“Tenemos dificultades de tiempo en la agenda de la JEP”: ministro del Interior

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Por : Cecilia Orozco Tascón

Guillermo Rivera, habla sobre la prisa que requiere la actividad legislativa para poder desarrollar, a partir de esta semana, los proyectos de ley del Acuerdo de Paz entre estos, su eje judicial: el marco normativo en que se desenvolverá la justicia transicional. Se refiere a la oposición abierta o soterrada que enfrenta el Gobierno, también, para debatir la reforma política en medio de los intereses personalistas electorales de 2018.

“En teoría, nos queda el resto de año para aprobarlo, pero, en la práctica, tenemos que sacarlo adelante en las próximas semanas”: Rivera. / Mauricio Alvarado

En los círculos políticos se dice que la aprobación del proyecto de ley que reglamenta el marco jurídico de la JEP, o sea, la manera en que los magistrados operarán dentro de ésta, tendrá muchas dificultades en el Congreso. ¿Cierto o falso?

Seguramente surgirán observaciones frente a temas puntuales, lo cual es normal en un proyecto de esta naturaleza. Pero tengo la seguridad de que los partidos se encuentran comprometidos con la implementación de este, uno de los ejes centrales del Acuerdo. Creo que existe consenso frente a la necesidad de que sea aprobado lo más pronto posible, dada la necesidad de satisfacer los derechos de las víctimas que, a su vez, son el centro del proceso.

Con todo respeto, me parece que usted está siendo muy optimista. La respuesta de hace unas horas, de Rodrigo Lara, presidente de la Cámara, a su carta sobre las prioridades legislativas en este período, es áspera y da la impresión de confrontación, no de apoyo.


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Él ha expresado sus reservas frente a la reforma política (otro compromiso del Acuerdo de Paz), pero siempre ha apoyado la JEP. Espero que sea coherente con lo que ha dicho.

¿Respecto de qué?

Respecto del proyecto de ley estatutaria para la Justicia Especial de Paz, con el que está comprometido, según ha insistido.

Hagamos un paréntesis sobre la reforma política que es otro punto de discordia con el presidente de la Cámara. En la carta que le envió a usted menciona, con desprecio, la “Ley Cristo”, refiriéndose a esa reforma. Alude al directo rival, en la campaña presidencial, del candidato de Lara, Germán Vargas Lleras. ¿Quedó atrapado el debate de los proyectos del Acuerdo de Paz en un ambiente político de confrontación?


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Lo que sospecho es que al doctor Lara le preocupa que, en la Cámara, ha venido creciendo la favorabilidad en torno a la aplicación inmediata de las listas cerradas como método para que los ciudadanos elijan a los congresistas el año entrante. Y para oponerse a ella, se ha inventado una tesis sin asidero en la realidad, que apunta a hacer creer que la reforma política favorecería a un candidato en particular.

Pero si miramos las cosas del otro lado, Lara u otro congresista de Cambio Radical podría decir que usted intenta ayudarle al exministro Cristo, de su partido y con quien usted trabajó.

No olvido que en mi condición de servidor público no puedo intervenir en política electoral y, con mayor razón, en el cargo de ministro del Interior.

¿Cree que el presidente de la Cámara está siguiendo instrucciones de Vargas Lleras en vista de que las listas abiertas, en lugar de las cerradas, favorecería a quienes aspiran a ser congresistas de Cambio, en 2018?

Esa es una muy buena pregunta para el doctor Rodrigo Lara.

¿Todos los parlamentarios de Cambio Radical piensan lo mismo?

He hablado con varios representantes y senadores de ese partido. Me han expresado su deseo de votar favorablemente la lista cerrada, con vigencia inmediata. El Gobierno ha venido defendiendo la tesis de que esa figura debe aplicarse a partir del año 2022 para garantizar que la conformación de las listas sea el resultado de un procedimiento democrático. No obstante la posición del Gobierno, podría ocurrir que se apruebe la lista cerrada con vigencia inmediata porque, en materia electoral, cada congresista termina votando conforme a su realidad política presente.

Volvamos al punto central de la entrevista. ¿Por qué se atrasó la discusión del marco normativo de la JEP? Es un hecho que están sobre el tiempo…

De manera inexplicable, el doctor Lara se tomó varias semanas para enviar el texto del proyecto de la JEP y de circunscripciones de paz a la Comisión Primera de esa corporación. Por su actitud dilatoria, tenemos dificultades de tiempo en la agenda normativa.

El presidente de la Cámara sostiene que quien demoró la presentación de los proyectos de paz fue usted.

No, le reitero que el responsable de que se haya demorado en iniciar la discusión en Cámara es el representante Lara debido a que tuvo el proyecto de la JEP durante casi todo el mes de agosto, engavetado en su despacho. Si él hubiera actuado con prontitud, ya habríamos agotado el debate conjunto en las Comisiones Primeras. Como usted sabe, cuando un proyecto es radicado, el presidente de cada una de la Cámaras lo envía a la Comisión competente para dar el primer debate. Ese es un trámite meramente formal y no requiere más de dos días. En este caso, el doctor Lara se tomó, como dije, casi todo el mes de agosto para hacerlo.

