Por las calles libres de jíbaros y ollas

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La prevención y la lucha contra las redes de venta de droga, la esencia del decreto firmado por el Presidente*

LA POLICIA NACIONAL sigue dando cumplimiento al Código Nacional de Policía y Convivencia, con el propósito de seguir atacando de manera frontal a los expendedores de droga y así evitar que niños y jóvenes sigan cayendo en las redes de microtráfico, que pretenden apoderarse de vecindarios y alrededores de colegios y universidades.

BOGOTÁ D.C. Con el propósito de seguir combatiendo y afectando las redes de distribución de droga en las calles del país, la Policía Nacional de todos los colombianos continúa dando cumplimiento a lo contemplado en la Ley 1801 de 2016 (Código Nacional de Policía y Convivencia) y, en adelante, a lo estipulado en el decreto reglamentario firmado ayer por el presidente de la República, Iván Duque Márquez, el cual pretende continuar evitando que los jíbaros se camuflen en la dosis mínima para inducir a los niños y los jóvenes al consumo de sustancias prohibidas.

La Institución cuenta ahora con nuevas herramientas que permiten precisar los protocolos de actuación policial para el control y la destrucción de la dosis mínima de sustancias psicoactivas portadas o consumidas en el espacio público.


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Lo anterior quiere decir que la Policía Nacional, con base en la normatividad existente, no busca perseguir a los consumidores de droga en espacios privados, sino a aquellos miembros de redes criminales que se lucran de la venta de droga en los vecindarios de Colombia y los alrededores de colegios y universidades.

La prevención es justamente uno de los tres ejes del plan de choque 100 días ‘El que la hace la paga’, Seguridad con legalidad, ordenado por el Primer Mandatario.

Por ello, desde la entrada en vigencia del Código de Convivencia, los integrantes de la Institución, amparados en el Artículo 140, numerales 7 y 8, han tenido la facultad para incautar y ordenar la destrucción de sustancias prohibidas en el espacio público que no excedan la dosis mínima y que estén siendo portadas o consumidas; sin que las personas involucradas se vean inmersas en un proceso penal, escenario que aplica exclusivamente para aquellos que lleven consigo cantidades superiores y que, por ende, deben ser puestas a disposición de la Fiscalía General de la Nación.

En el primero de los casos, es decir el referente al porte o consumo de cantidades iguales o inferiores a la dosis mínima, los uniformados pueden imponer una orden de comparendo por la violación al comportamiento contrario a la convivencia señalando multa tipo 2 (8 salarios mínimos diarios legales vigentes, que equivalen a más de 208.000 pesos) y, posteriormente, deben hacer la correspondiente incautación, tras agotar el proceso verbal inmediato.


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Los elementos incautados serán puestos a disposición del comandante de estación de la jurisdicción, quien procederá a su destrucción según el procedimiento establecido.

En caso de presentarse un recurso de apelación, la destrucción del bien procederá, siempre y cuando sea confirmada la medida correctiva por parte del inspector de policía que conozca la situación concreta. De lo contrario, se realizará la devolución del bien a su propietario o legítimo tenedor.

Con esta medida, la Policía Nacional sigue dando cumplimiento a la orden presidencial de incrementar los controles al consumo y tenencia de sustancias prohibidas en las calles, con el propósito central de proteger de este flagelo principalmente a niños, niñas y adolescentes.

Lucha contra el narcotráfico

Justamente, en el marco de la lucha contra el narcotráfico, la Institución ha incautado desde el pasado 7 de agosto más de 59 toneladas de droga, de las cuales 29,2 correspondieron a marihuana; 28,5 a cocaína; 1,6 a base de cocaína; 0,13 a bazuco y 0,05 a heroína.

Así mismo, se confiscaron más de 5.800 unidades de pastillas, se efectuaron 836 allanamientos, se incautaron 234 millones de pesos y se capturaron 9.701 personas: 8.200 en flagrancia, 934 por orden judicial y 567 aprehensiones.

En ese mismo lapso se efectuaron 226 planes complementarios, que consistieron en 118 intervenciones a entornos educativos, 73 ocupaciones y 35 demoliciones.

Por otra parte, en los primeros nueve meses del año se decomisaron 373 toneladas de estupefacientes y fueron capturadas más de 52.300 personas.

Código de Policía

En cumplimiento al Código Nacional de Policía y Convivencia, la Institución efectuó desde el pasado 7 de agosto 56.808 órdenes de comparendo por comportamientos contrarios a la convivencia.

Además, incautó media tonelada de sustancias psicoactivas, realizó 56.693 destrucciones de estupefacientes y se aplicaron 56.758 multas, mientras que se adelantaron 42.379 participaciones en programas comunitarios o actividades pedagógicas.

Entre enero y septiembre, el Código permitió la aplicación de 237.770 órdenes de comparendo, la incautación de más de media tonelada de estupefacientes, la destrucción de droga en más de 236.000 ocasiones y la realización de cerca de 178.000 participaciones ciudadanas en programas comunitarios.

Finalmente, el decreto reglamentario firmado por el presidente Iván Duque Márquez también permite a las asambleas, concejos y alcaldes adoptar las medidas que estimen convenientes para prohibir sustancias, cuyo consumo genere comportamientos contrarios a la convivencia.

La Policía Nacional, en el marco de una democracia segura, reitera que está disponible la Línea 167 Antidrogas ‘Todos contra el narcotráfico’, en la que la participación ciudadana es clave para reportar la presencia de jíbaros u ‘ollas’ en barrios y comunidades y cualquier actividad relacionada con el tráfico de drogas ilícitas.

Igualmente, la Institución invita a la comunidad a que participe en la Red de Participación Cívica para denunciar este flagelo.


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