290.00
Cuatro Profesores para los Talleres,
a $150.00 cada uno………………………$….. 600.00
1.200.00
Ecónomo……………………………………………….120.00 240.00
Servicio Doméstico, según distribución
que hará el director………………………………..80.00
160.00
Suma………………………….1.115.00 2.230.00
- Alimentación en dos meses,
noviembre y diciembre, así:
De siete (7) empleados internos, a 8.30
mensuales cada uno………………………………….. 210.00 420.00
De diez (10) alumnos internos, a razón
de 9.25, mensuales cada uno…………………… 250.00 500.00
Sostenimiento del Restaurante Escolar,
A razón de $ 0,60 diarios para cada niño,
En 25 días de cada mes, hasta………………… 900.00 1.800.00
- Para transporte de ida y regreso
Del personal que se nombre, para
Desempeñar los cargos de que trata
El presente Decreto, hasta……………. 1.000.00
- Para servicios de energía, agua,
aseo, material de enseñanza, útiles
de escritorio, excursiones, deportes,
transporte, drogas, biblioteca, vestuario,
dotación, muebles, enseres y demás gastos
de esta Escuela, hasta…………………….. 17.650.00
TOTAL…………………………….. 23.600.00
Parágrafo. Los empleados que se nombren para desempeñar los cargos de que tratas el presente Decreto, no tienen derecho a prima móvil por haber sido incluido el valor de la prima al fijar los sueldos.
Artículo 4º. Los transportes de ida y regreso del personal se pagarán a la presentación de las respectivas cuentas de cobro, en la forma legal acostumbrada.
Artículo 5º. Los pagos de sueldos, gastos de alimentación y varios, que deban hacerse en la Escuela Nacional 2José María Hernández”, de Puerto Leguízamo, serán atendidos en la forma que por resoluciones posteriores se determine.
Parágrafo. Para la adquisición de material y dotación de la Escuela, se procederá en la forma establecida para las Escuelas Industriales, de artes y oficios, y Vocacionales, y, en consecuencia, el manejo de los fondos destinados para tales gastos estará a cargo del Gastador-Habilitado de las Escuelas Vocacionales.
Comuníquese y publíquese,
Dado en Bogotá a 14 de noviembre de 1944.
ALFONSO LOPEZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Gonzalo J. RESTREPO
El Ministro de Educación Nacional,
Antonio ROCHA
RECTORES
01. 1961 – 1964 Padre JUAN BOZ
02. 1965 – 1968 “ SILVIO VETTORI
03. 1969 – 1970 “ GAETANO MATZZOLENI
04. 1970 – 1971 “ JUAN BOZ
05. 1971 – 1972 “ SILVIO VETTORI
06. 1972 – 1973 “ URIEL RAVE
07. 1973 – 1974 “ CARLOS GONZALEZ
08. 1975 – 1976 YOLANDA CUSSIS DE ARTEAGA
09. 1.976 – 1978 Padre HECTOR LUIS VALENCIA
10. 1979 – 1987 Hna. LILIANA ESTHER GUTIERREZ M.
11. 1988 – 1993 Hna. FANNY YOLANDA BARRANTES M.
12. 1993 Hna. RAQUEL GUEVARA CRUZ
13. 1995 – 1998 JOSE DEL CARMEN POLOCHE CUSMAN
14. 1998 LUIS DANIEL ACOSTA MARTINEZ
22.2. PRIMERA PROMOCION DE BACHILLERES
Por muchos años los estudiantes Leguízameños tenían que ausentarse de su entorno y alejarse de sus familias con significativos sacrificios económicos para estas, para lograr terminar sus estudios de secundaria, sin olvidar que muchos no podían terminar su bachillerato por falta de recursos suficientes. Este fue un paso importante que se dio en la Educación de la Región.
- 1978. NOVIEMBRE 25. 13 ALUMNOS EGRESADOS.
01. MARIA LEONOR BORRERO MONTENEGRO (PTO LEGUIZAMO)
02. JOSE AGUSTÍN BARAJAS CARPINTERO (MESA – CUND.)
03. GIL FARAKIDE MARRIBA (LA CHORRERA)
04. PEDRO JESÚS GUZMÁN FILO (PTO. LEGUIZAMO)
05. CUSTODIO JOINANA KUYEKUDO (LA CHORRERA)
06. CARLOS SAUL MANTILLA SUAREZ (PTO. LEGUIZAMO)
07. SEGUNDO WALTER MEZQUITA MUÑOZ (PTO. LEGUIZAMO)
08. NUNCIO RAFAEL PEREZ TORRES (EL ENCANTO)
09. GUILLERMO QUIROGA TOVAR (PTO. LEGUIZAMO)
10. JOSE AMELIO ROSERO CHAVES (PTO LEGUIZAMO)
11. ANTONIO SALINAS BASTOS (PTO. LEGUIZAMO)
12. JOSE LUIS SEONERAY KUETGAJE (LA CHORRERA)
13. JORGE VILLAMIZAR BASTOS (PTO. LEGUIZAMO)
22.3. ESTADÍSTICA DE ALUMNOS EGRESADOS DEL COLEGIO NACIONAL J, M. H.
1978 = 13 1990 = 11
1979 = 8 1991 = 16
1980 = 17 1992 = 9
1981 = 19 1993 = 16
1982 = 21 1994 = 27
1983 = 14 1995 = 31
1984 = 13 1996 = 31
1985 = 9 1997 = 28
1986 = 9 1998 = 43
1987 = 15 1999 = 59
1988 = 15 2000 = 45
1989 = 9 TOTAL = 478