Desastres : Predecibles y evitables

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Foto : Archivo

«Lo que sucedió en Mocoa era imposible de predecir», Sorrel Aroca. Manifestación de la gobernadora, producto de su ignorancia, irresponsabilidad e inoperancia.

Por : IRMA CAMACHO

Un desastre, es un componente de la dinámica social, se presenta bajo ciertas condiciones necesarias para su concreción y características que lo definen; es un producto de procesos sociales, políticos, económicos, histórica y territorialmente circunscritos y conformados. Es predecible, si se identifican las amenazas y los niveles de vulnerabilidad y es evitable, si se toman decisiones políticas oportunas y apropiadas para prevenir o mitigar los daños. La vulnerabilidad puede ser alta, media o baja y según el tipo, localizacional, población en zonas de riesgo; política, posturas de ingobernabilidad como inoperancia ante la gestión del riego o Planes de Desarrollo que no se fundamentan en el PBOT de su territorio; institucional, dominio de criterios personalistas o desarticulación interinstitucional que no priorizan conjuntamente los problemas ambientales y su intervención puntual; ecológica, poca o ninguna importancia a los factores protectores o de riesgo ambientales; educativa, no se informa sobre el equilibrio o desequilibrio ambiental; técnica, inadecuadas construcciones en zonas de riesgo.

El abordaje epidemiológico del desastre, requiere establecer previamente:


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a) la amenaza: ocurrencia durante un periodo de tiempo determinado, en un espacio definido y

b) el nivel de vulnerabilidad, condición que determina el daño, se mide en términos de consecuencias potenciales, cantidad o cualidad de consecuencias, morbilidad o mortalidad (personas que previsiblemente pueden ser afectadas).

El riesgo, entendido éste, como la probabilidad de sufrir daños sociales, ambientales y económicos, en un lugar dado, en un tiempo de exposición determinado, es el resultado de una o varias amenazas y del grado de vulnerabilidad. Exige gestionarlo.

El Consejo Departamental para la Gestión de Riesgo, hace parte del Sistema Nacional para la Gestión de Riesgo, responde por las emergencias del departamento y por gestionar el riesgo, integrando esfuerzos y recursos para prevenir desastres o mitigar sus daños; la Ley 1523/12, entre los Principios, establece el de Protección: los ciudadanos deben ser protegidos por las autoridades en su vida e integridad física y mental, en sus bienes y en sus derechos colectivos a la seguridad, la tranquilidad y la salubridad pública y a gozar de un ambiente sano, frente a posibles desastres o fenómenos peligrosos que amenacen o infieran daño.


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Para el caso específico de Mocoa, municipio del piedemonte amazónico con influencia del macizo colombiano:

a) en 2016, el SGRN y el IDEAM, informaron que 18 gobernaciones del país no cumplían con planes de contingencias y con la creación de oficinas para la atención de desastres, entre ellas, Putumayo, en la misma situación estaban 11 capitales departamentales que no contaban con sus oficinas para la gestión del riesgo, entre ellas Mocoa;

b) con características hidrometereológicas y geomorfológicas particulares: ríos Mocoa, Sangoyaco y Mulato y sus afluentes quebradas Taruca, Conejo, torrenciales, con cuencas deforestadas, sin zonas de regulación de aguas, que cruzan gran parte de la zona urbana; alta pluviosidad anual con un volumen superior al promedio mensual en los meses de abril a junio (invierno ecológico) con crecimiento de ríos, patronamiento con algunas variaciones; suelos con rocas sedimentarias de fácil remoción de masa y transporte, especialmente en presencia de altas precipitaciones, factores que generan avenidas torrenciales, inundaciones, avalanchas, desprendimiento de materiales, representando amenazas súbitas, predecibles y cíclicas;

c) asentamientos en la cuenca de los ríos señalados, sin ninguna planificación, ausencia de un censo que manifieste el número de viviendas, condiciones de la vivienda y número de familias en riesgo;

d) un PBOT sin actualizar, que informa sobre amenazas y riesgos;

e) en diciembre de 2014, se realiza un convenio interadministrativo (Gobernación – Corpoamazonía), con el objeto de mitigar los riesgos por inundaciones de las quebradas Taruca y Conejo; en julio de 2015, apenas se ordena cancelar la reserva presupuestal para apoyar este convenio y en el primer semestre de 2016 se ejecuta el contrato de Consultoría relacionado con el  convenio, estudio que se llamó “Apoyo a la mitigación de riesgos mediante la realización de estudios de amenaza de inundación con referencia a una máxima avenida de las quebradas Taruca y Conejo”; sus resultados se entregaron  a la gobernación en agosto del mismo año, el estudio evaluó los niveles de vulnerabilidad en función de la predisposición o susceptibilidad de la infraestructura física y social, con relación a las amenazas y se identificó el riesgo, estudio que no se tomó en cuenta y no se le dio importancia;

f) en el marco de la Ordenanza No.742 del 28 de Noviembre/16 y Decreto 390, se destinan recursos para proyectos ambientales sin ninguna planificación para mitigar el riego y se dejó de lado el estudio de la Consultoría;

g) desarticulación interinstitucional Gobernación – Alcaldía – Corpoamazonía, en consecuencia inadecuada laneación de proyectos y recursos para la gestión del riego. La sumatoria de estas condiciones interactuantes, histórica y territorialmente circunscritas, explica el nefasto desastre del 1 de abril de 2017, predecible y evitable.

El gobierno departamental, no puede impedir que ocurran fenómenos naturales, lo que sí puede y debe hacer, es tomar medidas de mitigación y prevención, con suficiente antelación, para reducir la amenaza, la exposición y disminuir la vulnerabilidad de las personas, los medios de subsistencia, los bienes, la infraestructura y los recursos ambientales, y así, evitar o minimizar los daños.

*IRMA CAMACHO M.D. U. del Rosario
Especialista: Desarrollo Regional. U. de los Andes
Epidemiología. U del Rosario.
irmacte@hotmail.com


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