El salvavidas de la JEP al alcalde exfarc de Putumayo

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Fuente : LaSillaVacia

La Jurisdicción Especial para la Paz, JEP, le concedió la libertad condicionada al electo alcalde de Puerto Caicedo, Putumayo, el médico Edgardo Figueroa, que había sido condenado a once años de cárcel en 2016 por transportar 215 kilos de cocaína en una ambulancia.

Eso no solo le va a permitir posesionarse como alcalde desde el próximo 31 de diciembre, sino que le abre la puerta para obtener la amnistía que le negó la justicia ordinaria, que ha dicho que Figueroa nunca demostró que pertenecía a las Farc ni que la droga que llevaba era de esa guerrilla.

Esa decisión, tomada por la Sección de Apelación de la JEP y en contravía de lo que ya había dicho otra sala de esa justicia transicional, muestra el choque de visiones dentro de la JEP y abre una discusión sobre los beneficios que pueden tener sus comparecientes.


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El alcalde ex Farc

Como contamos, el médico Figueroa pudo ser candidato en estas elecciones porque cuando se firmó el Acuerdo de La Habana, logró que las Farc lo incluyeran en los listados de desmovilizados que avaló la Oficina del Alto Comisionado.

“(…) como yo era colaborador del Frente 32, me puse en contacto con ellos (las Farc) y me colaboraron, me anotaron en sus listados y me reconocieron”, nos dijo Figueroa.

Lo nombraron como uno de los 709 “gestores de paz” que salieron de la cárcel a hacer pedagogía del Acuerdo. Lo mandaron al espacio territorial de La Carmelita, en Puerto Asís, Putumayo.

Eso significó la suspensión temporal de la condena y de las inhabilidades que tenía para hacer política, mientras la JEP definía si podía juzgarlo como exguerrillero o debía devolver su expediente a la justicia ordinaria.


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Pero esa condición quedó en el limbo desde agosto de 2018, cuando se acabó la figura de los gestores de paz.

En mayo de este año, cuando Figueroa ya había lanzado su candidatura a la Alcaldía con el aval de la ASI y el apoyo del cuestionado candidato a la Gobernación, Buanerges Rosero, la Sala de Amnistía e Indulto de la JEP dijo que su caso no podía ser aceptado porque a pesar de que había sido acreditado como exguerrillero en los listados de las Farc, los delitos por los que fue condenado no tenían relación con el conflicto.

“No encuentra ningún elemento que le permita inferir siquiera de manera razonable que las conductas de concierto para delinquir agravado y fabricación, tráfico y porte de estupefacientes por los cuales se condenó al señor Figueroa Ramirez hayan sido cometidos en condición de integrante de la extinta organización Farc EP, y bajo alguna relación con el conflicto armado interno”, dijo esa Sala.

Por eso, ordenó regresar el caso al juzgado de San Gil, Santander, que lo había condenado para que lo requiriera de nuevo, y abrió la puerta para determinar si Figueroa era un ‘colado’ en busca de beneficios jurídicos.

Lo que de comprobarse lo dejaría sin la Alcaldía porque debía cumplir la condena pendiente.

Pero Figueroa apeló y la misma JEP le dio la razón hace unos días.

La nota de El Tiempo

El 13 de noviembre la Sección de Apelación de la JEP, le otorgó la libertad condicionada a Figueroa.

Primero dijo que la conducta de narcotráfico sí tenía que ver con el conflicto porque fue de esa manera como la guerrilla pudo financiar su funcionamiento durante décadas.

Luego, señaló que el Médico sí tenía vínculos con las Farc porque cuando lo capturaron la Policía dijo que la droga que él llevaba pertenecería a los frentes 32 y 48 que operaban en Putumayo. Aunque de eso no quedó constancia en la condena del juzgado de Santander.

Y para argumentarlo citó un artículo publicado el 14 de julio por el periódico El Tiempo en el que el entonces director de la Policía, el general Rodolfo Palomino, habla del operativo en el que cayó Figueroa.

“Dicho artículo constituye un medio de prueba que acredita no solo el registro periodístico de la noticia, sino el que, para el representante de la Policía Nacional, la conducta por la cual fue capturado el interesado sí tendría relación con la actividad de las Farc-Ep, afirmación que, en principio, debía tener como soporte la información conocida por el funcionario, de no ser así, en todo caso estaba siendo utilizada como una forma de obtener réditos en la lucha antiguerrillera”, dice el auto.

La Sección de Apelación también dijo que estaba comprobado que la droga que llevaba Figueroa salió de Puerto Asís, Putumayo, una zona donde la Farc “ejercían una fuerte influencia”.

Con base en eso, revocó la decisión de primera instancia, y le dio el beneficio de la libertad condicionada, que implica que debe informar todo cambio de residencia, que no puede salir del país sin previa autorización de la JEP y que debe comprometerse a no reincidir y a participar en los programas de contribución a la reparación a las víctimas.

Con esto, Figueroa arranca la alcaldía con un lío menos, aunque seguirá en la mira de la JEP


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