Los maestros y el paro : verdades y mentiras

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Agustín Ordoñez G.
Agustín Ordoñez G.

Por : Agustín Ordoñez

Indudablemente y como en otras ocasiones, el Paro Nacional de los maestros de Colombia, iniciado el 22 de Abril y levantado el 7 de Mayo, contó con un amplio respaldo de grandes sectores de la sociedad, queentendieron, aceptaron y apoyaron sus razones y propósitos y en muchos casos se unieron a los maestros en las acciones de protesta para exigirle al gobierno las soluciones a las peticiones planteadas.

Al margen de lo tortuosa y difícil que fue la negociación con el gobierno y de la polémica desatada tras la firma de los acuerdos que permitieron levantarlo, se suscitaron durante el paro una serie de comentarios, controversias, especulaciones y suspicacias, principalmente en algunos medios de comunicación y en las redes sociales, en relación con los maestros y los motivos que los llevaron a tomar la decisión de parar yque han dejado flotando en el ámbito educativo nacional, en las comunidadesy en el imaginario de muchas personas una que otra idea equivocada sobre el ejercicio de la profesión docente.

Gran parte de esas ideas equivocadas tiene su origenprimero en la falta de información y conocimiento por parte de la comunidad, pero especialmentees producto de la perversa intenciónde dañar la imagen de los maestros y colocar a la sociedad en su contra, que mostró el gobierno durante el paro, lanzando señalamientos y acusaciones con el propósito de quitarle legitimidad y razón a la protesta. Para esto y como siempre contó con la consabida complicidad de algunos medios de comunicación áulicos permanentes del Sistema y del gobierno, a los que desafortunadamente muchos colombianos siguen y creen.


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Estos ataques y la desinformación del gobierno y sus medios se concentraron en tres aspectos centrales fundamentales y sensibles: la parte salarial, la jornada de trabajo y la evaluación docente,insinuando equivocadamente que ganamos mucho, trabajamos poco y no queremos que nos evalúen.Pero al hacerlo, hasta al gobierno se le olvida y es evidente que algunos medios ignoran la diferencia que existe entre los dos regímenes que regulan a los maestros: los que se rigen por el Decreto 2277 de 1979 y los del Decreto 1278 de 2002. El primero rige a los nombrados hasta la fecha de expedición del segundo y éstea los nombrados de ahí en adelante. Entre estos dos estatutos existen profundas diferencias en todos los aspectos, que nos demoraríamos mucho en explicar, por lo cual nos enfocamos en los aspectos mencionados.

 

Para hablar de la parte salarial y a pesar de las confusiones matemáticas de la Ministra, se debe tener en cuenta que varios estudios, entre ellos uno del propio Ministerio de Educación, determinan que existe una diferencia entre los salarios de los maestros y los de otros profesionales al servicio del estado, el propio gobierno así lo reconoció públicamente durante el Paro.

 


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Digamosentonces que el Estatuto del Decreto 2277 tiene un escalafón de 14 Grados, cada uno con su nivel salarial correspondiente, mientras el del 1278 tiene 3 Grados, con cuatro niveles salariales en cada uno de ellos. A los del 2277 la norma nos exige en promedio 3 años de permanencia en cada grado, por lo cual tendríamos que decir que para llegar al grado 14, la máxima categoría, un docente debe tener más de 30 años de experiencia. Este tiempo solo es posible reducirlo un poco entre algunos grados, en la medida en que el docente se profesionalice yobtenga títulos de posgrado.En el 1278 el Grado 1 es para Normalistas Superiores, el Grado 2 para Licenciados o Profesionales en distintas áreas y el Grado 3 para quienes tengan títulos de posgrado como maestrías o doctorados, pero para llegar a cada uno de ellos no se les permite ascender directamente por los títulos ni por el tiempo o la experiencia, como sucede en el 2277.

 

Miremos el tema de la Evaluación Docente para evidenciar la mentira del gobierno que ha dicho que los maestros no queremos ser evaluados y que la evaluación que aplica sirve para mejorar la calidad de la educación, otra de sus falacias.

 

Primero hay que dejar en claro que para los docentes del 2277, que somos la mayoría del país, la Evaluación NO EXISTE, a nosotros no se nos evalúa, por cuanto la Corte Constitucional, en su sentencia C-723 del año 2004, declaró Inexequible el Numeral 5.8 del Artículo 5º de la Ley 715 de 2001, que le daba facultades al gobierno para reglamentarla, dejando claramente establecido que por Norma General esta función, en cuanto al ejercicio de la función pública y la carrera, le compete al legislador, que aún no la ha definido.

