Orito entra en toque de queda desde la 1 pm de lunes a viernes

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Vista aérea de Orito Putumayo/Colprensa

Germán Arenas – LBM

Mediante el decreto 194 del 24 de julio del 2020 el alcalde de Orito José Luis Angulo Riofrio, adopto la medida de implementar el toque de queda desde la 1 de la tarde hasta las 5 de la mañana del día siguiente de lunes a viernes y toque 24 horas los fines de semana medida que se mantiene vigente hasta el 1 de agosto del 2020.

La medida tomada por el mandatario local se hace ante la emergencia sanitaria que el Gobierno Nacional promulgo mediante resolución 385  a través del ministerio de Salud y Protección Social el 12 de marzo del presente año. Igualmente el Gobierno Nacional mediante el decreto 417 declaró un estado de emergencia social, económica en Colombia por causa de la pandemia de La Covid.19.

Al día de hoy en el departamento del Putumayo cuenta con 495 casos de Covid-19 de los cuales el municipio de Orito contabiliza 87 casos con 5 fallecidos.


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Angulo Riofrio, busca con esta medida disminuir en lo posible el aumento de los contagios entre sus gobernados y ante la crisis hospitalaria que atraviesa el departamento del Putumayo ante la ausencia total de UCI en los hospitales locales.

En este departamento al sur del país en la actualidad de los 495 enfermos 226 mujeres, 269 hombres de los cuales 366 se encuentran en casa, 80 hospitalizados, 4 en UCI, 23 recuperados y 22 fallecidos.

El decreto municipal tiene algunas acepciones como se puede leer en uno de los parágrafos del artículo 3. Parágrafo primero: Las personas que prestan servicios domiciliarios en los diferentes sectores de la economía establecidos en el Decreto Nacional 990 de 2020, deberán solicitar permiso en la Alcaldía Municipal, previa entrega de los siguientes requisitos:

  1. Solo se permitirá la circulación de domicilios para actividades descritos en el Decreto Nacional 990 de 2020.
  2. Los establecimientos de comercio deberán allegar copia del certificado de existencia y representación expedido por la Cámara de Comercio.
  3. Identificación de las personas que van a realizar los domicilios.
  4. Solicitud escrita.


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