ITP anula matrículas de estudiantes

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Foto : Archivo
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La decisión fue tomada Mediante Resolución Rectoral No.0428 del 7 de mayo de 2014 por medio de la cual “se cancela la matricula a unos estudiantes del Ciclo Tecnológico por incumplimientos de los requisitos que se debe tener en cuenta en la formación por ciclos propedéuticos”.

Tras hacerse pública la denuncia de las irregularidades, inconsistencias e incumplimiento de este claustro educativo, en el convenio de articulación I.T.P y 21 instituciones de 11 municipios del Departamento del Putumayo, el rector encargado Magister Wilson Juvenal Vallejo Fuenmayor, tomo la decisión de anular la matrícula de los estudiantes de las tecnologías GESTIÓN AGROPECUARIA ECOLÓGICA y GESTIÓN SOSTENIBLE DE LA DIVERSIDAD Y EL BIOCOMERCIO, la actuación administrativa afecto a 49 estudiantes a quienes su matrícula fue revocada.

Los argumentos expuesto en la menciona resolución 0428 de mayo de 2014, se sustenta en que los estudiantes de las dos tecnologías no cumplieron los requisitos, considerando que no cuentan con el título de técnico profesional en operación de proyectos agropecuarios ecológicos y/o técnico profesional en operación de proyectos de biocomercio, requerimientos indispensables según el artículo 3 de la ley 749 de 2002, art 10 del decreto 2216 de 2003. Y art 2 del acuerdo 06 de 2010, que adopto el Estatuto Estudiantil.

(…) Artículo 10. De los ciclos propedéuticos. La actividad formativa de una institución de educación superior está diseñada en ciclos propedéuticos cuando está organizada en ciclos secuenciales y complementarios, cada uno de los cuales brinda una formación integral correspondiente a ese ciclo y conduce a un título que habilita tanto para el desempeño laboral correspondiente a la formación obtenida, como para continuar en el ciclo siguiente. Para ingresar a un ciclo superior en la formación organizada por ciclos propedéuticos es requisito indispensable tener el título correspondiente al ciclo anterior. (…) 


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El problema que hoy toca fondo para los jóvenes afectados, venía siendo denunciado por medios radiales a través de los miembros del comité estudiantil por la defensa del I.T.P, sin embargo las directivas no se pronunciaron en su momento, con su silencio afectando la formación de los jóvenes de estas tecnologías.

LOS HECHOS

El pasado mes de enero de 2011, el Instituto Tecnológico del Putumayo, inscribió para la formación técnica profesional a 1241 estudiantes de grado decimo y once de 21 instituciones educativas de 11 municipios del Putumayo, el convenio I.T.P –MEN (Ministerio de Educación Nacional), a través del Fomento a la Educación Media buscaba fortalecer al educación técnica y tecnológica, para tal fin suscribió el convenio de apoyo número 393 de 2007 denominado “convenio por la soberanía de una amazonia sostenible y en paz” ver instituciones articuladas (http://www.itp.edu.co/web3/index.php/centro-de-documentos/category/1-resoluciones?start=20)

la alianza consistente en la formación técnica por parte del I.T.P a 1241 jóvenes financiada con recursos del orden nacional A través del ICETEX, como contraprestación la Institución debía formarlos durante 4 semestres y al finalizar los estudios titularlos como técnico profesional en Operación de Proyectos Agropecuarios Ecológicos y/o técnico profesional en Operación de Proyectos de Biocomercio, para que una vez certificada su formación puedan acceder a la formación tecnológica ofrecida por el mismo Instituto como al respecto lo establece la ley 749 de 2002 y el decreto 2216 de 2003.


