No va mas Marroquín

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Por : Alexander Africano

La sentencia fue debidamente notificada y quedó legalmente ejecutoriada el 8 de noviembre de 2024 a las 5:00 pm

Alexander Africano

La Sala Quinta del Concejo de Estado, dejó en firme el fallo del pasado 26 de septiembre en el que anuló la elección Carlos Andrés Marroquín Luna, como Gobernador del Putumayo para el periodo 2024 – 2027.

La decisión se tomó luego de que se hallara culpable del delito de doble militancia al haber brindado apoyo en las elecciones del 2023 a la diputada Karina Ramírez del Movimiento Mais, cuando su deber legal era apoyar las listas del partido de la U, Fuerza de la Paz y En Marcha.


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El alto tribunal de lo contencioso administrativo manifestó:


Constancia de ejecutoria de la sentencia

Que en esta sección se tramitó en única instancia el medio de control de nulidad electoral acumulado 11001032800020230012100 (1) que promovió Daysy María Jiménez y Jeisson Daza Caro contra el acto que declaró la elección de Carlos Andrés Marroquín Luna como gobernador de Putumayo para el período 2024—2027.

Que la sustanciación del expediente acumulado le correspondió al magistrado Pedro Pablo Vanegas Gil conforme a la diligencia de sorteo (2) del 30 de abril de 2024 (3)


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Que el 26 de septiembre de 2024 la Sala de decisión de la Sección Quinta de esta Corporación profirió sentencia (4) que decidió: «DECLARAR LA NULIDAD de la elección de Carlos Andrés Marroquín Luna, como gobernador del Putumayo, contenida en el formulario E-26 GOB del 5 de noviembre del 2023».

Que se presentó solicitud de aclaración, adición y corrección de la sentencia que se resolvió de manera negativa el 10 de octubre de 2024 (5)

Que se presentó recurso de reposición que se rechazó por improcedente mediante auto del 31 de octubre de 2024 (6)

Que la sentencia fue debidamente notificada y quedó legalmente ejecutoriada (7) el 8 de noviembre de 2024 a las 5:00 p. m.

Se expide (8) esta certificación en Bogotá, D. C., el 12 de noviembre de 2024.

(Con firma electrónica en Samai)
Ethel Sariah Mariño Mesa
Secretaria

esmm/ofly

1 – https://samai.consejodeestado.gov.co/Vistas/Casos/list_procesos.aspx?guid
=110010328000202300121001100103

2 – Índice de Samai 41.
3 – Inciso 5 artículo 282 de la Ley 1437 de 2011. «La decisión sobre la acumulación se adoptará por auto. Si se decreta, se ordenará fijar aviso que permanecerá fijado en la Secretaría por un (1) día convocando a las partes para la diligencia de sorteo del Magistrado Ponente o del juez de los procesos acumulados. Contra esta decisión no procede recurso. El señalamiento para la diligencia se hará para el día siguiente a la desfijación del aviso».
4 – Índice 114 de Samai.
5 – Índice 125 de Samai.

6 – Índice 138 de Samai.
7 – Pues la notificación de la decisión que rechazó el recurso de reposición se realizó el 5 de noviembre de 2024 (índice 141 de Samai) y el término de ejecutoria (tres días) dispuesto en el artículo 302 la Ley 1564, vencieron el 8 de noviembre de 2024 a las 5:00 p. m.
8 – De conformidad con el artículo 115 de la Ley 1564 y el artículo 2 del Acuerdo PCSJA23–12106 del 31 de octubre de 2023 del Consejo Superior de la Judicatura que dispone que las certificaciones electrónicas no tienen costo.


Con lo que se infiere que desde el 9 de noviembre del 2024, el señor Carlos Marroquín no es el gobernador de los Putumayenses, solo resta esperar que se nombre un encargado por parte del gobierno nacional y se cite a nuevas elecciones.

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