Cuatro condiciones a tener en cuenta al momento de utilizar un casco de motocicleta

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Mocoa – Putumayo. La Policía Nacional a través de la Seccional de Transito y Transportes, pone en marcha para todo el departamento del Putumayo las nuevas medidas de la Resolución No. 23385 del 20 de noviembre del año 2020 emanadas por el Ministerio de Transporte sobre el uso adecuado del casco en motocicletas, motociclos, mototriciclos y cuatrimotos.

Este documento público empezó a regir desde el 23 de enero del presente año, con el cual se busca reducir las muertes y lesiones causadas en accidente de los usuarios de motocicletas.

Esta norma hace énfasis en cuatro (4) condiciones que indica el uso de los cascos:

1 La cabeza del conductor y acompañante tiene debe estar totalmente inmersa en el casco y el sistema de retención debe estar asegurado por debajo de la mandíbula inferior, sin correas rotas, ni broches partidos e incompletos.


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2 Los sistemas de retención no deben estar con correas rotas ni broches partidos, con el fin de evitar que en el desplazamiento tanto el conductor como el tripulante, al momento de un impacto en accidente de tránsito, evite la expulsión del casco protector y genere una lesión.

3 No se podrán llevar dispositivos móviles de comunicación o teléfonos que se interpongan entre la cabeza y el casco excepto si estos son utilizados con accesorios o equipos auxiliares que permitan tener las manos libres.

4 Finalmente, en el caso de cascos con cubierta facial inferior movible, ésta siempre deberá estar fija en la parte inferior del rostro y asegurada durante el tránsito, de tal manera que ofrezca protección a la cara del motociclista (conductor o acompañante).

Cabe resaltar que los conductores de motocicletas no tendrán que comprar cascos nuevos, pero si es recomendable hacer el cambio de manera inmediata cuando este se encuentre en mal estado o haya sufrido golpes que puedan poner en riesgo la vida e integridad física.


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En cuanto a las multas, para aquellas personas que incumplan estas nuevas reglas, la resolución indica que se impartirán sanciones económicas y se aplicarán las que ya se encuentran definidas por la ley.

Es decir, será de $460.845 lo equivalente a 15 salarios mínimos diarios legales mensuales vigentes, según el artículo 131 de la Ley 769 de 2002.

La resolución también indica que la no utilización del casco cuando corresponda, dará lugar a la inmovilización del vehículo.

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