Zona Franca Permanente Especial para el Putumayo

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zona franca - orlando guerraPor: Orlando Guerra de la Rosa

La Zona Franca es el área geográfica delimitada dentro del territorio nacional, en donde se desarrollan actividades industriales de bienes y de servicios, o actividades comerciales, bajo una normatividad especial en materia tributaria, aduanera y de comercio exterior.

  • Las mercancías ingresadas en estas zonas se consideran fuera del territorio aduanero nacional para efectos de los impuestos a las importaciones y a las exportaciones.
  • Es un régimen especial que permite el reconocimiento de zona Franca para una nueva persona jurídica, que pretenda desarrollar un proyecto de inversión de alto impacto económico y social.
  • Las actividades desarrolladas por la empresa instalada en zona Franca se deberán realizar exclusivamente en o desde la misma área.
  • La empresa que pretenda ser calificada como ZFPE deberá constituir una nueva persona jurídica.
  • La empresa que pretenda ser calificada como ZFPE debe cumplir con determinados requisitos de inversión y de generación de empleo.
  • El proyecto deberá contar con un componente de reconversión industrial, de transferencia de tecnología o de servicios.
  • La empresa que pretenda ser calificada como ZFPE debe realizar, aportar y obtener la aprobación de un plan maestro de desarrollo general de la zona franca que cuente con estudios de factibilidad económica, técnica, financiera y de mercado.
  • La empresa que pretenda ser calificada como ZFPE deberá realizar un cerramiento del 100% del área que pretende ser declarada, antes del inicio de las operaciones.

El Ministerio de Hacienda y Crédito Publico mediante Decreto 1767 del 16 de agosto de 2013,por el cual se establecen condiciones y requisitos para la declaratoria de existencia de Zonas Francas Permanentes Especiales en los Departamentos de Putumayo, Nariño, Huila, Caquetá y Cauca. Cumpliendo con los requisitos y compromisos establecidos en el presente Decreto, siempre y cuando quien pretenda ser el Usuario Industrial de la Zona Franca Permanente Especial presente la respectiva solicitud antes del 31 de diciembre de 2017.

Con esta norma se espera apoyar departamentos muy golpeados por la violencia como Cauca, Huila, Putumayo y Nariño, para que en conjunto con empresarios jalonen emprendimientos regionales. Esto además, amparados en normativas ya vigentes como los decretos 1197 de 2009 y 2129 de 2011 en los que se establecieron condiciones y requisitos de las zonas.


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Las Zonas Francas Permanentes Especiales podrán ser de bienes, de servicios o de proyectos agroindustriales; se entenderá por proyectos agroindustriales aquellos que impliquen la transformación industrial de productos del sector agropecuario.

orlandoguerraputumayo@gmail.com


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