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Entre las irregularidad que encontró el Ente de Control es que en el expediente del condenado Vargas Alzate, no aparece la solicitud de libertad presentada por el abogado River Ordóñez.
Con destitución e inhabilidad para desempeñar cargos públicos por el término de 15 años fue sancionado en primera instancia Wilson Getial Garcés, quien para la época de los hechos se desempeñaba como Oficial Mayor del Juzgado Promiscuo del Circuito de Puerto Asís, Putumayo.
De acuerdo con la investigación, iniciada en Mocoa por el Procurador Nelson Armando Rodríguez, este funcionario judicial incurrió en falsedad en documento al elaborar una providencia el 1 de abril de 2009, en la que ordenó la libertad condicional de Orlando Vargas Alzate, condenado a 25 años de prisión por homicidio, quien sólo había purgado dos años. Al mismo tiempo, profirió el Despacho comisorio No. 027 de 2 de abril del mismo año que comisionaba a un Juzgado Penal Municipal de Girardot, Cundinamarca para que hiciera efectiva la medida.
El titular de ese juzgado en Putumayo, Campo Elías Córdova Arias presentó la queja disciplinaria contra Getial Garcés luego de conocer una llamada telefónica del Juzgado de Girardot que requería la verificación de la orden de libertad y puso en evidencia la irregularidad.
En su defensa, el Oficial Mayor del Juzgado Primero Promiscuo del Circuito de Puerto Asís, explicó que todos los viernes el Juez viajaba a la ciudad de Pasto y en su ausencia, ya en varias ocasiones, había elaborado documentos fotocopiando la firma del Juez, lo cual se volvió costumbre, y al regresar Córdova Arias, realizaba el documento que era originalmente firmado.
Precisó que había procedido de esta manera porque el abogado River Ordóñez, apoderado de Vargas Alzate, se presentó el viernes 3 de abril para preguntar por la petición de libertad y de forma insistente manifestó que ya se habían cumplido los requisitos, que de no resolverse positivamente su solicitud acudiría al Habeas Corpus, y presentaría queja en contra del Juez pues tenía conocimiento que se encontraba fuera de la sede, sin permiso.
El proceso disciplinario evidenció que las suplantaciones se realizaron el miércoles 1 de abril y jueves 2 de abril, días en los que los responsables de las firmas en los documentos se encontraban laborando en la sede del juzgado, por lo cual el argumento de la defensa no es válido en el sentido que lo hizo para evitarle problemas a su jefe, debido a que Wilson Getial sostuvo que la ausencia del Juez se producía los viernes.