
BOGOTÁ D.C. – El Consejo Nacional Electoral (CNE) anunció, mediante la Resolución 0846 de 2026, su decisión de negar la solicitud de revocatoria contra la lista de candidatos a la Cámara de Representantes por la circunscripción del Putumayo presentada por la coalición «Pacto Verde Putumayo».
El contexto de la disputa
La demanda de revocatoria fue interpuesta inicialmente por la Veeduría Electoral Colombia Posible y el ciudadano Nicolás Farfán Namén. Los peticionarios argumentaban que la coalición, integrada por el Partido Alianza Verde, el Movimiento Ecologista Colombiano y el Movimiento Político Pacto Histórico, infringía el artículo 262 de la Constitución. Según la impugnación, el Pacto Histórico había obtenido cerca del 39,78% de la votación en 2022, lo que superaría el límite del 15% permitido para formar coaliciones.
La decisión del CNE
Tras analizar el caso, la Sala Plena del CNE determinó que la lista es legal y puede seguir en firme para las elecciones del próximo 8 de marzo de 2026. Los puntos clave del fallo incluyen:
- Nueva Personería Jurídica: El CNE aclaró que el «Pacto Histórico» que compitió en 2022 era una coalición temporal que se extinguió tras dicho proceso. El actual Movimiento Político Pacto Histórico obtuvo su personería jurídica propia apenas en 2025 tras la fusión de varios partidos, por lo que técnicamente se considera que no participó como colectividad única en las elecciones anteriores.
- Cálculo de Votos: Bajo este criterio jurídico y siguiendo la jurisprudencia del Consejo de Estado, la votación atribuible al nuevo movimiento para efectos de este límite constitucional es del 0%, lo que lo habilita plenamente para coaligarse.
- Improcedencia de Inhabilidades: La Corporación constató que no se acreditaron causales de inhabilidad ni violaciones al régimen de consultas populares.
Notificación y recursos
La decisión fue adoptada en la Sala Plena del 5 de febrero de 2026. Al ser notificada en estrados durante una audiencia pública, los interesados cuentan con el recurso de reposición, el cual deberá sustentarse por escrito antes de las 5:00 p. m. del primer día siguiente a la audiencia.
Con este fallo, los candidatos Miguel Ángel Rubio Bravo (101), Yule Vianey Anzueta Tarache (102) y Mayely Martos Narváez (103) continúan oficialmente en la contienda electoral por el departamento del Putumayo.