Desde el 6 de noviembre de 2013, cuando las Farc y el Gobierno alcanzaron un acuerdo en el punto de participación política, se mantuvieron bajo total reserva los lugares que tendrían representación en las 16 circunscripciones especiales de paz. Pero, finalmente, el secreto fue revelado. La respuesta surgió en el articulado de un acto legislativo que el Ministerio del Interior dio a conocer ayer, luego de que fuera radicado ante la Secretaría del Senado. (Ver infografía al final de la nota)
Así pues, quedó claro que la circunscripción especial uno estará constituida por 24 municipios de Cauca, Nariño y Valle del Cauca. La circunscripción dos acogerá a cuatro municipios de Arauca. La tres, 13 municipios de Antioquia. La cuatro, ocho de Norte de Santander. La cinco, 16 municipios de Caquetá y uno de Huila. La seis, 12 municipios de Chocó y dos de Antioquia. La siete, ocho de Meta y cuatro de Guaviare. La circunscripción especial ocho estará integrada por siete municipios de Bolívar y ocho de Sucre. La nueve comprende tres municipios de Cauca y la zona rural de Buenaventura. La diez tendrá 11 municipios de Nariño. La 11, ocho municipios de Putumayo. La 12 tendrá seis municipios de Cesar y cuatro de Magdalena. La 13, siete municipios del sur de Bolívar y uno de Antioquia. La 14 estará conformada por cinco de Córdoba. La 15, por cuatro municipios de Tolima. Y la 16 tendrá representación de ocho municipios de Antioquia.
Como se puede ver, en algunas circunscripciones aparecen cabeceras municipales con un importante número de pobladores, sin embargo, el proyecto de reforma constitucional introduce una salvaguarda que señala que cuando el censo electoral de uno de los municipios supere los 50.000 habitantes aptos para votar, los puestos de votación sólo se dispondrán en las áreas rurales de cada municipio.
De igual manera, la iniciativa establece que las 16 circunscripciones especiales serán adicionales a las 166 curules que hoy se asignan de forma ordinaria, y que estos escaños especiales sólo se elegirán para los períodos 2018-2022 y 2022-2026. Asimismo, el proyecto es enfático en que estas circunscripciones de paz tendrán reglas de elección especiales en cuanto el sistema de inscripción de candidatos, financiación de las campañas y acceso a medios regionales de comunicación.
Dice, por ejemplo, que “Los candidatos sólo pueden ser inscritos por grupos significativos de ciudadanos, organizaciones sociales, consejos comunitarios o resguardos indígenas legalmente constituidos, cuando la circunscripción coincida en todo o en parte con sus territorios”. También advierte que los partidos políticos o movimientos que tengan representación en el Congreso o personería jurídica, incluyendo el partido que surja tras la desmovilización de las Farc, no podrán avalar candidatos.
Y finalmente, el acto legislativo, que ya está en manos del Congreso de la República, señala que entre los requisitos que serán exigidos para ser candidatos en estas circunscripciones especiales de paz se pedirá que sean habitantes de los municipios involucrados o desplazados en plan de retorno de los mismos. Y se establece también que los ciudadanos de dichos municipios podrán ejercer su derecho al voto para elegir a senadores y representantes a la Cámara común y corriente. Es decir, que en el caso de las elecciones de estos últimos, tendrán el derecho a votar dos veces.
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