Los profesionales independientes, agricultores o los artistas (que son personas no comerciantes según el art. 23 del Código de Comercio), cuando sean responsables del IVA y decidan que lo harán en el régimen simplificado de dicho impuesto, ya no tengan que ir a hacer colas en las sedes de la DIAN para inscribirse en el RUT o actualizarlo.
¿Cómo se puede hacer el proceso virtualmente?
La cartilla instructiva de la DIAN sobre este nuevo proceso indica que los pasos a seguir serían básicamente los siguientes:
1. Ingresar a la página de la DIAN y primero verificar que el computador desde el cual hará todo el proceso sí sea un computador que reuna todos los requisitos necesarios para navegar por el portal. Eso se comprueba visitando el enlace llamado “verificar requisitos”.
2. Luego, en la página principal de la DIAN usar la opción de la izquiera llamada“Inscripción en el RUT” y entre las opciones que allí se despliegan internamente, escoger la opción “Régimen simplificado no obligados Cámara de Comercio”.
3. Luego de digitar la cédula (que debe ser una cédula que exista en la Registraduría Nacional), el sistema de la DIAN hará tres preguntas de seguridad al estilo de las que se hacen en DATACREDITO (que son preguntas de opción múltiple sobre si reconoce por ejemplo tener relaciones con algún banco, o tener algún servicio con otro tipo de empresas especiales), ya que con esas preguntas se busca garantizar que no se trate de alguien que esté intentando suplantar a la verdadera persona natural. Si responde mal alguna de las tres preguntas, el proceso se bloquea y tendrá que hacerlo de forma presencial en las sedes de la DIAN.
4. Luego se pasa a lo que es el diligenciamiento completo de todas las casillas de la primera página del RUT. Entre ellos se exige obligatoriamente informar una dirección de correo urbano y una dirección de correo electrónico, pues a esta última la DIAN hará llegar un correo con el RUT formalizado.
5. Al final, cuando se use el botón “guardar” y el botón “enviar” el sistema pedirá que allí mismo se le adjunten dos archivos en PDF que el usuario debe tener listos en su propio computador: Uno con la fotocopia de su cédula y el otro con la fotocopia del recibo de servicios públicos que corresponda al domicilio de la dirección de correo urbano que primero reportó (ese recibo no debe estar necesariamente a nombre del mismo contribuyente pues él puede estar ubicado en oficinas o viviendas arrendadas; ver decreto 2645 de 2011 que modificó al 2788 de 2004).
6. Agotados todos esos pasos, dentro de los 5 días hábiles siguientes la DIAN hará llegar al correo electrónico antes informado el respectivo archivo de PDF el RUT con la leyenda grande atrabezada “CERTIFICADO”.
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