Suspenden resolución que permitía minería en reservas

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NaturalPress

Al piso se fue la polémica Resolución 110 de 28 de enero de 2022 emitida por el Ministerio de Ambiente Y Desarrollo Sostenible (MADS) que permitía el desarrollo de actividades mineras en Reservas de Ley 2ª  y protectoras.

La decisión tomada por un juez de República que acogió la tutela interpuesta por la Senadora del Partido Verde Angelica Lozano, quien argumentó que el Ministerio de Ambiente violó los límites normativos que le impone la ley al modificar a través de una resolución,  la ley 2ª de 1959 que regula la Economía Forestal de la Nación y Conservación de Recursos Naturales Renovables.

El juez pidió amparar los derechos fundamentales a la vida, a la salud, al agua, a la seguridad alimentaria y al medio ambiente sano y a través del Juzgado Sexto Penal del Circuito suspendió la Resolución por cuatro meses.


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Lo que es considerado un triunfo por la comunidad ambientalista también fue celebrado por Lozano quien aseguró en sus redes sociales, “un juez de la República falló a nuestro favor y le puso tatequieto al abuso que cometió el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible al flexibilizar los trámites que permiten la sustracción en reservas forestales de Ley segunda”.

Según Lozano y su equipo jurídico quienes le argumentaron al Juzgado Sexto Penal del Circuito que “La ley no faculta al Ministerio para determinar los casos en los que procede la sustracción temporal y definitiva en áreas de reserva en tanto esto corresponde al Congreso de la República; No tienen cabida las actividades mineras en áreas de reserva forestal protectoras (nacionales y regionales) y el MADS omite esto en la Resolución 110, por lo que el MADS se auto facultó e introdujo cambios en la ley”.

En resumen, las pretensiones de la Senadora se enfocaron en que el Ministerio cumpla con su trabajo de acuerdo en las facultades estrictas que le ha otorgado la Constitución Nacional sin sobrepasar sus límites además solicitó la suspención de la Resolución.

A pesar que el Ministerio de Ambiente le quitó todo  el valor a la acción de tutela de Lozano y explicó en varias ocasiones que no tiene los argumentos para ser estimada y validada además de no ser el mecanismo para suspender un acto administrativo como lo es la Resolución,  la tutela fue aprobada y el juez le ordenó al Ministerio suspender la misma por cuatro meses así:  “ORDENAR la suspensión de la aplicabilidad de la Resolución No. 110 de 2022, emitida por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible y los efectos que de ella se desprendan de manera provisional y a prevención por el termino de 4 meses o hasta que se emita orden en contrario por parte el Tribunal Administrativo de Cundinamarca o por el Consejo de Estado de acuerdo a los radicados 2022-00109 y 2022- 00149 respectivamente”.


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Proyecto de Exploración Mocoa de Libero Copper. Foto Libero Cooper.
Proyecto de Exploración Mocoa de Libero Copper. Foto Libero Cooper.

Ahora, se espera una respuesta de las empresas y la cartera de ambiente que tendrá que acatar la orden del juez y quien a través de la Resolución 110 de 2022 le abrió paso a multinacionales que celebraron su decisión. Tal fue el caso de la minera canadiense Rugby Mining quien dijo en un comunicado de presa en febrero pasado que “la exploración detallada se ha visto facilitada recientemente por la Resolución del 28 de enero de 2022 con respecto al proceso de extracción de reservas forestales de Colombia” y aseguró que “permite que la exploración minera no  pase por onerosos procesos de extracción forestal”.

“La nueva Resolución establece que mientras la exploración no requiera el uso forestal, la eliminación de la cubierta forestal ni la fragmentación del bosque ya no se considera un cambio de uso del suelo como se requiere para una Extracción de la Reserva Forestal” dijo Rugby Mining en un comunicado refiriéndose a la polémica Resolución hoy suspendida.

Con la emisión de la Resolución paralelamente  iniciaron las exploraciones de la empresa también canadiense Libero Cobre en las montañas de Mocoa Putumayo en los límites de la Reserva Forestal Protectora del río Mocoa a solo 10 kilómetros del lugar de la tragedia que se presentó hace cinco años por una avenida fluvio torrencial que dejó más de 330 personas muertas y sobre un área sobre la que no se podría hacer minería teniendo en cuenta un acuerdo municipal que la prohíbe.

Ambientalistas se preguntan ¿cuál será la respuesta de las empresas y el Ministerio de Ambiente frente a las actividades mineras exploratorias que ya iniciaron y están proyectadas en áreas de reservas forestales y protectoras en Colombia?

Maria Lourdes Zimmermann
Periodista ambiental y de conservación

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