APC-Colombia advierte sobre suplantación en la emisión de Certificados de Utilidad Común- CUC

Publimayo

La Agencia Presidencial de Cooperación Internacional de Colombia, APC-Colombia, alerta a empresarios y ciudadanía en general sobre sobre posibles personas inescrupulosas que buscan suplantar trámites propios de APC-Colombia, relacionados con la expedición de Certificados de Utilidad Común -CUC-.

La entidad conoció recientemente un caso en el que fue emitido, y se quería hacer uso, de un Certificado de Utilidad Común-CUC- falso con el que se pretendía obtener la exoneración de impuestos nacionales por supuestos proyectos ejecutados con recursos de cooperación internacional.

Por lo anterior, vale precisar que para obtener un Certificado de Utilidad Común de parte de APC-Colombia se debe cumplir con tres requisitos:

  1. El proyecto o programa debe estar registrado en APC-Colombia y debe contar con una Constancia de Registro, expedida por la Agencia Presidencial de Cooperación Internacional de Colombia.
  2. El proyecto o programa debe contar con un concepto favorable, emitido por el Ministerio de Relaciones Exteriores
  3. El proyecto o programa debe contar con un concepto técnico favorable, emitido por la entidad nacional o territorial que se relacione de manera directa con la temática del proyecto.

Una vez se cumpla con estos requisitos, APC-Colombia podrá emitir el respectivo Certificado de Utilidad Común que deberá ser entregado por las entidades u organizaciones ejecutoras a la DIAN.


Publimayo

Si alguna persona natural o jurídica tiene alguna duda respecto a la expedición de este certificado, puede escribir al correo cuc@apccolombia.gov.co para cualquier tipo de inquietud o validación este documento emitido por APC-Colombia.


Publimayo