Declarado desierto el proceso de Licitación SED-LP-014-2020, para la contratación del Servicio de Alimentación Escolar PAE en el departamento del Putumayo.

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En la audiencia programada para hoy 22 de Febrero, que inició a las 10:00 am, el comité evaluador del proceso de licitación SED-LP-014-2020, dio a conocer el resumen del informe final de verificación de requisitos habilitantes , en el cual, de acuerdo al oficio de fecha 19 de febrero de 2021, RECHAZA LA PROPUESTA presentada por el proponente Corporación Renacer del Valle

Luego de presentada la propuesta por el proponente Corporación Renacer del Valle, se hicieron observaciones por parte de la Asociación de Educadores del Putumayo ASEP y la fundación Mujer, Niñez y Familia, en la que daban a conocer presuntas irregularidades de la propuesta presentada, entre ellas, la de la aceptación por parte del comité evaluador (anterior al cambio de gobernador encargado) de un contrato de Fianza como prenda de garantía de seriedad, a sabiendas que la normatividad de contratación nacional exige que sea una Póliza de Seguros.

El nuevo comité evaluador, entre los cuales se encuentran Carlos Hidalgo Patiño – Secretario (E) de Educación Departamental, Julio Byron Viveros Ch. – Secretario de Hacienda, y Jesús David Ureña – Jefe de Oficina de Contratación Departamental, solicitó 10 días adicionales para estudiar a fondo la evaluación realizada por el anterior comité evaluador y revisar nuevamente las observaciones presentada a la presentación de la propuesta.

Luego de este tiempo, el nuevo Comité Evaluador, de acuerdo al documento del 19 de febrero de 2021, da como resultado Rechazar la propuesta presentada por la Corporación Renacer del Valle.


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La causal principal de esta decisión, se toma con base en lo siguiente :


VERIFICACIÓN DE LOS REQUISITOS HABILITANTES

Una vez verificadas las observaciones presentadas en cuanto a fianza de seriedad de la oferta presentada por el proponente y las respuesta emitida por la Entidad, se evidencia que el proponente no cumplió con los solicitado en el pliego de condiciones en el numeral 4.1.6 GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA, en el que se establece:

GARANTÍAS ADMISIBLES


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El proponente deberá constituir a favor de la Gobernación del Departamento del Putumayo una garantía de seriedad bajo cualquiera de las formas permitidas por el artículo 2. 2. 1. 2. 3. 1. 1 del Decreto 1082 de 2015, a saber: (i) contrato de seguro contenido en una póliza, (íi) patrimonio autónomo, o (iíi) garantía bancaria. Las garantías deberán ser expedidas con estricta sujeción a los requerimientos previstos en el decreto 1082 de 2015 y lo dispuesto en el Pliego de condiciones.

Igualmente el numeral 6.1 GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA del pliego de condiciones definitivo establece:

(. ..) De presentarse incorrección en el nombre del beneficiario, tomador, vigencia, monto asegurado, no estar referida al presente concurso o no allegarse las condiciones generales, la Gobernación del Putumayo solicitará al proponente los documentos e información del caso, para lo cual el oferente cuenta con un plazo establecido para anexarlo. La no presentación de la garantía de seriedad de forma simultánea con la oferta será causal de rechazo de esta última.

Por lo anterior se configura una de las causales de rechazo establecidas en el capitulo VII del pliego de condiciones definitivo de la siguiente manera:

CAUSALES DE RECHAZO

Serán rechazadas las propuestas cuando por su contenido impidan la selección objetiva, especialmente en los siguientes casos:

  1. Cuando en el cargue de la propuesta no se incorpore la Póliza de Seriedad de la Oferta de conformidad con la Ley 1882 de 2018.

De acuerdo a la audiencia realizada esta mañana, la Corporación Renacer del Valle apelará la decisión tomada por el Comité Evaluador, para lo cual tiene 3 días hábiles.

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