La mujer vinculada por prestación de servicios debe tener derecho a la licencia de Maternidad

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FernandoOchoa

Como ponente del Proyecto de Ley No. 212 de 2012, el Representante a la Cámara Fernando Ochoa defenderá el FUERO DE MATERNIDAD a favor de la mujer vinculada mediante contrato de prestación de servicios, para que se le garantice el reconocimiento de la licencia de maternidad por 14 semanas y 3 meses adicionales por el período de lactancia.

Este Proyecto dispone también, que cuando el contrato de prestación de servicios sea terminado unilateralmente por el contratante con ocasión del embarazo o la lactancia, se presumirá como un acto de discriminación en razón a la maternidad y en consecuencia se considerará ineficaz.

De esta manera, se busca lograr una estabilidad contractual reforzada a favor de la mujer cuando sobrevenga el embarazo o la lactancia, para garantizar la continuidad del contrato, el sostenimiento del mínimo vital y la protección del que está por nacer.


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Así las cosas, “las personas naturales o jurídicas, de derecho público o privado, que suscriban contratos de prestación de servicios reconocerán el fuero por maternidad a la mujer contratista durante la etapa del embarazo, el parto, el puerperio y la lactancia”, puntualizó el Parlamentario Ochoa.

Agrega el Congresista que, “en el caso del varón contratista, este tendrá derecho a una licencia de paternidad por el nacimiento de un hijo o hija, durante el término de 8 días hábiles”.


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