J Alexander Africano Macías
El pasado 5 de diciembre de 2022, trece (13) estudiantes de la tecnología en gestión contable del Instituto Tecnológico del Putumayo, acudieron a un Juez Constitucional para solicitar el amparo de que trata la acción de tutela, sintiendo que la institución de educación Superior donde adelantan su formación profesional les vulneró derechos fundamentales como: el debido proceso, la igualdad y el libre desarrollo de la personalidad.
Los jóvenes arguyeron en sus consideraciones ante el juez, que a la luz del acuerdo 015 de 2021, normatividad interna vigente, el ITP debía garantizarles el derecho de optar de manera libre y voluntaria por una de las modalidades de grado, ello es, el diplomado de profundización, el cual debería iniciar en el mes de enero de 2023, para alcanzar su grado en el ciclo tecnológico. De manera concomitante solicitaron que les fuera resarcido el derecho al buen nombre, se les ofreciera una disculpa oficial y pública, puesto que la institución en una de las respuestas los tildó de: “irrespetuosos y oscuros”; por su parte al unisono a través de sus cuerpo colegiados y directivos, como son el Consejo Directivo, del cual hace parte la delegada del Ministerio de Educación Nacional, la Rectoría, la Vicerrectoría Académica y la Decanatura de la Facultad de Administración, Ciencias Económicas y Contables, presentaron oposición a las pretensiones de los demandantes, pues ellos consideraron que el diplomado no alcanza el nivel de investigación requerido por el Ministerio de Educación Superior y por ello, era inviable su desarrollo como opción de grado.
De manera paralela a esta vulneración de derechos del ITP hacia sus estudiantes, recordemos que dos (2) de los (3) candidatos a Representante de los Egresados ante el Consejo Directivo (entre ellos J Alexander Africano Macías), con fecha 21 de diciembre de 2022, afirmaron falta de garantías electorales lo que equivaldría a vulneración de derechos y presentaron su renuncia a la aspiración a esta colegiatura, obligando a la institución a declarar desierta la convocatoria, omisión que hubiese decantado en otra tutela para buscar vía judicial el amparo de derechos conculcados. No obstante, es altamente probable otra activación del mecanismo de Tutela si se tiene en cuenta la reciente elección del representante de los Ex Rectores.
La suerte de los sucesos anteriores, quizá sea el mismo destino que tenga la convocatoria que se desarrolla para seleccionar a los docentes ocasionales en la vigencia de 2023, afirmación que se sustenta en los bajos resultados de las pruebas aplicadas (acta 02 – internet del ITP) y cuya puntuación es del 40% en el procesos; el resultado de la prueba es contrario a la experiencia de muchos docentes quienes llevan varios años al servicio de la institución como catedráticos, tienen buenas evaluaciones docentes y excelentes perfiles profesionales y muchos de ellos están vinculados como docentes ocasionales en la vigencia 2022; en este caso se tiene conocimiento que las pruebas aplicadas no presentaban pertinencia, pues se sustentaron en procesos de memoria de los números de acuerdos internos, ítems de las pruebas ECAES, funciones de Excel, los beneficios por investigación que otorga la institución, dejando de lado la valoración de las estrategias pedagógicas para el futuro desarrollo de labor docente. Si es declarada desierta la convocatoria o no se alcanza el número de docentes con la puntuación solicitada, se esta frente a la vacancia de plazas de docentes requeridos en los procesos académicos y se acudirá quizá a docentes catedráticos o convocatorias «exprés».
Retomando el tema de la tutela de los estudiantes, el togado de la causa con fecha 21 de diciembre, donde emitió fallo y les dio la razón a los educandos, en sus consideraciones el Juez afirma que la opción de grado denominada Diplomado de Profundización está vigente según el acuerdo 015 del 15 de junio de 2022 y le ordena al ITP, que en el término de diez (10) días, adelante las gestiones para que los estudiantes puedan acceder al a esta de grado para el año 2023-1. Todo es se dio, después de que el Juez le otorgara a los Directivos del ITP un término de 04 horas para que dieran respuesta de fondo, sin que lograran convencer a la Autoridad Judicial.
El fallo representa un duro revés para el equipo jurídico, directivos, docentes, administrativos y de investigación en el ITP y deja en duda la interpretación que la institución aplica de sus normas internas, en contravía de derechos fundamentales, así mismo, el juez en su providencia acota que la negligencia del ITP para mejorar sus índices de investigación, no puede ser atribuibles a los estudiantes de la Institución, es de recordar que hubo siete (7) años para mejorar; también menciona que el Centro de Investigación y Extensión Científica y Tecnológica – CIECYT, incumple con su carga laboral en relación con bajo índice de investigación y expone una grave ausencia de gestión en la mencionada dependencia.
El fallo es de cumplimiento en los términos previstos, amen que puede ser apelado por la institución, sin embargo, el fallo es lo suficientemente claro, preciso y conciso y la apelación resultaría ineficaz dado lo perentorio plazo de cumplimiento. De los hechos brevemente mencionados, surgen interesantes dudas de los procesos que adelantan los directivos docentes, administrativos y de investigación en el ITP; estos son algunos de ellos: ¿Cuáles son los índices de investigación del ITP en el periodo de gestión del actual rector MIGUEL ANGEL CANCHALA DELGADO?, ¿El director del CIECYT, JOSÉ YEPES CASANOVA, cuenta con el perfil profesional que le permite al ITP alcanzar los índices de investigación exigidos?, con los débiles resultados que se manifiestan por parte del ITP: ¿Está garantizada la obtención de los registros calificados que se tramitan en el Ministerio de Educación Nacional y que están vencidos desde mediados de 2022?, ¿Cuál es la proyección y ampliación en la oferta académica con pertinencia en el ITP para la vigencia 2023?, ¿Cuál es el nivel de avance del ITP en su proceso de transformación a institución universitaria?, ¿Cuál es el nivel de cumplimiento de los estándares exigidos en el decreto 1330 de 2019 por parte del ITP?, ¿El delegado de los estudiantes ante el consejo directivo y consejo académico conocían de las vulneraciones de derechos fundamentales de sus pares?, ¿Cuál es la posición del consejo directivo y de su presidente ante los graves hechos en la única Institución de Educación Superior pública en el Putumayo?.
Y ¿Ustedes compañeros Egresados y comunidad en General, que opinan?
*Egresado ITP y afiliado al CNP
“Luchemos por la mejora de nuestro Instituto Tecnológico del Putumayo” JAAM