Por : Alexander Africano
En efecto cascada, el consejo de estado se ha manifestado mediante otra constancia de ejecutoria de la sentencia, con la misma fecha de Carlos Marroquín. Esta vez en contra del alcalde de Puerto Guzmán.
A la letra el documento dice:
“…Que en esta sección se tramitó en segunda instancia el medio de control de nulidad electoral 520012333000202300407011 que promovió July Tatiana Fonseca Laguna contra el acto que declaró la elección de MIGUEL ÁNGEL MUÑOZ GÓMEZ como alcalde de Puerto Guzmán (Putumayo) para el período
2024―2027.
Que la sustanciación le correspondió al magistrado Pedro Pablo Vanegas Gil conforme a la diligencia de reparto del expediente en la plataforma del Sistema Nacional de Reparto del Consejo Superior de la Judicatura.
Que el 17 de octubre de 2024 la Sala de decisión de la Sección Quinta de esta Corporación profirió sentencia2 que decidió: «PRIMERO: Confirmar la sentencia de 7 de junio de 2024, dictada por el Tribunal Administrativo de Nariño, Sala Primera de Decisión, mediante la cual declaró la nulidad de la elección de Miguel Ángel Muñoz Gómez, como alcalde de Puerto Guzmán (Putumayo), periodo 2024 – 2027.
SEGUNDO: Reconocer personería jurídica al abogado Silvio San Martín Quiñonez Ramos, como apoderado de la parte demandada, en los términos del memorial aportado al expediente».
Que se presentó solicitud de adición de la sentencia que se resolvió de manera negativa el 31 de octubre de 2024.
Que la sentencia fue debidamente notificada y quedó legalmente ejecutoriada el 8 de noviembre de 2024 a las 5:00 p. m.
Se expide esta certificación en Bogotá, D. C., el 12 de noviembre de 2024.