20 de octubre elecciones en Santiago Putumayo, para revocatoria de mandato de alcalde

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santiagoPor : Germán Arenas Usme.

La Registraduría Nacional del Estado Civil publicó el calendario electoral para que los habitantes del municipio de Santiago, Putumayo, decidan democráticamente el próximo domingo 20 de octubre si revocan o no el mandato de su actual alcalde municipal.

De acuerdo con el calendario electoral el próximo 3 de octubre se designarán las Comisiones Escrutadoras y el 4 de octubre tendrá lugar el sorteo en el que se designan los jurados de votación de la elección de revocatoria.

El domingo 20 de octubre se desarrollará la jornada electoral y ese mismo día, una vez terminada la elección, después de las 4:00 pm iniciarán los escrutinios municipales tal y como lo determina el Artículo 41 de la Ley 1475 de 20011. Los escrutinios departamentales, en caso de apelación, empezarán el martes 22 de octubre.


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La iniciativa de revocatoria de mandato del alcalde de Santiago, Putumayo, Tito Iván Barrera Ortega, del Partido Conservador, fue radicada ante la Registraduría Municipal el pasado 16 de abril y fue aprobada luego de la revisión realizada por la Dirección de Censo Electoral de la Registraduría Nacional. Esa decisión fue confirmada al resolverse el recurso de reposición por parte del registrador municipal de Santiago, y el recurso de apelación, por los Delegados Departamentales de la Registrador Nacional en Putumayo.

Como resultado de la revisión de las firmas radicadas en Santiago se pudo establecer que de los 670 apoyos presentados por los solicitantes, 574 resultaron válidos. Para que la revocatoria prosperara se requerían 386 firmas válidas, correspondientes al 40% de los votos obtenidos por el actual mandatario, quien ganó con 964 votos en las pasadas elecciones de 2011.

Agotados los recursos de ley, el Registrador Municipal de Santiago, Putumayo, mediante Resolución 003 del 27 de agosto de 2013 fijó el domingo 20 de octubre de 2013 como fecha para que los habitantes de Santiago, Putumayo, acudan a las urnas.

De acuerdo con la Ley 741 de 2002, “procederá la revocatoria del mandato para gobernadores y alcaldes, al ser ésta aprobada en el pronunciamiento popular por la mitad más uno de los votos ciudadanos que participen en la respectiva convocatoria, siempre que el número de sufragios no sea inferior al cincuenta y cinco por ciento (55%) de la votación válida registrada el día en que se eligió al respectivo mandatario“.


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Para que el mandato del actual alcalde sea revocado se requiere que en la jornada democrática convocada para el 20 de octubre se registre una participación equivalente al menos al 55% del total de votos válidos depositados en la elección de alcalde de 2011, y que la mitad más uno vote por el sí. En la última elección de alcalde de Santiago, los votos válidos ascendieron a 3.204, razón por la cual el umbral de participación para que la revocatoria del alcalde prospere está en 1.763 sufragantes.

La Ley 134 de 1994 prevé que si como resultado de la votación no se revoca el mandato del alcalde, no podrá volver a intentarse en lo que resta de su período.


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