Trabajadores independientes podrán afiliarse por su cuenta a riesgos laborales

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MinTrabajo

Todos los trabajadores independientes por cuenta propia que devenguen más de 1 salario mínimo mensual legal, podrán afiliarse voluntariamente al Sistema General de Riesgos Laborales.

El Ministerio del Trabajo a través de la Dirección de Riesgos Laborales, junto con los ministerios de Salud y Hacienda, construyen un proyecto de decreto que busca reglamentar dicha afiliación voluntaria para trabajadores independientes por cuenta propia que ejercen cerca de 200 ocupaciones u oficios más representativos con el objetivo de mejorar sus condiciones de trabajo y salud.


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Actores, artesanos, comerciantes, conductores y propietarios de vehículos, jardineros, escritores, sastres, carpinteros, camareros, mecánicos, operarios de mantenimiento, panaderos, plomeros, ayudantes de construcción, deportista y recicladores, son algunas de las ocupaciones que se beneficiarán con la medida.

Andrea Torres Matiz, directora de Riesgos Laborales del Ministerio del Trabajo indicó: «La persona que se incorpore deberá estar previamente afiliado al Sistema General de Seguridad Social en Salud y Pensiones y una vez afiliado, su cobertura será inmediata«.

También señaló que la afiliación la hará el trabajador independiente a través de la Administradora de Riesgos Laborales (ARL) que escoja. La cotización será asumida en su totalidad por el trabajador a través de la Planilla Integrada de Autoliquidación de Aportes (PILA), la cual será ajustada por el Ministerio de Salud para que el trabajador efectúe el pago en los términos y plazos señalados en la autoliquidación, de manera anticipada, precisando tiempo, modo y lugar en el cual se desarrollará la actividad, así como la clase de riesgo y dependiendo de la ocupación u oficio, se determinará la asignación de la tarifa.

Esta nueva afiliación se suma a la de los trabajadores independientes que en forma voluntaria y colectiva actualmente se vinculan al Sistema de Seguridad Social Integral a través de las asociaciones y agremiaciones.


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Igualmente, obligatoriamente están afiliadas las personas que tienen un contrato formal de prestación de servicios con entidades o instituciones públicas o privadas, y los trabajadores independientes que laboren en actividades de alto riesgo.

Para participar con sugerencias o comentarios sobre esta propuesta ingrese al siguiente enlace: http://www.mintrabajo.gov.co/normatividad/participe-en-la-construccion-de-leyes-decretos-o-normatividad.html

http://www.mintrabajo.gov.co/septiembre-2015/4809-trabajadores-independientes-podran-afiliarse-por-su-cuenta-a-riesgos-laborales.html


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