
Fuente : Unidad de Restitución de Tierras
La Dirección Territorial de la URT en el departamento garantizará la entrega simbólica de más de 29.000 hectáreas a 94 personas del pueblo indígena Murui Muina, en el municipio de Puerto Leguízamo.
Mocoa, 17 de febrero de 2026 (@URestitucion). En un fallo histórico que reivindica la lucha de los pueblos ancestrales de la Amazonía, el Juzgado Cuarto Civil del Circuito Especializado en Restitución de Tierras con Enfoque Étnico de Mocoa ha proferido la Sentencia 005. Esta decisión ordena el restablecimiento de los derechos étnico-territoriales de la comunidad Monaide Jitoma, víctima del conflicto armado y de procesos de despojo sistemático.
La sentencia ordena la restitución de un territorio colectivo de 29.190 hectáreas más 6.867 metros cuadrados. Este resguardo indígena, ubicado en los municipios de Puerto Leguízamo y Puerto Asís, está conformado por 17 parcelas que incluyen zonas destinadas a la constitución de resguardo y una vasta área de uso tradicional, espiritual y de conservación ambiental.
La medida beneficia a 94 personas que integran Monaide Jitoma: 25 mujeres, 23 hombres y 46 menores de edad, pertenecientes al pueblo ancestral Murui Muina. La comunidad, reconocida como parcialidad indígena desde 2010, ha mantenido una ocupación ancestral desde 1932, tras escapar de los regímenes de esclavitud de la casa Arana durante la época del caucho.
La solicitud formal de restitución de derechos étnico-territoriales se consolidó tras la inscripción del territorio en el Registro de Tierras Despojadas y Abandonadas Forzosamente (RTDAF); posteriormente, el proceso ante los juzgados especializados inició en el 2018, cuando se admitió la demanda presentada por la URT en representación de la comunidad.
Uno de los logros más significativos fue la expedición del Acuerdo No. 509 del 20 de agosto de 2025 por parte de la Agencia Nacional de Tierras (ANT), con el que se constituyó formalmente el Resguardo Indígena Monaide Jitoma.
El fallo imparte órdenes perentorias a diversas instituciones para garantizar la reparación integral; entre ellas se encuentra la reparación colectiva, restauración ambiental, documentación de los hechos victimizantes y traducción de la sentencia en lengua propia.
Con esta sentencia, el Estado colombiano reafirma su compromiso con el cumplimiento del Decreto Ley 4633 de 2011, devolviendo la autonomía y la seguridad jurídica a quienes han sido guardianes milenarios de la selva.