¿Cuántas semanas hay para aprobar el proyecto en el Congreso y qué harán, entre tanto, los magistrados de ese sistema especial si se completa su elección sin ley que reglamente sus competencias y funcionamiento?

En teoría, nos queda el resto de año para discutirlo y aprobarlo, pero, en la práctica, tenemos que sacarlo adelante en las próximas semanas porque, después de aprobado, los magistrados de la JEP tendrán que trabajar en la elaboración de otro proyecto de ley que definirá los procedimientos de las diferentes salas de esta jurisdicción, los recursos que serán susceptibles de presentar por los sujetos procesales, la forma en que podrán intervenir las víctimas y los tiempos de cada una de las etapas de la investigación y el juzgamiento.

Continuando con Cambio Radical, sus parlamentarios han insistido en que la JEP no los convence con respecto a la suerte que correrían los “terceros” involucrados en el conflicto. ¿Cómo se ha resuelto esa diferencia?

Nuestro equipo asesor ha sostenido varias reuniones con voceros de Cambio Radical para ocuparse de sus observaciones sobre tratamiento de terceros. Por regla general, los terceros pueden optar por someterse a la JEP o quedarse en la justicia ordinaria. Los que obligatoriamente deben comparecer ante la JEP, son los terceros que hubiesen tenido una participación determinante en la comisión de los delitos que están tipificados en el Estatuto de Roma. Como usted podrá concluir, se trata de unos precisos delitos en cuya comisión la conducta de los terceros hubiese sido determinante. Por lo tanto, el ámbito de obligatoriedad de comparecencia está perfectamente delimitado y no hay lugar a pensar en esa supuesta cacería de brujas contra los empresarios que han pretendido hacer ver algunos críticos del Acuerdo de Paz.

De otro lado, también se comenta que el fiscal general se opone a la ley estatutaria de la JEP. ¿Qué tanto está varado el proyecto por las objeciones del doctor Martínez?

El fiscal general forma parte de la cúpula de la Rama Judicial y tiene la competencia del ejercicio de la acción penal. Significa que tiene el derecho de hacer observaciones sobre el contenido de este proyecto. Sus opiniones han sido recibidas con respeto por nosotros y le hemos dedicado mucho tiempo a trabajar sobre ellas procurando, en el marco de la Constitución y del Acuerdo de Paz, lograr un consenso.

Entiendo que quiera soslayar una confrontación directa con el fiscal.

Soy de quienes creen en el principio de colaboración armónica de los poderes públicos y, con mayor razón, tratándose de un tema de Estado como el modelo de justicia transicional para la construcción de una paz estable y duradera.

Se sabe que uno de los temas que más tienen entre ceja y ceja los jueces de la justicia ordinaria es el de la competencia del sistema de justicia especial. ¿Cuál es el problema? ¿Existe temor de que la una quede vaciada por la otra?

Desde cuando se tramitó el Acto Legislativo en que se aprobó la JEP el semestre anterior, hemos estado discutiendo con el fiscal las competencias de la justicia ordinaria y de la especial, en particular respecto de los disidentes de las Farc, los reincidentes y lo que él llama desertores del proceso de paz. No hay lugar a pensar en un vaciamiento de la justicia ordinaria, porque desde el momento en que se aprobó la reforma constitucional quedó absolutamente claro que la competencia de la JEP sería -desde el punto de vista material- sobre aquellos hechos que hubieren ocurrido como consecuencia directa o indirecta del conflicto o con ocasión de este, hasta el 1° de diciembre de 2016. Y desde el punto de vista personal, sobre la conducta de quienes hubieran pertenecido a las Farc, los agentes del Estado que hayan participado del conflicto y los terceros que se hubieren involucrado de manera determinante en la comisión de conductas tipificadas en el derecho penal internacional (Estatuto de Roma).

Aquí volvemos al problema de si la JEP tiene competencia sobre los terceros involucrados: empresarios, ganaderos, agricultores, etc.

Subrayo que no todos los terceros que hubieren participado en el conflicto tendrán que ir a la JEP. Y reitero que los que están obligados a hacerlo son, únicamente, quienes hubieren sido determinantes en la comisión de conductas como el desplazamiento forzado, el genocidio, el reclutamiento de menores, la violencia sexual y los crímenes de lesa humanidad. Aclaro este aspecto porque, desde algunos sectores políticos de oposición, se ha vendido la idea, a los empresarios, de que la JEP se estableció para perseguirlos, lo cual es absolutamente falso. Los terceros que no hubieren participado de manera determinante en la comisión de conductas tipificadas en el Estatuto de Roma, pero hubieren cometido conductas delictivas con ocasión del conflicto, podrán optar por comparecer ante la JEP o por acudir a la justicia ordinaria.

