Millonarias multas para quienes no reciclen aparatos electrónicos

Publimayo

La responsabilidad es de todos. Así lo prevé la Ley 1672 de 2013 y seguramente el decreto que la reglamentará,el cual busca organizar la recolección y el manejo de uno de los residuos que más está contaminando el ambiente y que a futuro,muy próximo, si no se hace algo será la cúspide de la polución de Colombia y el mundo y un riesgo para grave la salud.

Desde el consumidor, con un cambio cultural, hasta quienes importan y comercializan tienen obligaciones y sanciones frente a esta problemática. EcoCómputo, experto en la gestión integral de los residuos de aparatos eléctricos y electrónicos (RAEE), en especial de computadores en desuso, le explica cuales son.

Edgar Erazo, Director Ejecutivo de EcoCómputoexpone que de acuerdo con la norma las empresas colombianas que importan, comercializan y usan estos aparatos están obligadas a gestionar su reciclaje y a brindarle al consumidor los espacios para la recolección de los aparatos que ya no usen.


Publimayo

Es decir que, por un lado, grandes superficies, distribuidores, tiendas especializadas, importadores directos, entre otros, están obligados a prevenir el potencial daño causado por el mal manejo de los residuos, habilitando espacios de recolección en sus áreas, dando información a sus clientes sobre cómo reciclar o diseñando estrategias para la devolución y recolección y entregando la basura electrónica a los especialistas.  “El diseño y la implementación de las estrategias dirigidas a los usuarios o consumidores de sus productos para lograr la eficiencia en la devolución y recolección de los RAEE, así como las campañas informativas y de sensibilización sobre la retoma y gestión adecuada de los RAEE, deberán ser coordinadas con la cadena de comercialización de los AEE” (Ley 1672 de 2013).

Así mismo, aclara Edgar Erazo, la ley exige también a las empresas que utilizan en sus instalaciones ya sea por compra o por leasing los RAEE disponer adecuadamente de estos  residuos.

La multa por incumplimiento a la norma ambiental puede llegar hasta 5.000 SMLMV, según lo que plantea el Código Sancionatorio Ambiental, Ley 1333 de 2009.La multa depende de la gravedad del daño, explica Ecocomputo. Por ejemplo una empresa que no tuvo un Sistema de recolección selectivo por un año, la multaron con $182 millones.

Y es que desde la casa, las personas naturales pueden exigir a los comerciantes facilidades para devolver un aparato que ya no esté en uso. Es una ley que no tiene frontera, por lo cual el Gobierno mismo es el encargado de vigilar su cumplimiento y sancionar a quienes no estén ayudando al planeta, “el artículo 6° de la ley 1672 de 2013 establece una serie de obligaciones para el Gobierno Nacional, el productor, el comercializador, el usuario o consumidor y el gestor frente a la gestión de los RAEE y se hace necesario precisar el alcance de dichas obligaciones y responsabilidades” (Decreto ley 1672 de 2013).


Publimayo

Pero además la Superintendencia de Industria y Comercio pueda también sancionar legalmente en virtud de sus competencias para la defensa del consumidor en caso de que éste no encuentre información y espacios adecuados de recolección en los lugares dónde adquiere estos aparatos.

Por lo tanto para evitar que este mal manejo de basuras le afecte seriamente el balance es clave asesorarse con expertos en el tema como EcoCómputo, quienes ya llevan trabajándolo desde el 2012, mediante el sistema de recolección selectiva y gestión ambiental de residuos de computadores y/o periféricos..

 


Publimayo

Deja un comentario