Corte Constitucional suspende proyecto petrolero en Putumayo

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A raíz de la providencia, Ecopetrol y Petrominerales no podrá seguir realizando las actividades extractivas en esa región. Foto: Archivo SEMANA
A raíz de la providencia, Ecopetrol y Petrominerales no podrá seguir realizando las actividades extractivas en esa región. Foto: Archivo SEMANA

Semana – Para la Corte Constitucional, el desarrollo de las finanzas de la Nación no puede costar el sacrificio de la diversidad cultural de los pueblos y menos el deterioro del medio ambiente. Por eso, ha sido radical en intervenir proyectos mineros de la más alta trascendencia económica cuando se han puesto en juego los derechos de pueblos indígenas y cuando la naturaleza se ha visto amenazada.

A través de un fallo de tutela, el alto tribunal ordenó suspender el desarrollo de un proyecto petrolero que se venía adelantando en Orito (Putumayo). A raíz de la providencia, proyectada por el magistrado Alberto Rojas, Ecopetrol y Petrominerales no podrá seguir realizando las actividades extractivas que realizaban en dos pozos petroleros eran operados en la vereda El Naranjito de Orito (Putumayo).

Antes de poder seguir extrayendo hidrocarburos en la zona, las empresas deben agotar un proceso de consulta previa con los integrantes de la comunidad awá del Alto Temblón, que habita en el área de influencia del proyecto.

Desde hace cinco años Petrominerales Colombia viene ejecutando un contrato de concesión minera en Orito (Putumayo), en una parte del territorio en la que ejerce presencia esta comunidad aborigen. La empresa puso en marcha sus actividades sin iniciar ningún tipo de diálogo con los habitantes de la zona, pues el Ministerio del Interior había descartado la presencia de comunidades étnicas en ese lugar.


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Además, las demandadas consideraban que en este caso no había lugar a iniciar ningún procedimiento de esta índole, dado que la explotación minera se venía produciendo desde los años 70.

Sin embargo, el gobernador del Cabildo Awá Temblón interpuso una acción de tutela por considerar que la petrolera no ha debido iniciar ninguna actividad sin antes habérselo consultado a los integrantes de ese grupo indígena.

En sus alegatos, el líder aborigen puso al descubierto un probable incumplimiento del plan de manejo ambiental que estaba obligado a desarrollar el concesionario. La contaminación de las aguas del río Orito y el deterioro en la salud de las especies animales parecían acreditar esos excesos.

En primera instancia, la justicia les dio la razón a los indígenas. Al resolver la acción, ordenó la suspensión de las actividades de extracción de petróleo. Sin embargo, el fallo de segunda instancia que emitió la Corte Suprema de Justicia les permitió a Ecopetrol y a Petrominerales reactivar sus operaciones en la zona.


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El caso fue escogido para revisión por parte de la Corte Constitucional. Ese organismo judicial recibió material probatorio que demostraría el impacto ambiental negativo que vendría provocando la extracción de petróleo en la zona.

“La contaminación en el río Orito como resultado de la actividad de explotación petrolera en la batería conocida como ‘El 70’ es evidente a simple vista”, dijo el tribunal constitucional, tras denunciar que la cuenca del río Orito está siendo contaminada en forma indiscriminada, “sin que Ecopetrol o Petrominerales Ltd., explicaran qué acciones inmediatas han adoptado al respecto”.

Además, la Corte concluyó que el hecho de que las labores extractivas hubieran empezado años antes de que fuera exigible la consulta no excusa de ninguna manera a las empresas accionadas de su deber de dialogar con las comunidades antes de iniciar cualquier iniciativa que afecte su modo de vida.

Por eso, la corporación concedió la tutela. Ordenó la suspensión de las actividades en ambos pozos, mientras Ecopetrol y Petrominerales adelantan el proceso de consulta previa con los integrantes de la comunidad awá Temblón.

“La Sala es enfática en este punto: la socialización no puede consistir, simplemente, en la realización de reuniones en donde se negocian cupos laborales de los habitantes de las comunidades que habitan veredas circunvecinas, como hasta ahora se ha venido realizando”, advirtió.

Así las cosas, está visto que los empresarios van a tener que ir a acostumbrándose a que el desarrollo económico no puede ser una alternativa a la sobrevivencia de la diversidad cultural y medioambiental, sino un valor que sólo puede pervivir en medio de esos dos frentes.

http://www.semana.com/nacion/articulo/corte-constitucional-suspende-proyecto-petrolero-en-putumayo/459343


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