No olvide que antes de junio 30 contadores y firmas de contadores deben actualizar sus datos

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La Junta Central de Contadores recibirá la actualización de datos de forma virtual. Aquí le contamos algunos de los requisitos para la inscripción en el Registro Profesional y expedición de la Tarjeta Profesional de Contadores.

La Junta Central de Contadores cumpliendo con lo establecido en el art. 14 de su Resolución 013 de enero 29 de 2014, norma que estableció la obligatoriedad de que cada año, antes de marzo 1°, los contadores y firmas de contadores actualicen sus datos básicos ante la Junta Central, habilitó a finales de febrero una zona a través de la cual se empezarán a recibir virtualmente los datos para actualización de información básica de todos los Contadores Públicos y Sociedades de Contadores Públicos.

El tiempo corre y cabe recordar que para este año 2014 el plazo para hacer esta actualización de datos vence el próximo lunes 30 de junio.


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Requisitos para la inscripción en el Registro Profesional y expedición de la Tarjeta Profesional de Contadores Públicos

Para iniciar el trámite de inscripción en el registro profesional y expedición de la Tarjeta Profesional de Contador Público, él solicitante deberá diligenciar en su totalidad, el formulario que para el efecto establezca la UAE Junta Central de Contadores.

Al formulario de solicitud de inscripción deberá anexarse la siguiente documentación, en su orden.

  1. Dos (2) fotografías 3×4 cms, a color, fondo blanco, tomadas de frente, tipo documento, de las cuales una debe estar debidamente pegada al formulario de solicitud, y la otra, depositada en un sobre, con indicación al respaldo de nombres, apellidos y número de cédula de ciudadanía del solicitante.
  2. Fotocopia legible y ampliada al 150% de la cédula de ciudadanía o de extranjería.
  3. Fotocopia legible de la(s) visa(s) de residencia si el solicitante de inscripción es extranjero.
  4. Original y copia legible del recibo de consignación.
  5. Fotocopia legible del acta de grado expedida por la lnstitución de Educación Superior debidamente autorizada que otorgó el título.
  6. Constancia de experiencia técnico – contable en original en los términos previstos en el artículo 5o de esta Resolución.
  7. Fotocopia legible del contrato suscrito con el ente o persona certificante de la experiencia técnico contable.

Para la inscripción en el registro profesional de Contadores Públicos, la UAE Junta Central de Contadores aplicará el siguiente procedimiento


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  1. El solicitante de inscripción debe radicar en la UAE Junta Central de Contadores en físico o cualquier otro medio tecnológico que establezca la entidad, el formulario diseñado para el efecto , acompañado de los documentos soporte de su solicitud, relacionados en el artículo 2″ de la presente resolución. En todos los casos debe allegarse en físico los documentos originales exigidos en los literales d y f del mencionado artículo.
  2. Si al verificar la solicitud, se encuentra que esta no cumple con los requisitos establecidos, la UAE Junta Central de Contadores requerirá al interesado para que subsane dentro de los diez (10) días hábiles siguientes al recibo del requerimiento.
  3. Se entenderá que el peticionario ha desistido de la solicitud si hecho el requerimiento de completar los requisitos, o solicitadas las pruebas documentales que permitan verificar la información aportada, no da respuesta en el término de un (1) mes. En este caso se ordenará el archivo temporal del expediente, sin perjuicio de que el interesado presente posteriormente solicitud de desarchivo, sujeta al procedimiento establecido en la presente resolución.
  4. Las solicitudes de inscripción en el registro profesional de Contadores Públicos se resolverán por medio de acto administrativo notificado en los términos previstos en los artículos 65, 70 y concordantes del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
  5. Aprobada la solicitud de inscripción, se procederá a la anotación del número de tarjeta profesional en el Registro de Contadores Públicos, con indicación del número de resolución en la que consta su aprobación, el nombre completo del contador, su identificación y la lnstitución

    Universitaria que expide el título.

  6. Cumplido el trámite anterior, se procederáa la elaboración y expedición de la correspond iente tarjeta profesional.
  7. La tarjeta profesional expedida se entregará personalmente al solicitante, o a quien éste autorice, caso en el cual la autorización deberá estar presentada en original con firma y huella del interesado, anexando copia de la cédula de ciudadanía de la persona autorizada.

Tenga en cuenta

  • Si es persona natural puede actualizar los datos aquí
  • Si es persona jurídica puede actualizar los datos aquí

http://actualicese.com/actualidad/2014/06/25/no-olvide-que-antes-de-junio-30-contadores-y-firmas-de-contadores-deben-actualizar-sus-datos/


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