Los argumentos de la Corte para condenar a exgobernador por contaminación de ríos

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ElEspectador – El exgobernador de Putumayo, Jimmy Harold Díaz, fue condenado a nueve años de prisión por los delitos de concierto para delinquir, contrato sin el cumplimiento de requisitos legales, peculado por apropiación a favor de terceros y receptación.

Nueve años de prisión deberá purgar el exgobernador de Putumayo y exrepresentante a la Cámara, Jimmy Harold Díaz Burbano, quien fue condenado por la Sala de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia por los delitos de concierto para delinquir, contrato sin el cumplimiento de requisitos legales, peculado por apropiación a favor de terceros y receptación.

En la sentencia de más de 200 páginas quedó en evidencia que, en 2015, el entonces mandatario departamental llegó a un acuerdo para integrar una organización ilegal dedicada a la extracción y comercialización ilícita de minerales, con el fin de mantener una relación comercial y convenir la explotación de yacimientos de oro en los ríos Caquetá y Putumayo.

Lo que reposa en la providencia es que, entre Díaz y el presidente de la Asociación de Mineros (Asomicuap), “existió un acuerdo criminal” que vinculaba el medio ambiente y los recursos naturales. La finalidad era la explotación ilícita de minerales y lo que hizo el exgobernador fue facilitar esta practica en esa zona del país.


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“Trató, aunque infructuosamente, que la fuerza pública suspendiera el control de las actividades de exploración aurífera en los ríos Caquetá y Putumayo, pues les sugirió a los integrantes que cesaran los decomisos de combustible y de las balsas tipo draga usadas por los miembros de Asomicuap en la extracción del oro”, reposa en el documento que incluso menciona que Díaz trato de reunir a las autoridades locales para llegar a un acuerdo en el que se comprometieran a no perseguir a los miembros de la asociación.

De acuerdo con el análisis de la Corte, el exgobernador tenía pleno conocimiento que los miembros de la Asociación realizaban extracción ilícita de oro en los cauces de los ríos que recorren el departamento, de ahí que fuera consciente de la afectación al medio ambiente por la contaminación generada

Con estas conductas, el alto tribunal consideró que el exgobernador optó por abandonar su responsabilidad frente a la comunidad que lo eligió, y con conocimiento y voluntad de la ilicitud de sus actos, se alió con el presidente de la Asociación para brindarles protección, patrocinio, asegurar parte de sus réditos financieros, adquirir sus productos y lucrarse de su actividad.

En el proceso se demostró que, a pesar de su procedencia ilícita, el exmandatario le compró oro por lo menos en tres oportunidades al líder de esa organización –que se ocultaba bajo el ropaje de una asociación legalmente constituida–, e incluso, en representación del departamento, compró maquinaria para facilitarle la explotación aurífera, generando un detrimento.


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A juicio de la Sala Especial de Primera Instancia, “la actividad extractiva del oro era altamente nociva para el medio ambiente debido al tipo de maquinaria utilizada para el efecto (dragas de alta capacidad)”. Además, la relación entre Díaz Burbano y la cuestionada empresa “no fue sino la culminación de una serie de pactos a que se llegó cuando voluntariamente decidió integrarse a la organización criminal que le proveía de oro a cambio de brindarle apoyo económico, técnico y de interferencia a la labor de las autoridades encargadas del control y combate de la minería ilegal y contaminante con el medio ambiente”.

Por último, el alto tribunal aseguró que, con su proceder, Díaz afectó los bienes de la administración pública, impartir justicia de forma certera y eficaz, así como preservar los recursos naturales y el medio ambiente del departamento que lo eligió gobernador. De ahí que el cúmulo en su pena sea de nueve años y nueve meses de prisión. La Sala estimó también que debe pagar una multa de $27 millones de pesos y la detención en su contra no puede ser sustituida por prisión domiciliaria.


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