Aún no existen estadísticas disgregadas a diciembre 31, pero las cifras generales revelan que las S.A.S. están ganando terreno frente a las anónimas y limitadas, entre otras.
Tras dos años de entrar en ejecución, a través de la Ley 258 del 2008, se han creado en el país 55.642 Sociedades por Acciones Simplificadas (SAS). Sólo el año pasado se constituyeron ante las cámaras de comercio nacionales 37.448, es decir, 19.254 más que en el 2009.
En promedio, el año pasado se crearon o transformaron 3.120 compañías al mes bajo es mecanismo jurídico, contra únicamente 1.516 en el 2009, es decir, que presentaron un crecimiento de 106 por ciento.
La Confederación de Cámaras de Comercio de Colombia (Confecámaras) dice que cerca del 30 por ciento son firmas que tienen por objeto social actividades inmobiliarias, empresariales y de arriendo. Le siguen las de comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos automotores, motocicletas, efectos personales y enseres domésticos, las cuales representan casi el 30 por ciento. Otro 10 por ciento corresponde al sector manufacturero.
Entre algunas características de estas compañías se encuentra que permiten crear grupos a la medida y reformar estatutos mediante documento privado y no por escritura pública. Tampoco exige un número determinado de socios y la junta directiva y el revisor fiscal sólo son obligatorios en el caso que lo pida una norma.
Aunque aún no existen estadísticas disgregadas con corte a diciembre 31, las S.A.S. están ganando terreno frente a las anónimas y limitadas, entre otras. El Superintendente de Sociedades, Luis Guillermo Vélez Cabrera, considera que en el mediano plazo podría convertirse en el principal mecanismo de creación de empresas, y sociedades anónimas quedarían únicamente las que estén inscritas en el mercado de valores.
Mientras que el ex superintendente de sociedades y experto en derecho mercantil, Francisco Reyes Villamizar, afirmó que al 2014 se crearán unas 100.000 SAS, aunque el ritmo que van puede acortarse el plazo de la previsión.
El actual Superintendente de Sociedades añade que el éxito de la ley que creó esas sociedades es rotundo porque confeccionó un «traje a la medida para las empresas y redujo costos del registro notarial». También implica, claro, responsabilidades mayores porque los estatutos deben establecer reglas de juego y los abusos son sancionados por la ley como en todos los casos.
Como parte de la adaptación para cumplir los encargos que la ley mercantil le da a la entidad respecto a las SAS, revela que se creará una delegatura para dirimir vía verbal los conflictos entre los socios de SAS, pues no están exentas de conflictos internos entre los accionistas. La normatividad mercantil le otorga a la Supersociedades facultades para actuar como juez y abreviar los procesos de conflictos entre propietarios de compañías.
Según el funcionario, de las sociedades que están creando en el país, el 84 por ciento corresponde SAS y, de las creadas, cerca del 75 por ciento son nuevas y el 25 transformaciones. Por ello, estima que se convirtió en el vehículo ideal de los empresarios grandes y pequeños tanto nacionales como extranjeros.
El funcionario discrepa de algunos notarios que han señalado que la falta de registro de las SAS por escritura pública no permite controlar socios con fondos de procedencia ilegal como testaferrato. Según Vélez, los nombres e identificaciones quedan registrados en las cámaras de comercio y por tanto la entidad u otra que le corresponda pueden entrar a verificarlos.
COMPETITIVIDAD
El presidente de Confecámaras, Julián Domínguez Rivera, también considera como satisfactorio el balance de la puesta en ejecución de las SAS. “Es una forma que está mostrando sus bondades porque redujo pasos y trámites, y le permite a Colombia mejorar en el estudio Doing Business del Banco Mundial en la parte relacionada con reducción de tiempos”.
Igualmente, conceptúa que el registro mercantil da suficiente información sobre datos, estatutos, socios y administradores, entre otros, de las compañías, sean SAS o no. En su opinión, controles sobre presunto lavado de activos se pueden hacer a través de ese vehículo legal encargado a las cámaras. “No creo, que las SAS vayan a sustituir las anónimas porque la normatividad es más adecuada a empresas medianas, pequeñas, familiares e incluso micro”, asevera.
Aun así Confecámaras continuará este año con campañas de difusión del sistema SAS porque considera que se puede usar para formalizar unos 120.000 negocios que hoy ocupan unas 500.000 personas. »
106 por ciento aumentó el promedio mensual de sociedades creadas con el nuevo sistema, en el 2010.
30 por ciento de las S.A.S. son firmas que tienen por objeto actividades inmobiliarias, empresariales y de arriendo.
Datos del acta de creación
- Nombre, documento de identidad y domicilio de los accionistas.
- Razón social, seguida de las palabras sociedad por acciones simplificada; o de las letras S.A.S.
- El domicilio principal de la sociedad y el de las sucursales.
- El término de duración de la compañía.
- Enunciación completa de las actividades principales.
- El capital autorizado, suscrito y pagado, y tipo de acciones.
- La forma de administración.
SAS, vehículo ideal para elevar competitividad ante apertura
El director de Confecámaras, Julián Domínguez, considera también que “el registro mercantil da más ventajas porque así un pequeño negocio se puede enlazar a cadenas productivas y alianzas para competir nacional e internacionalmente; y pueden contratar más fácil con particulares o el Estado”, explica.
Según el directivo, Colombia tiene una alto nivel de emprendimiento y la formalización a través de mecanismos societarios como este.
“Las estadísticas de las empresas que hemos llevado a la formalización muestran que reducen costos y aumentan sus ingresos”, enfatiza.
El tipo de sociedad de las SAS incluye ventajas respecto de otras formas de abrir empresa como la posibilidad de crear diversos tipos de acciones, la capitalización flexible en montos y plazos, y un objeto social indeterminado inclusive. También permite establecer un plazo que evita reformas estatutarias futuras.
Según expertos, la rápida creación de empresas permite suplir la demanda en los países con los que Colombia espera poner en ejecución Tratados de Libre Comercio (TLC).
La Supersociedades expidió recientemente el concepto jurídico 4519, que indica que para transformar una empresa unipersonal en SAS, que a partir de la Ley 1258 de 2008, es obligatoria, u en otro tipo de firma, en el último caso se requiere tanto la escritura pública como la inscripción de esta en la cámara de comercio.
Sin embargo, si una organización se convierte en Sociedad simplificada (SAS), el trámite se puede hacer mediante documento privado.
La precisión normativa también señala qué Sociedades, y aclara que las firmas que optan por otro mecanismo, tienen la obligación de cumplir con los demás requisitos exigidos para ese tipo de sociedades.
Estos son cumplir con el número mínimo de asociados, un objeto social determinado y un término de duración definido.
3.120 compañías se crearon mensualmente, en promedio, el año pasado, mediante este mecanismo jurídico.
Información Enviada por Cámara de Comercio del Putumayo www.ccputumayo.org.co