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Congreso aprobó ley en ese sentido. También dio vía libre para que personas se declaren en quiebra.
Los conductores estarán obligados a permitir el examen de alcoholemia cuando las autoridades así lo soliciten, de acuerdo con una ley aprobada ayer por el Congreso. Y rehusarse ocasionará la suspensión de la licencia de conducción hasta por diez años.
El proyecto, cuya conciliación se realizaría hoy para luego pasar a la firma presidencial, llega en momentos en que los colombianos piden con urgencia el control de los conductores ebrios que provocan tragedias. Solo el fin de semana pasado hubo 25 accidentes de tránsito atribuidos a conductores embriagados, que dejaron 6 muertos y 37 lesionados.
En las redes sociales y medios de comunicación, los colombianos habían rechazado recientemente el comportamiento del senador Eduardo Merlano, quien se negó a aceptar la prueba de alcoholemia cuando conducía, al parecer, en estado de embriaguez.
La negativa de Merlano derivó en la renuncia del comandante de la Policía Metropolitana de esa ciudad, general Óscar Pérez Cárdenas, luego de que EL TIEMPO.COM revelara una grabación en la que amonestaba a los patrulleros que requirieron al congresista.
Ayer, atendiendo el clamor de la gente, los legisladores apoyaron por unanimidad la iniciativa que hace obligatoria la prueba, y solamente se especificó que la medida será también para los conductores de motocicletas.
Según lo aprobado, el conductor de carro o moto «que, pese a ser requerido por las autoridades de control operativo de tránsito, con plenitud de garantías, no acceda o no permita la realización de las pruebas físicas o clínicas a que se refiere la ley, incurrirá en falta sancionada con multa y adicionalmente con la suspensión de la licencia».
Adicionalmente, se crea la sanción por el solo hecho de conducir con tragos, independientemente de si es solo uno. Para quienes estén por debajo del primer grado de embriaguez (dos cervezas), de acuerdo con la prueba de alcoholemia, «se decretará la suspensión de la licencia de conducción entre seis y doce meses».
Se podrá retirar el pase hasta por tres años
De ahí en adelante, los conductores no tendrán pase entre uno y tres años, cuando el examen determine primer grado de embriaguez; entre tres y cinco años, el segundo grado, y entre cinco y diez años, el tercero.
Para los dos últimos grados se determinó «la obligación de realizar curso de sensibilización, conocimientos y consecuencias de la alcoholemia y drogadicción, en centros de rehabilitación debidamente autorizados».
El proyecto aprobado elimina la reducción del 50 por ciento del valor de la multa cuando el conductor está ebrio.
Juan Lozano, senador de ‘la U’ y otro de los autores del proyecto, dijo que se avanzó «hacia una cultura de cero tolerancia con la mezcla de alcohol y conducción».
Hace apenas tres semanas, el Congreso hundió, por un voto, un proyecto de ley que penalizaba con cárcel a los conductores ebrios. Los legisladores que se opusieron a castigarlos con cárcel alegaron que, de aprobarse, no habría centros de reclusión suficientes para tanto infractor.
Representante insistirá en arresto
La representante a la Cámara del Mira, Gloria Stella Díaz, es una de las abanderadas de medidas contra conductores embriagados. Cree que esta ley es un primer paso.
¿Lo aprobado contribuirá a reducir la accidentalidad?
Es un paso importante. Sin embargo, no deja de ser una sanción económica y administrativa. Vamos a darle un margen de prueba a la ley para ver cómo son las cifras de siniestralidad vial.
Esperamos que sirva como disuasión.
Hace poco se hundió un proyecto suyo que daba prisión a los conductores ebrios. ¿Insistirá en él?
La mejor forma de combatir a los conductores ebrios es con arresto, que genere antecedentes, y en el caso de funcionarios, inhabilidad para cargos públicos.
Cualquier persona puede declararse en quiebra
Unos cuatro millones de personas que se encuentran ‘colgadas’ con sus obligaciones financieras serán beneficiarias de la ley de insolvencia para personas naturales no comerciantes, que va a conciliación de Senado y Cámara antes de pasar a la firma presidencial.
El contenido de este proyecto quedó incluido dentro del llamado Código General del Proceso, considerado un paso más de la reforma de la justicia. El trámite legislativo tuvo que hacerse de esa manera, teniendo en cuenta que en septiembre del año pasado la Corte Constitucional había tumbado la iniciativa, que ya estaba en vigencia.
El proyecto es de autoría del presidente de la Cámara, Simón Gaviria, y la Corte conceptuó que tenía vicios de forma, por lo que era necesario recomenzar el proceso.
Se aplicará en caso de que un colombiano incumpla el pago de dos o más obligaciones a favor de dos o más acreedores, por más de noventa días. También, en el caso de que cursen en su contra dos o más procesos ejecutivos o de jurisdicción coactiva. De acuerdo con lo sustentado por Gaviria, se trata de una ley que da una segunda oportunidad a la persona natural, de manera que no se le tenga que aplicar la liquidación patrimonial, tras una quiebra.
La ley permitirá establecer un acuerdo de pago sobre lo incumplido, siempre y cuando el deudor ponga a disposición de sus acreedores la totalidad de sus bienes.
Pensión podrá conseguirse en pareja
Los colombianos, pero particularmente quienes ganan bajos salarios, podrán pensionarse sumando las semanas de cotización o los ahorros pensionales que tengan a los de su pareja.
Así lo establece un proyecto de ley que pasó a conciliación y que establece la denominada «pensión familiar» para aquellas personas a las que el tiempo cotizado o el ahorro pensional no les alcanza para una jubilación.
Según el representante Elías Raad (de ‘la U’), el primer paso es que la pareja esté en el mismo régimen pensional.
Explicó que, en el caso del régimen de ahorro individual, los esposos o compañeros deben sumar unos aportes pensionales del orden de los 150 millones de pesos.
Y en lo que tiene que ver con el de prima media, la idea es que los dos sumen unas 1.300 semanas cotizadas. Además, ambos deben tener la edad de jubilación, que hoy es de 62 años para el hombre y de 57 para la mujer.
«Esto es para las personas más pobres y, particularmente, para tener una pensión del orden del salario mínimo», explicó Raad.
De acuerdo con el senador Jorge Ballesteros, también de ‘la U’ y coautor del proyecto, entre las condiciones para acceder a esta pensión está la de que la pareja lleve mínimo cinco años conviviendo y la relación se haya iniciado antes de que los dos hubieran cumplido los 55 años de edad.
La iniciativa debe ser conciliada hoy y pasará a sanción presidencial.