Mintrabajo invita a denunciar el no pago de las horas extras

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IMAGEN-16498763-1ElTiempo – Las empresas que de manera consciente o no dejan de pagarles a sus empleados las horas extras a las que tienen derecho no solo les están incumpliendo a sus colaboradores, sino que, además, le están faltando al Estado y se exponen a multas.

Esa realidad de muchos trabajadores la reveló este martes EL TIEMPO, gracias al estudio ‘Calidad de vida laboral en Colombia’, del Centro de Estudios Económicos Regionales, publicación del Banco de la República, donde se decía que más de 9 de cada 10 horas extras que se trabajan en el país son gratis.

Al respecto, el viceministro de Relaciones Laborales e Inspección del Ministerio del Trabajo, Enrique Borda, señaló que cuando una empresa no reconoce el trabajo que está por fuera de la jornada máxima laboral, o trabajo suplementario u horas extras, incurre en una falta de carácter laboral legal que, primero, puede ser demandada ante los jueces del trabajo, quienes condenarán a la compañía, no solo a pagar el valor de esa remuneración adicional, sino también el valor de la indexación y los intereses y los perjuicios que se hayan causado por el no pago.

“También, el Ministerio del Trabajo, a través de una diligencia de inspección laboral, puede imponer por medio de un proceso sancionatorio una multa a la empresa por no cumplir las normas laborales. Así los trabajadores pueden reclamar ese derecho al pago de las horas extras”, advirtió Borda.


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El viceministro aclaró además que el tema de las horas extras está muy relacionado con la formalidad laboral. La gente que no recibe remuneración por trabajo suplementario es la que no tiene reconocida su relación laboral, es decir que está en la informalidad de dicha relación, y que por eso hay que trabajar por la formalización de los vínculos laborales.

Es por esto por lo que los empleados que se encuentran en esta situación deben aprovechar el sistema de inspección, vigilancia y control del Ministerio del Trabajo.

“Nuestros inspectores laborales en el país, a través de las direcciones territoriales de trabajo, tienen facultad para investigar a empresas o empleadores e imponer las sanciones que la ley tiene previstas para estas violaciones de derechos”, recalcó Enrique Borda.

Como material probatorio, los afectados deben presentar su contrato de trabajo e informar al inspector cuál es su jornada máxima laboral y cuántas horas suplementarias han laborado y no les han pagado.


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El abogado experto en derecho laboral Orlando Giraldo explicó que el trabajo suplementario es el que desempeña el trabajador superando su jornada de 8 horas diarias o 48 a la semana.

“Las horas extras constituyen salario, como lo establece el artículo 127 del Código Sustantivo del Trabajo, por lo que significa un derecho del trabajador irrenunciable”, aclaró Giraldo.

El empleador que omita ese pago incumple las obligaciones que tiene como patrono, pues esa plata que deja de recibir el trabajador no solo debe hacer parte de su remuneración habitual, sino de la carga prestacional que el salario conlleva.

Las horas extras son base para liquidar prestaciones sociales, en casos como cesantías e intereses de las mismas, y como ingreso base de cotización en el sistema de seguridad social integral”, agregó el laboralista.

Al incumplir el contrato con el trabajador, dijo Giraldo, la compañía no solo se expone a las multas del Ministerio, sino que el empleado podría renunciar alegando justa causa, lo que haría que la empresa le deba reconocer al trabajador una indemnización por terminación del contrato.

“En los reglamentos internos de trabajo las empresas siempre establecen que las horas extras, para que tengan validez, tienen que estar solicitadas y/o autorizadas por el empleador, porque también hay personas que se quedan en la oficina sin necesidad o sin trabajar y luego resultan reportando horas extras”, explicó Orlando Giraldo.

ALEJANDRO RAMÍREZ PEÑA
Economía y Negocios

http://app.eltiempo.com/economia/finanzas-personales/ministerio-de-trabajo-pide-denunciar-el-no-pago-de-horas-extras/16498761

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