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Las actividades programadas por el I.T.P, debían ser en contra jornada académica de la establecida por la Institución Educativa, por cada año los estudiantes del convenio aprobaron un semestre por lo que al iniciar su formación cuando cursaban 10 grado al graduarse como bachilleres solo cursaron dos semestres y no 4 como debieron ser para que obtengan el certificado de técnicos profesionales. Y así poder ingresar sin problemas a la formación tecnológica cosa que no sucedió y hoy desencadena en incertidumbre para quienes fueron asaltados en la buena fe y hoy su matrícula ha sido cancelada

1)   Al finalizar el grado once algunos estudiantes de las 21 instituciones educativas del Putumayo, al exigir su certificado de grado como técnicos profesionales les fue negado, pero ante la insistencia de algunos padres de familia y docentes, les fue entregado un certificado de diplomado en ventas y atención al cliente, certificación que no es real a lo que estudiaron, sumándose la carencia de validez por falta de la firma del rector y decano como lo ordena el estatuto estudiantil del ITP art 127.

2)   No podía el I.T.P, matricularlos a 5 semestres toda vez que solo habían cursado segundo semestre, faltándoles dos adicionales para titularse como técnicos profesionales.

3)   Haber aceptado la matricula al 5 y 6 semestre de los estudiantes perjudicados con la decisión de cancelación de matrícula se incurrió en irregularidad sustancial habidas cuentas que el Instituto debió exigir título de formación técnica profesional para acceder a matricularlos al ciclo tecnológico, esto en concordancia con el art 3 de la ley 749 de 2002, art 10 del decreto 2216 de 2003 y el art 2 del acuerdo 06 de 2010.

4)   Se vulnero el articulo 16 DECRETO 111 DE 1996 estatuto orgánico de presupuesto referido al principio de unidad de caja, toda vez que se presume los recursos fueron manejados por la directora del convenio y no la oficina de presupuesto y tesorería del I.T.P.

5)   Llama la atención que a la fecha aunque ya culmino el convenio con las 21 Instituciones Educativas, aun no se ha realizado al entrega efectiva de las dotaciones y compromisos adquiridos, como en el caso del municipio de Villagarzón, a la Institución Educativa Guillermo León Valencia, se le adeuda dos ecógrafos, aparatos indispensables para la práctica de inseminación artificial de ganado.

6)   Genera preocupación que el costo de los currículos académicos es decir la elaboración de la malla curricular de estos dos programas, se pagó por encima de los 300 millones.

RESPONSABILIDADES DISCIPLINARIAS

El Parágrafo 3° del artículo 17 del acuerdo 06 de 2010, estatuto estudiantil del ITP. Establece que “La dependencia de Admisiones, Registro y Control Académico, reestructurará la matricula del estudiante con el concepto previo del Director del Programa respectivo o quien haga sus veces, en los casos previstos en el” por lo que los directores de los programas tecnológicos son directamente responsables de haber certificado como cierto el cumplimiento de los requisitos que aduce el art 2 del estatuto estudiantil

El convenio contó con una directora técnica y financiera asignada por el rector del ITP, quien era la encargada de velar por la legalidad del mismo, por lo que a estas alturas es inaceptable que esto haya sucedido cuando debió preverse, así mismo abstener de matricularlos al ciclo tecnológico por tanto no obtenían la certificación de técnicos profesionales.

QUE SIGUE?

Por tratarse de un acto de carácter particular la resolución 0428 de 2014, debe ser notificada personalmente a cada uno de los afectados, una vez surtido el tramites cada afectado cuenta  con 10 días hábiles para presentar recurso de reposición ante el Rector, y en subsidio el recurso de apelación ante el Consejo Directivo del I.T.P.

A la problemática de la cancelación de la matrícula de los estudiantes de las dos tecnologías mencionadas por el incumpliendo de requisitos, se suma la difícil situación que afronta la Subsede de la Granja Versalles del Municipio de Sibundoy, luego que el pasado jueves 8 de mayo, la jornada diurna entrara en asamblea permanente exigiendo mejores condiciones y atención de la administración ya que desde hace meses vienen solicitando mejoras en el servicio de internet, el  traslado de la sede por inseguridad, parqueadero, servicio de acueducto, dotación de laboratorio etc.

De igual manera la zozobra en incertidumbre por la falta de información respectiva a la renovación de los registros calificados de varios programas tecnológicos y ciclos profesionales.

INformación : JM


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