Convenio de cooperación requiere verificar la reconocida idoneidad y experiencia del contratista

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AmbitoJuridico

Foto: Minvivienda

La Corte Suprema de Justicia confirmó la condena impuesta al exgobernador del Putumayo durante el periodo 2024 – 2026, Carlos Alberto Palacios Palacio, por el delito de contrato sin cumplimiento de requisitos legales e irregularidades en la celebración de un convenio de cooperación interinstitucional en relación con un programa de vivienda para familias pobres.

Según el alto tribunal, el exmandatario no solo desatendió los principios de contratación estatal, sino que lesionó el bien jurídico de la administración pública, dejando de lado la prosperidad general, la garantía del servicio a la comunidad y la protección de sus intereses y derechos, según el artículo 2° de la Constitución Política.

Verificación de requisitos


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De acuerdo con los hechos, el exgobernador cuestionado celebró el convenio de asociación sin verificar en etapa precontractual el requisito de reconocida idoneidad y experiencia de la entidad sin ánimo de lucro con la que se llevaría a cabo el proyecto de vivienda, ni que esta contara con los recursos para financiarlo, a pesar de que fue oportunamente advertido de la necesidad de constar esos requisitos.

El alto tribunal recordó que la escogencia del contratista debe sujetarse a la constatación de la reconocida idoneidad como elemento indispensable, de un lado, para confiarle recursos públicos y, de otro, como garantía de que efectivamente cuenta con la capacidad y experiencia para llevar a cabo el objeto contractual.

Reconocida idoneidad

Las manifestaciones del procesado en versión libre sobre la supuesta constatación que realizó de la reconocida idoneidad de la fundación son contraevidentes de cara a las pruebas practicadas, las cuales, en su lugar, permitieron concluir que el exgobernador no realizó ninguna gestión encaminada a establecer el cumplimiento de dicho requisito esencial por parte del contratante, ni lo exigió antes de la suscripción definitiva del convenio de asociación.               


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Y es que la fundación se comprometió a realizar el proyecto de construcción de viviendas con dineros del extranjero y a subsidiar cerca de $ 24 mil millones, es decir, $ 10 millones por cada casa (2.400) en favor de los asociados, personas de escasos recursos, por lo que no bastaba la mera declaración del aporte, sino que era indispensable constatar su existencia real (M. P. Gerson Chaverra Castro).


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