Preocupa, de otro lado, la suerte que tendrán los desertores, los reincidentes y los disidentes de las Farc. ¿Quiénes la definirán: los jueces ordinarios o los de la JEP?

En cuanto a esas “categorías” se podría señalar: 1. Las Farc ya no son un grupo armado; luego, no se puede hablar de desertores de las Farc. Se podría señalar a los desertores del proceso de paz refiriéndonos a aquellos que, habiendo dejado las armas y luego de terminado dicho proceso tomaren la decisión de levantarse nuevamente en armas contra el Estado. Sobre ellos, la competencia es de la justicia ordinaria. 2. Los disidentes son aquellos que se mantuvieron alzados en armas y no se vincularon al proceso de paz. En consecuencia, la competente para investigarlos y sancionarlos, incluidos los delitos anteriores al 1° de diciembre de 2016, es la justicia ordinaria. 3. Quienes no se alcen en armas nuevamente contra el Estado y hayan decidido someterse al proceso de paz, y después del 1° de diciembre de 2016 cometen un nuevo delito que no esté asociado con el proceso de dejación de armas, adquieren la categoría genérica de reincidentes. En este caso, también la competente es la justicia ordinaria y, además, en cada caso, la JEP evaluará si ese nuevo delito constituye o no un incumplimiento de las condiciones del sistema; si se concluye que sí, puede ocurrir que el reincidente termine siendo sancionado por la justicia ordinaria y también por la JEP. Para que no haya lugar a dudas, si un exintegrante de las Farc tomare la decisión posterior de vincularse a una organización criminal, por ese nuevo delito deberá ser perseguido y judicializado por la Fiscalía General de la Nación como un delincuente común.

Otro tema central en la normatividad de la JEP es el tipo y alcance de la participación de las víctimas en los procesos que se adelantarán en esa jurisdicción. ¿Cómo será y qué tanta actividad podrán desarrollar ellas?

Las víctimas son el centro del Acuerdo y sus derechos serán siempre garantizados. En el proyecto que está en discusión, 23 artículos tienen menciones a derechos que pueden ejercer las víctimas.

Se sabe que las víctimas quieren tener incidencia activa y directa en el desarrollo de los procesos judiciales. ¿Lo van a lograr o terminará primando la teoría de que ellas deben tener una participación limitada?

Como explique atrás, será la ley de procedimiento la que definirá la forma y los momentos en que podrán participar las víctimas ante la JEP.

La justicia transicional, ¿tiene estándar internacional?

Respecto del proyecto de ley estatutaria de la JEP, persiste la preocupación por la “responsabilidad de mando” en los crímenes de guerra tanto de militares como de guerrilleros de alta jerarquía. ¿Se sancionará o no?

La responsabilidad de mando de los militares fue incluida en la reforma constitucional. Y la de las Farc se incluyó en este proyecto de ley en los siguientes términos: “La responsabilidad del mando por la conducta de sus subordinados deberá fundarse en el control efectivo de la respectiva conducta, en el conocimiento basado en la información a su disposición antes, durante y después de la realización de la respectiva conducta, así como en los medios a su alcance para prevenirla y de haber ocurrido, adoptar las decisiones correspondientes”. Este esquema se adecua al estándar internacional.

¿También se adecua a ese estándar lo que preocupa a la fiscal Bensouda, de la Corte Penal Internacional, por el castigo para los responsables de los falsos positivos?

No participé en ninguna de las reuniones que sostuvo en Colombia la fiscal de la Corte Penal Internacional. En todo caso, el conjunto de iniciativas de implementación del Acuerdo fue diseñado teniendo en cuenta los estándares internacionales en materia de justicia transicional.

Cirugías estéticas antes que reforma política

El enfrentamiento entre el ministro del Interior, Guillermo Rivera, y Rodrigo Lara, presidente de la Cámara, de Cambio Radical y uno de los segundos de Germán Vargas, viene de atrás y refleja intereses electorales. También es indicativo de la frialdad del exvicepresidente y de sus congresistas con el Gobierno del que se beneficiaron durante siete años. Las cartas que se cruzaron el ministro Rivera y Lara esta semana son reveladoras: el ministro le pidió al presidente de la corporación que incluya en el orden del día del martes próximo la discusión sobre la reforma política a que se comprometió la administración Santos en el Acuerdo de Paz, debido al trámite preferencial que tiene. Lara le contestó “amablemente”, pero, en realidad, con cajas destempladas. Dijo que no creía que el ministro quisiera “afectar la independencia de los poderes”. Y señaló que los esfuerzos de Rivera parecen dirigirse a la que “en los corredores del Congreso se conoce como la ley Cristo”. Añadió que la prioridad de la Cámara reside en el proyecto de ley estatutaria de la JEP, a pesar de que lo retuvo en su despacho un mes, según el ministro, e incluyó, burlonamente, “otros temas sensibles” antes de la reforma política, como “el control a los abusos en las operaciones quirúrgicas estéticas”.

Fuente : ElEspectador


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