 

Para los del 1278 el ingreso y permanencia en el cargodepende, no solo de una, de varias evaluaciones. Primero deben pasar la evaluación o examen de ingreso, o el concurso docente, en el cual son muchos los que se quedan y no ingresan. Pasado el concurso van a una entrevista, en la que se evalúan otros aspectos de su formación. Posteriormente se presentan a una audiencia de asignación de plazas. Si logran ubicarse en una plaza son nombrados en provisionalidad y se someten a otra evaluación: el período de prueba, que dura seis meses y si es aprobada determina su nombramiento en propiedad. A partir de su nombramiento viene la EVALUACIÓN DE DESEMPEÑO, la que se aplica en cada año y determina si el docente continúa o es excluido de la carrera docente. Nos parece que todas estas pruebas que han superado los docentes no dejan dudas sobre su idoneidad y capacidad.

 

Aquídebemos ser enfáticos en señalar que la evaluación para los docentes del 1278, a la que nos oponemos los maestros y que se propuso eliminar con el Paro, no es ninguna de lasque acabamos de mencionar y vamos a clarificarlo.

 

Como quedo dicho antes, a los del 1278 no se les reconoce la experiencia o el tiempo ni los títulos para ascenso y mejoramiento de sus condiciones salariales. Para ello, además de las que ya mencionamos, se les impone otra evaluación, la de competencias para ascenso y reubicación salarial, a la cual es que nos oponemos los maestros. Una evaluación que, contrariamente a lo que el gobierno ha dicho, no contribuye para nada a mejorar la calidad de la educación, por cuanto el docente que la presenta nunca recibe la retroalimentación de sus resultados, o sea que jamás le dicen en qué aspectos fue que falló y debe mejorar, sino que simplemente le mandan a decir que no pasó y por lo tanto no tiene derecho a ascender, condenando a muchos profesionales de la educación a condiciones indignas de trabajo y salario. Es como si un docente simplemente le dijera a un estudiante que no pasó la evaluación escrita que presentó, pero nunca se la devuelve para que el estudiante sepa por qué y en qué le fue mal.

 

A esa evaluación es a la que nos oponemos los maestros, por cuanto está diseñada únicamente para impedir que estos docentes asciendan y mejoren sus condiciones del ejercicio de su profesión, lo cual para nada indica que estemos rechazando la evaluación docente. Y es esa evaluación la que impide que los maestros tengan los promedios salariales que la Ministra anuncia por los medios de comunicación.

Quizá para sorpresa de muchos es preciso señalar también que el propio magisterio está proponiendo la evaluación docente, para todos los maestros del país, en el proyecto del Estatuto Único de la Profesión docente, que le hemos planteado al país y que se está discutiendo en una Comisión Tripartita conformada por el Ministerio, El Congreso y FECODE. Pero una evaluación que le sirva a la educación y a los maestros. Que sea diagnóstica y formativa. O sea que permita identificar las falencias en el ejercicio de la docencia y con base en ellas se establezcan las estrategias de mejoramiento y capacitación para superarlas. No una evaluación punitiva,como la de competencias para ascenso y reubicación salarial, diseñada para cumplir con las metas de ajuste fiscal y los lineamientos de la banca mundial y la OCDE, que solo buscan que sus estados esclavos reduzcan la inversión social en salud y educación, para garantizar el pago de la deuda.

En cuanto a la jornada de trabajo de los docentes, la norma es clara. El Decreto 1850 de 2002 habla de la Jornada Laboral y la Jornada Escolar. La primera es de 8 horas, dentro de las cuales se cuentan las 6 horas de la Jornada Escolar que es de 6 horas de permanencia obligatoria en el establecimiento educativo y dentro de la cual se encuentra la asignación académica. Determina también que las dos horas de diferencia entre la Jornada Laboral y la Escolar, se completan con todas las actividades complementarias que desarrollamos: Preparación de clases, Reuniones, Proyectos Obligatorios, Calificación de Evaluaciones, Calificación de Cuadernos, tareas y trabajos, etc., actividades que necesariamente se realizan por fuera de la jornada escolar, ya que es imposible que en ella atendamos la asignación académica y las actividades complementarias.

Los grandes anuncios sobre la reformas a la educación que este gobierno le hace al país y al mundo, no se corresponden con la forma como atiende a sus niños y jóvenes y como trata a sus maestros y la animadversión que ha creado con ellos demuestra que no tiene la capacidad para hacerlos realidad.


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