Así avanza el pleito territorial del resguardo Siona Buenavista en Putumayo

Publimayo

ElTiempo – Piden que seleccione tutela para destrabar reclamo por 56.000 hectáreas en Putumayo.

El resguardo indígena Siona Buenavista ubicado en Puerto Asís, Putumayo, que es una de las comunidades declaradas en alto riesgo de desaparición por la Corte Constitucional desde 2009, emprendió una batalla legal desde 2017 para que les sean restituidos los derechos territoriales de un área de 56.972 hectáreas.

Esa área comprende tanto el resguardo, que fue constituido por el Incora, tres predios y un área no titulada que fue solicitada en ampliación del resguardo que es equivalente a 52.029 hectáreas.

El caso está en el Juzgado Primero Civil del Circuito Especializado en Restitución de Tierras de Moca que lo admitió en febrero de 2018.


Publimayo

En agosto de 2018, dicho juzgado ordenó una medida cautelar para la protección del territorio ancestral denominado Zio Baín que tiene igualmente desde ese año medidas cautelares de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, CIDH.

Desde entonces, poco ha pasado, salvo que en junio de 2019 fracasó un acuerdo conciliatorio entre el resguardo y la comunidad Nasa Kwesx Kiwe.

Por eso, la comunidad interpuso una tutela señalando que la demora pone en riesgo el “territorio ancestral que ha venido siendo ocupado por familias campesinas incentivadas económicamente por actores ilegales para la siembra de cultivos de uso ilícito, lo cual ha generado además considerables afectaciones al ambiente como deforestación, acidificación de los suelos y contaminación de fuentes hídricas”.

Esa tutela fue negada en dos instancias he inicialmente no fue seleccionada para revisión por la Corte Constitucional.


Publimayo

En días pasados, la entonces magistrada encargada Karena Caselles, quien fue designada mientras la magistrada Natalia Ángel se posesionaba en el cargo, insistió ante sus colegas para que seleccionen la tutela.

Se trata de un recurso que solo pueden interponer los magistrados de la Corte, la Procuraduría, la Defensoría y la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado.

En su escrito de 13 páginas, la entonces magistrada encargada dijo que este caso le permitiría a la Corte “la oportunidad de recabar en la jurisprudencia en torno a la restitución de derechos territoriales como una garantía fundamental de que son titulares las víctimas del conflicto armado y que acarrea una obligación correlativa del Estado, que vincula a los funcionarios judiciales en orden a asegurar el acceso a la justicia, particularmente tratándose de comunidades étnicamente diferenciadas en grave peligro de desaparición a causa de fenómenos históricos de discriminación, exclusión y violencia”.

En criterio de Caselles, la selección del caso es necesaria para “verificar si a raíz de la actuación del juez demandado se erige una lesión iusfundamental sobre los integrantes del territorio Zio Baín y una afrenta a la supervivencia misma de la comunidad”.

“En efecto, siendo clara la obligación estatal de garantizar los derechos al territorio y a la propiedad colectiva de los pueblos étnicamente diferenciados, conviene analizar cómo se proyecta el deber de las autoridades de otorgar certidumbre jurídica y restituir el goce del territorio dentro de la noción de plazo razonable en el contexto de un proceso jurisdiccional enmarcado en las medidas de asistencia, atención, reparación integral y de restitución de derechos territoriales a las víctimas pertenecientes a los pueblos y comunidades indígenas que recoge el Decreto-Ley 4633 de 2011”, agregó.

El resguardo indígena Siona Buenavista ubicado en Puerto Asís, Putumayo, que es una de las comunidades declaradas en alto riesgo de desaparición por la Corte Constitucional desde 2009, emprendió una batalla legal desde 2017 para que les sean restituidos los derechos territoriales de un área de 56.972 hectáreas.

Esa área comprende tanto el resguardo, que fue constituido por el Incora, tres predios y un área no titulada que fue solicitada en ampliación del resguardo que es equivalente a 52.029 hectáreas.

.El caso está en el Juzgado Primero Civil del Circuito Especializado en Restitución de Tierras de Moca que lo admitió en febrero de 2018.

En agosto de 2018, dicho juzgado ordenó una medida cautelar para la protección del territorio ancestral denominado Zio Baín que tiene igualmente desde ese año medidas cautelares de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, CIDH.

Desde entonces, poco ha pasado, salvo que en junio de 2019 fracasó un acuerdo conciliatorio entre el resguardo y la comunidad Nasa Kwesx Kiwe.

Por eso, la comunidad interpuso una tutela señalando que la demora pone en riesgo el “territorio ancestral que ha venido siendo ocupado por familias campesinas incentivadas económicamente por actores ilegales para la siembra de cultivos de uso ilícito, lo cual ha generado además considerables afectaciones al ambiente como deforestación, acidificación de los suelos y contaminación de fuentes hídricas”.

Esa tutela fue negada en dos instancias he inicialmente no fue seleccionada para revisión por la Corte Constitucional.

En días pasados, la entonces magistrada encargada Karena Caselles, quien fue designada mientras la magistrada Natalia Ángel se posesionaba en el cargo, insistió ante sus colegas para que seleccionen la tutela.

Se trata de un recurso que solo pueden interponer los magistrados de la Corte, la Procuraduría, la Defensoría y la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado.

En su escrito de 13 páginas, la entonces magistrada encargada dijo que este caso le permitiría a la Corte “la oportunidad de recabar en la jurisprudencia en torno a la restitución de derechos territoriales como una garantía fundamental de que son titulares las víctimas del conflicto armado y que acarrea una obligación correlativa del Estado, que vincula a los funcionarios judiciales en orden a asegurar el acceso a la justicia, particularmente tratándose de comunidades étnicamente diferenciadas en grave peligro de desaparición a causa de fenómenos históricos de discriminación, exclusión y violencia”.

Es un pueblo indígena que, aparte de una marginación histórica, ha sufrido con aguda intensidad los impactos de la violencia en el marco del conflicto armado

En criterio de Caselles, la selección del caso es necesaria para “verificar si a raíz de la actuación del juez demandado se erige una lesión iusfundamental sobre los integrantes del territorio Zio Baín y una afrenta a la supervivencia misma de la comunidad”.

“En efecto, siendo clara la obligación estatal de garantizar los derechos al territorio y a la propiedad colectiva de los pueblos étnicamente diferenciados, conviene analizar cómo se proyecta el deber de las autoridades de otorgar certidumbre jurídica y restituir el goce del territorio dentro de la noción de plazo razonable en el contexto de un proceso jurisdiccional enmarcado en las medidas de asistencia, atención, reparación integral y de restitución de derechos territoriales a las víctimas pertenecientes a los pueblos y comunidades indígenas que recoge el Decreto-Ley 4633 de 2011”, agregó.

“En criterio de la suscrita magistrada, es indispensable tomar en cuenta que el aquí accionante es un pueblo indígena que, aparte de una marginación histórica, ha sufrido con aguda intensidad los impactos de la violencia en el marco del conflicto armado, y cuyo territorio ancestral ha sido –y sigue siendo– escenario de pugnas y confrontaciones entre actores ilegales que, no solo han atentado contra sus miembros individualmente considerados, sino que han erosionado su tejido social, sus formas de vida, sus tradiciones y sus costumbres, al punto de empujar al grupo étnico a un riesgo de extinción”, insistió.

En una próxima Sala de Selección se definirá si la Corte Constitucional estudiará o no el tema.


Publimayo