

Caracol – Caracol Radio habló con un abogado penalista para entender mejor este caso.
En principio, es importante que sepa, los hechos comenzaron en mayo de este año. Un error administrativo en Villa Mercedes, provincia de San Luis, Argentina, resultó en la transferencia equivocada de 510 millones de pesos argentinos, aproximadamente 1.874 millones de pesos colombianos, a Verónica Acosta.
En realidad, la mujer esperaba una cuota alimentaria de apenas 8 mil pesos argentinos, lo equivalente a un poco más de 29 mil pesos colombianos.
Al desconocer el origen de los fondos, Acosta comenzó a utilizarlos para hacer compras de bienes básicos, como electrodomésticos, alimentos y un carro. También efectuó remodelaciones en su vivienda. Asimismo, transfirió dinero a familiares, con más de 60 movimientos registrados en un corto período de tiempo.
Este error fue detectado por el tesorero provincial, quien realizó la denuncia. El banco logró recuperar gran parte del dinero, aunque la Justicia determinó que Acosta aún conservaba aproximadamente 44 millones de pesos argentinos (161 millones de pesos colombianos).
De esta forma y como resultado, Acosta y cinco personas cercanas fueron detenidas bajo cargos de estafa, defraudación y retención indebida. Posteriormente, recuperaron su libertad bajo el pago de una fianza individual de 5 millones de pesos argentinos (18 millones de pesos colombianos).
Cabe resaltar que la defensa sostuvo que no hubo intención delictiva por parte de Acosta y cuestiona la proporcionalidad de la medida; el proceso judicial continúa.
En este orden de ideas, en Caracol Radio surgió el interés por entender qué pasaría en el caso de que a un ciudadano colombiano le sucediera una situación similar.
¿Qué pasa en Colombia si usted recibe una gran suma de dinero por accidente y se la gasta?
Caracol Radio habló con Francisco Bernate, abogado penalista y profesor de la Universidad del Rosario, para consultar puntualmente sobre el caso de la mujer argentina, pero aplicado a la jurisprudencia colombiana.
El experto explicó que “en Colombia este es un delito que se denomina aprovechamiento de error ajeno o caso fortuito, y que tiene una pena de prisión de entre 16 y 54 meses”, dijo.
Bernate sostuvo que este delito se configura cuando una persona recibe por error una suma de dinero que no le corresponde, la utiliza o transfiere, como sucedió en el caso analizado.
Según él, el único escenario en el que podría considerarse una excepción es cuando la cuenta bancaria del receptor tiene tantos movimientos, por lo que se hace difícil identificar una consignación errónea.
No obstante, el abogado enfatizó que en este caso específico no se aplica esa excepción. “Se estaba esperando una cifra y se recibió una cifra muy superior, que no tenía una justificación. De manera que, con toda la intención, se apropió de ese dinero que no era suyo”, añadió.
Posibles delitos en los que puede incurrir en un caso similar al de la mujer de Argentina
En Colombia, si usted recibe dinero por error y no lo devuelve, puede quedar en medio de una situación con serias consecuencias legales. Ya sea que provenga del Estado, una entidad financiera o una persona natural.
Utilizar esos fondos sin autorización constituye un delito tipificado en la legislación penal. Este comportamiento se enmarca en la figura del enriquecimiento sin causa, que impide que alguien obtenga beneficios injustificados a costa del perjuicio de otra persona.
Esta figura jurídica permite que quien haya sido afectado sin razón legal pueda reclamar la devolución de lo perdido.
Por otro lado, cuando una persona gasta dinero recibido por equivocación, puede incurrir en un caso de apropiación indebida, delito establecido en los artículos 253 y 254 del Código Penal colombiano.
En este caso, la conducta implica apropiarse de bienes ajenos confiados temporalmente, con la obligación de ser devueltos, como ocurre en casos de depósitos o comisiones. Tenga en cuenta que las penas para quien comete este delito van desde 16 hasta 108 meses de prisión, además de una multa que puede alcanzar los 75 salarios mínimos.
Finalmente, la Constitución también impone el deber de actuar de buena fe. Esto implica informar inmediatamente sobre cualquier consignación no justificada; lo más prudente, en un caso similar, es no usar el dinero y reportar el error a la entidad correspondiente lo más rápido posible.
