La situación legal de los animales según la Ley 1774 de 2016 en Colombia

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Por : Alexander López Quiroz

Abogado – Esp. Derecho Público, disciplinario, ambiental, derechos humanos, docencia universitaria. Mag Derecho Constitucional – Doctorando en Derecho – Docente universitario – Asesor de entidades públicas.

La Ley 1774 de 2016 en Colombia marcó un hito significativo en la protección de los animales al reconocer explícitamente que los animales no son cosas[1]. Esta norma establece que los animales son seres sintientes.

La ley busca garantizar el bienestar y la protección de los animales, reconociendo su capacidad para experimentar dolor, sufrimiento y estrés.


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Al establecer esta ley que los animales no son cosas, ¿no se afecto el derecho de propiedad sobre los animales?

La Ley 1774 de 2016 introduce medidas para prevenir el maltrato animal y promueve sanciones más severas para aquellos que cometan actos de crueldad contra los animales. Esto incluye penas de prisión y multas para quienes sean encontrados culpables de maltrato animal. Además, la ley establece la obligación de denunciar cualquier acto de maltrato animal, y las autoridades tienen el deber de actuar en consecuencia para proteger a los animales.

Objeto de propiedad o dominio

La Ley 1774 de 2016 declara que los animales no son cosas, estos no pueden seguir siendo objeto de propiedad o dominio. En tanto que la propiedad se ejerce sobre las cosas según lo establece el Código Civil colombiano

La ley clasifica las cosas “como bienes consisten en cosas corporales o incorporales; las cosas corporales se dividen en muebles e inmuebles


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Los bienes “Muebles son las que pueden transportarse de un lugar a otro, sea moviéndose ellas a sí mismas como los animales”; respecto de los animales sigue diciendo: “Los productos de los inmuebles y las cosas accesorias a ellos, como las yerbas de un campo, la madera y fruto de los árboles, los animales de un vivar, se reputan muebles

Se entiende por propiedad o dominio. “El dominio que se llama también propiedad es el derecho real en una cosa corporal…”, es evidente que el derecho de propiedad se ejerce sobre las cosas corporales, siendo esta los bienes muebles y los animales no son cosas, ni bienes muebles.

En otras palabras, los animales no son objeto de del derecho de propiedad. Los animales no tienen dueño.

Conclusión

En resumen, la Ley 1774 de 2016 en Colombia establece que los animales no son cosas, reconociendo su condición de seres sintientes.

Los animales no son objeto del derecho de propiedad o dominio.

Esta ley representa un avance significativo en la protección de los derechos de los animales y en la promoción de un trato más humano y respetuoso hacia ellos.

Próximas entregas: “Inhabilidad por fallos de responsabilidad fiscal, una afrenta al pacto de San José de Costa Rica” – “Negociación o entrega en la Paz total, una falacia”.


[1] Artículo 1. Los animales coma seres sintientes no son cosas

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