Destituida Personera municipal de San Miguel (Putumayo)

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Procuraduria.gov.co BOLETÍN 234

Destitución e inhabilidad para ejercer cargos públicos por 10 años es la sanción que la Procuraduría Regional Putumayo impuso a Janeth Pilar Argoti Lagos, tras comprobar que para ser elegida representante del Ministerio Público, incurrió en fraude procesal y falsedad personal al manifestar que ostentaba el título de abogada.

De acuerdo con la queja presentada por el presidente del Concejo Municipal, Luis Germán Cerón, la señora Argoti Lagos acreditó en la hoja de vida, que presentó para su elección en la sesión del 10 de enero de 2008, copia del acta de grado 720 de 21 de mayo de 2003 otorgada por la universidad Cooperativa de Colombia y de la tarjeta profesional No. 123345 de 11 de julio de 2003 expedida por el Consejo Superior de la Judicatura.

Dichos documentos carecían de valor legal por sentencia de la Corte Constitucional de 11 de septiembre de 2003 que revocó la acción de tutela por la cual Janeth Pilar Argoti Lagos había obtenido el título de Abogada de la Universidad Cooperativa y en consecuencia, la universidad profirió el acuerdo No. 024 de 3 de diciembre de 2003 mediante el cual dejó sin efecto legal el título de abogado, el acta de grado y el registro, solicitando la devolución para cancelarlos.


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Adicionalmente y posterior a su elección, ya con la investidura de Personera, Janeth Pilar Argoti acudió a la secretaria de la duma Municipal el 29 de enero de 2008 y solicitó en préstamo la hoja de vida presentada para su elección, con el argumento de fotocopiar algunos documentos, tras lo cual y sin autorización extrajo la copia del acta de grado, de la tarjeta profesional de abogado expedida por el Consejo Superior de la Judicatura y de su licencia de tránsito No. 95709.

Contra esta decisión de primera instancia procede el recurso de apelación.

Fecha de publicación: 26 de marzo de 2010. 6:30 p.m.


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