Glifosato: Ordenan a la Anla suspender de nuevo audiencia pública

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Semana

El Juzgado Segundo Administrativo de Pasto señaló que las actuaciones hechas por la Policía Nacional para cumplir con el fallo de tutela no eran satisfactorias. Además, ordenó un proceso sancionatorio de desacato contra directivos de la Anla y el Ministerio del Interior.

La realización de la audiencia pública ambiental virtual, que había programado la Autoridad de Licencias Ambientales (Anla) para el próximo 1 de septiembre, volvió a quedar en veremos. 

El Juzgado Segundo Administrativo de Pasto ordenó a esa entidad suspender de manera inmediata el proceso que se venía cumpliendo en el marco de la modificación del Plan de Manejo Ambiental (PMA) del Programa de Erradicación de Cultivos Ilícitos mediante Aspersión Aérea con Glifosato (PECIG).


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Para el juez no son satisfactorias las actuaciones realizadas por la Policía, la Dirección Antinarcóticos de la Policía (Diran), los ministerios del Interior, Salud y Ambiente, así como el Consejo Nacional de Estupefacientes para acatar el fallo de una tutela que había sido interpuesta por las comunidades indígenas y campesinas del municipio de Policarpa (Nariño) y ratificado por el Tribunal Administrativo de Nariño en segunda instancia.

Estas actuaciones, para el juez, tampoco permiten garantizar la participación real y efectiva de las comunidades que se verán directamente afectadas con el regreso de la fumigación aérea con este herbicida. 

La fumigación aérea con glifosato se encuentra prohibida en Colombia desde 2015 por la Corte Constitucional. Foto: archivo/Semana.

El juzgado se refiere a las tres reuniones informativas previas que se adelantaron el pasado 11, 13 y 15 de agosto, las cuales fueron dividas en seis núcleos que cobijaban los 104 municipios, de 14 departamentos, que serán impactados. Al igual que las transmisiones del mismas que se efectuaron a través de cerca de 70 emisoras comunitarias, el Canal 13 y vía streaming por Facebook y YouTube, así como a las cartillas, los videos y el audiolibro que se creó con el fin de socializar el plan de manejo ambiental. 

Tampoco consideró suficiente el desarrollo de 11 espacios presenciales en igual número de municipios, de 10 departamentos, en recintos con un aforo máximo del 35 por ciento de su capacidad. 


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Para el juzgado es indispensable que se realicen las consultas previas con comunidades en los 104 municipios en donde se realizaría la aspersión aérea con glifosato, antes de efectuarse la audiencia pública, trámite que por la pandemia del coronavirus es imposible efectuar, pues muchos pueblos indígenas se encuentran aislados para prevenir el contagio.  

La Anla y la Policía Nacional ya habían realizado tres reuninones informativas previas a la audiencia pública que fue suspendia por cuenta de un fallo judicial. Foto: Anla. 

Adicionalmente, el juez ordenó un proceso sancionatorio de desacato contra el subdirector de Mecanismos de Participación Ciudadana de la Anla, el director de la Dirección de Antinarcóticos de la Policía Nacional y del director de la Autoridad Nacional de Consulta Previa del Ministerio del Interior por petición de los accionantes de responsabilizar a los funcionarios que no estaban cumpliendo con las órdenes judiciales. 

Y es que el Tribunal Administrativo de Nariño había ordenado el pasado 10 de julio suspender la audiencia pública virtual ante la falta de garantías de participación, pero la Anla decidió levantar la suspensión el 23 de julio por medio de un auto, ante la solicitud de la Policía de reactivar el proceso, aduciendo que contaba con todas las condiciones y logística requeridas para acatar el fallo del tribunal y la ley. 

La autoridad ambiental procedió entonces, «dando plena observancia a lo dispuesto en la providencia judicial de segunda instancia», a convocar, mediante un edicto del 24 de julio, nuevamente a la audiencia pública ambiental virtual. El documento fue firmado por el subdirector de Mecanismos de Participación Ciudadana Ambiental de la Anla.

De esta manera, el Gobierno nacional vuelve a encontrar otro reparo en su intención de retomar la aspersión aérea con glifosato como estrategia para erradicar los cultivos de uso ilícito. 

Lo dispuesto por el juzgado, de hecho, deja en entredicho lo mencionado hace algunos días por el ministro de Defensa, Carlos Holmes Trujillo, quien había asegurado que el regreso de las fumigaciones era inminente. 

 “Hay que decir con claridad, cumpliendo todos los requisitos establecidos por la Corte Constitucional, que la aspersión aérea hoy es más necesaria que nunca para continuar con la disminución de los cultivos ilícitos (…) Reiniciarla es absolutamente indispensable porque su reiniciación tendrá además un efecto positivo sobre este asunto de los homicidios colectivos”, dijo el jefe de esa cartera. 

La orden judicial deja constancia que aún falta un largo camino por recorrer para que el Gobierno pueda retomar las aspersiones


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