Boletin 901 – PGN. Mediante fallo de primera instancia, Procuraduría General de la Nación destituyó a la actual gobernadora del Putumayo, en su calidad de presidenta de la Asamblea de ese departamento en el año 2014

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Boletín 901 Fuente: PGN
Fecha Publicación: jueves, 17 noviembre 2016 03:35 PM

La Procuraduría General de la Nación, en decisión de primera instancia, destituyó e inhabilitó para el ejercicio de cargos y funciones públicas por el término de 11 años a la señora Sorrel Parisa Aroca Rodríguez, quien en su calidad de presidenta de la Asamblea del Putumayo obtuvo una póliza de seguro de vida grupo para los 11 diputados de esa corporación en julio de 2014, cuando se encontraba vigente otra póliza adquirida por ella misma en el mes de enero de ese año.

La investigación permitió establecer que la sancionada inició un proceso de selección para la consecución de una póliza de seguro de vida grupo para los 11 diputados de la Asamblea Departamental del Putumayo con vigencia entre el 25 de julio de 2014 y el 25 de julio de 2015, pese a que se encontraba vigente otra póliza adquirida por ella misma en el mes de enero de ese año, que cubría toda la vigencia 2014. En consecuencia, el periodo de tiempo ya señalado quedó doblemente amparado.
Señala el Ministerio Público que en los documentos allegados no se justifica debidamente la necesidad de esta contratación, es decir no se hacen explicitas las razones que justificaran la necesidad de adquirir una nueva póliza o de ampliar la cobertura de la que se encontraba vigente.
En ese sentido, la Procuraduría encontró que no existió un verdadero estudio de conveniencia y oportunidad, como tampoco un estudio de mercado para determinar el valor aproximado de la contratación.
Se suma a lo anterior el hecho de que la señora Aroca Rodríguez no obtuvo la autorización para adelantar el citado proceso contractual por parte del Comisión de Administración, ni de la Mesa Directiva de la Asamblea.
Las pruebas recaudadas permitieron acreditar que el contrato se suscribió por el valor del saldo presupuestal que quedaba en el rubro de pólizas y seguros para el año 2014, que era de $20.878.000, “Sin embargo, luego se estableció que el valor de la póliza adquirida no era realmente ese, sino $10.878.000, por lo que se generó un detrimento patrimonial de $10.000.000, que hasta la presente no ha recuperado la Asamblea”.
Se advierte además que en la expedición de la segunda póliza adquirida se presentó una falsedad, pues ésta fue expedida por la compañía aseguradora por un valor real de $10.878.000 y se presentó ante la Asamblea una copia adulterada, por valor de $20.878.000, que fue aprobada y pagada por la disciplinada.
Posteriormente, la aseguradora hizo una aparente devolución, por valor de $10.000.000, girando un cheque que fue cobrado por la intermediaria de seguros, hechos que son objeto de investigación penal.
De igual manera, en el fallo se ordenó compulsar copias para que se investigue la presunta comisión del hecho punible de falso testimonio en que podrían haber incurrido dos personas que concurrieron a la actuación en dicha calidad.
A juicio del Ministerio Público la entonces presidenta de la Asamblea del Putumayo desconoció los principios de transparencia, responsabilidad y economía, así como el deber de planeación.
La conducta fue calificada por la Procuraduría General de la Nación como falta disciplinaria gravísima a título de culpa gravísima.
El Ministerio Público advirtió que contra este fallo de primera instancia procede el recurso de apelación.
Fuente : Procuraduría

 


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