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El Representante Fernando Ochoa radicó para el presente periodo legislativo los dos primeros proyectos :
“Por medio de la cual se dictan normas tendientes a promover la contratación de mano de obra, bienes y/o servicios en las entidades territoriales productoras por parte de las empresas titulares de contratos de concesión de minas y se modifican los artículos 251, 252, 253 y 254 de la Ley 685 de 2001”
“Por medio de la cual se modifica el artículo 18 de la Ley 10ª de 1961, se dictan normas tendientes a promover la contratación de mano de obra, bienes y/o servicios en las Entidades Territoriales Productoras por parte de las Empresas Petroleras y se dictan otras disposiciones”
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