¿Persona natural?: Actualice el RUT sin ir a la DIAN

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Rut-sin-ir-a-DIANLa Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN-, ha dispuesto el servicio en línea para que todas las Personas Naturales que no poseen firma digital actualicen el Registro Único Tributario – RUT -, sin necesidad de desplazarse a los Puntos de Contacto de la Entidad.

Con este servicio los ciudadanos podrán modificar a través de www.dian.gov.co datos como: dirección, correo electrónico, teléfonos, actividad económica, fecha de inicio de actividad económica, adición de nuevas responsabilidades, entre otros.

Vigencia del RUT

La Entidad reitera a todos los usuarios que el RUT no pierde vigencia, así mismo les recuerda que a través del portal se puede generar una copia de este documento con fecha actualizada sin tener que acercarse a la DIAN.


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La copia del documento es válida con la marca de agua: “COPIA CERTIFICADO DOCUMENTO SIN COSTO” y no requiere la firma del funcionario de la DIAN. Sólo basta con el registro de la fecha y la hora de la generación del documento que aparece en la parte inferior derecha del formulario.

Para la actualización del RUT consulte el paso a paso en:

http://www.dian.gov.co/descargas/cartillas/2014/actualizacion.pdf

¿Cuándo se debe actualizar el RUT? Como lo establece el Decreto Único Reglamentario D.U.R. 1625 de 2016 en los artículos 1.6.1.2.7 y 1.6.1.2.14, el RUT debe actualizarse en los casos que implican modificaciones a los datos registrados tales como:


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  • Datos personales (identificación y ubicación).
  • Datos informativos (actividad económica, responsabilidades, entre otros).

La DIAN sigue trabajando para facilitar el cumplimiento de las obligaciones de los contribuyentes mediante su portal Web, asistencia telefónica y en sus Puntos de Contacto a nivel Nacional.


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